miércoles, 29 de febrero de 2012

Limpieza del río Luján: el OPDS apunta contra la acacia negra

No hay inspecciones sobre los vuelcos industriales.

Desde la semana pasada, el OPDS lleva adelante tareas de limpieza en distintos distritos de la cuenca del río Luján. Extrañamente, en lugar de buscar fuentes contaminantes, el organismo provincial centra sus esfuerzos en la amenaza de la Acacia Negra.
Desde la comuna, informaron que parte de la tarea consiste en concientizar a distintas instituciones intermedias, organizaciones civiles y actores sociales destacados, para poder dar solución definitiva a la limpieza de la cuenca.
Por otra parte, una cuadrilla de podadores actuará sobre un género de arbusto denominado Acacia Negra, que se acumula sobre el cauce del río, formando una especie de dique natural e impidiendo la normal circulación del agua. Sin embargo, nada se detalla sobre los desechos sépticos y los vuelcos de las industrias que finalizan en el río.
El OPDS, por su parte, conformó un grupo de cooperativistas que colaborarán en el desarrollo de los trabajos.

Las acciones se efectuarán en dos etapas, sobre las localidades de Luján, Pilar y Escobar. La primera etapa, por su parte, está dividida en dos subetapas: la primera va desde la Ruta Nacional Nº 8 hasta la desembocadura del Río Lujan, en la localidad de Escobar, y la segunda desde Ruta Nacional Nº 7 hasta la Ruta Nacional Nº 8, en la localidad de Pilar. Por último, la segunda etapa incluye la localidad de Suipacha, localidad donde el río tiene su naciente, pasando por Mercedes y finalizando en Luján.
N de la R: Resulta realmente insólito e incoherente, que el Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible (OPDS), haya puesto en marcha un plan de saneamiento del río Luján, que en principio no considera la inspección y control de vuelcos industriales y fundamentalmente, que no tenga en cuenta el último tramo del río en el distrito de Tigre, no obstante existir en dicha zona, la desembocadura de los ríos Reconquista, Tigre y el Canal de San Fernando.
Referencia: http://www.elcivismo.com.ar/

Notas relacionadas:
Iniciarían el saneamiento del río Luján.
El OPDS clausuró dos fábricas del Parque Industrial de Pilar por presunta contaminación en el Río Luján.
Protestan para que el Río Luján no se transforme en "el nuevo Riachuelo"
Escobar - Puerto Regasificador - Recusarán al Juez Federal de Campana Dr. ADRIÁN GONZÁLEZ CHARVAY, en audiencia Oral y Pública.
Instituciones Ambientalistas denuncian que emprendimientos urbanísticos, industriales y obras viales, están provocando un impacto ecológico y social irreversible.
Ponen en marcha el Plan Maestro Integral para el saneamiento de la cuenca del Río Luján.
Hallan transformadores de PCB, en el río Luján.
Audiencia Pública por obras en el Río Luján
Tigre – Ríos Luján y Tigre – Gran mortandad de peces.
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Medirán los niveles de contaminación en el río Luján.
Campana – Vecinos, denuncian nuevo proyecto de construcción de barrio privado de 1000 ha.

martes, 28 de febrero de 2012

Escobar – Puerto Regasificador – Cámara rechazó recusación del Juez y denegó imposición de medida autosatisfactiva.

El día 15 de febrero de 1012, los querellantes, fueron notificados de la resolución de la Cámara Federal de Apelaciones de San Martín, en relación a la recusación planteada contra el Juez Federal de Campana Dr. Adrián González Charvay, en la causa N° 1619 caratulada “Rebasa Viviana y Otros s/su Denuncia”, contra el Puerto Regasificador de Escobar".
Los querellantes, oportunamente habían recusado al Juez actuante; solicitaron se revocara el archivo de la causa; se analizaran numerosos expedientes que a criterio de la querella resultaban de utilidad para la causa y se hiciera lugar a la medida autosatisfactiva, con miras a impedir la continuación de la obra denominada “Regasificación de Gas Licuado”, que lleva a cabo la firma “Repsol Y.P.F. S.A.”, en el kilómetro 75 del Río Paraná de Las Palmas, Partido de Escobar.
En relación a la recusación del Juez Charvay solicitada por los querellantes, la Cámara resolvió rechazarla.
La Cámara de San Martín, no encontró que existan elementos suficientes que justifiquen la imposición de la medida autosatisfactiva, solicitada por los querellantes para detener el funcionamiento del puerto regasificador, y además consideró que no corresponde en este caso, la aplicación de la misma.
Según la Cámara, la medida autosatisfactiva debe ser contemplada de manera absolutamente excepcional, en casos en cuya gravedad así lo exija y cuando no puedan ser de aplicación otros remedios de tutela urgente, como ser un amparo o medida cautelar. En función de estas consideraciones, la Cámara resolvió finalmente no hacer lugar a la medida autosatisfactiva pedida por los querellantes.
En relación al archivo de las actuaciones, el Tribunal de San Martín, entendió que la decisión del Sr. Juez Charvay de archivarla, resulta apresurada de acuerdo al estado poco avanzado de la investigación y por lo tanto, resolvieron revocar su sentencia, quitando de archivo a la misma de acuerdo a lo solicitado por la querella.
Tampoco aceptó la Cámara, el recurso de apelación interpuesto por el Fiscal Dr. Orlando Bosca, quién solicitara al Juez Dr. Adrián González Charvay que se declare incompetente.
En base a las resoluciones de la Cámara Federal de Apelaciones de San Martín (CFASM), los querellantes, en función de no compartir los fundamentos de la Resolución, recusaron a los Sres. Jueces de la CFASM el día 22 de febrero.
De Ricardo Barbieri para el Tigre Verde.

Notas relacionadas:

sábado, 25 de febrero de 2012

OPDS inspeccionó la Cantera Montecristo, en Tandil, a la cual se le dictó el cese de la actividad y el retiro del Registro de Productor Minero.

El Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible de la Provincia de Buenos Aires (OPDS) y el Ministerio de Producción de la Provincia de Buenos Aires, realizaron una nueva inspección en la cantera Montecristo que se encuentra dentro del Paisaje Protegido “La Poligonal de Tandil”.
Profesionales y técnicos de la Dirección Provincial de Recursos Naturales y de la Dirección Provincial de Minería realizaron un relevamiento en la cantera perteneciente a la empresa Montecristo. De la dicha inspección participaron autoridades del Área Ambiental del municipio de Tandil y un escribano público convocado a los efectos de corroborar la inspección.
Del relevamiento surgió que no se detectaron evidencias de explosiones dentro del predio, en virtud de los registros de posición y número de perforaciones para la carga de explosivos que habían sido efectuados previamente al cierre de la cantera. Posteriormente al relevamiento, la Dirección Provincial de Minería y el escribano interviniente labraron actas de inspección correspondientes.

El Paisaje Protegido “La Poligonal de Tandil” que fuera declarado por la Provincia de Buenos Aires mediante la Ley 14.126, cuya autoridad de aplicación es el Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible, establece que no podrán otorgarse en el área nuevas autorizaciones o habilitaciones de explotaciones mineras, así como se fijó un plazo para el cese de las existentes. Para los organismos actuantes, esta iniciativa provincial permite revalorizar y conservar para as generaciones futuras un área natural de elevada sensibilidad e importancia ecológica como son las Sierras de Tandil.
Asimismo, teniendo en cuenta que los establecimientos involucrados no hicieron efectivas las presentaciones de sus planes de reconversión en los plazos previstos por la citada normativa, desde el Ministerio de Producción se dictó el acto administrativo pertinente ordenando el cese de la actividad y el retiro del Registro de Productor Minero a la cantera Montecristo, pudiendo solamente realizar tareas de molienda del material remanente.

viernes, 24 de febrero de 2012

Tigre – Por Decreto 62/12, se estableció la normativa para el control de la gestión de residuos sólidos, por parte de las empresas prestatarias de servicios.

El 23 de enero de 2012, el intendente de Tigre, Sergio Massa, firmó el Decreto 62/12, por el cual se estableció la normativa reglamentaria que permitirá el control de la gestión de residuos sólidos por parte de las empresas prestatarias de servicios a personas físicas y jurídicas privadas. A posteriori, el 9 de febrero de 2012, el municipio de Tigre anunció la creación de un registro de operadores de residuos sólidos urbano que buscará reglamentar los servicios de recolección de basura de barrios cerrados y regular las empresas prestatarias de servicios de contenedores y volquetes en obras.
La nueva normativa reglamentaria, según los firmantes, tiene como base lo preceptuado por el Art. 28 de la Constitución de la Pcia. de Buenos Aires, que establece que todos los habitantes de la Provincia tienen derecho a gozar de un ambiente sano y el deber de protegerlo en su provecho y en el de las generaciones futuras. La referida norma fundamental impone también la obligación de promover acciones que eviten la contaminación del aire, agua y suelo.

También se tuvo en cuenta la Ley Nº 13.592, que regula la Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos en el territorio de la Provincia de Buenos Aires. Dicha norma se fundamenta en principios de promoción de políticas de protección y conservación del ambiente para cada una de las etapas que integran la gestión de residuos, con el fin de reducir o disminuir los posibles impactos negativos. A su vez, incorpora el principio de “Responsabilidad del Causante”, por el cual toda persona física o jurídica que produce, detenta o gestiona un residuo, está obligada a asegurar o hacer asegurar su eliminación conforme a las disposiciones vigentes.
Por su parte el Decreto Provincial 1215/10, reglamentario de la Ley 13592, establece en su artículo 17 que “Corresponderá a los Municipios la inspección y vigilancia respecto de los prestadores de servicios vinculados a los residuos sólidos urbanos para todas las etapas de la gestión.
A nivel municipal, en el año 1982 se dictó la Ordenanza 418 que regula el funcionamiento y control de empresas prestatarias de servicios de contenedores, destinados al acopio y retiro de materiales provenientes de limpieza de obra, escombros, desechos y otros.

El art. 9 de la Ordenanza 418/82 establece que “Las empresas prestatarias de este servicio que tengan su administración, central o sucursal, en el Partido, deberán contar con la pertinente habilitación municipal.”
El art. 10 de la misma Ordenanza establece que “todas las empresas, tengan su sede en el Partido o no, para operar dentro de Partido de Tigre, deberán declarar bajo juramento en la Dirección de Tránsito, la instalación en la vía pública del o los contenedores indicando el lugar preciso y el tiempo que permanecerá”.
Por su parte la Ordenanza 3230/11 “Ordenanza Fiscal del año 2012”, en su artículo 311 ha creado el “Registro de Operadores de Residuos Sólidos Urbanos (RORSU)” destinados a los prestadores del servicio de recolección, carga, traslado y disposición final de residuos áridos urbanos, fijando los requisitos que debe contemplar dicho registro, y su Art. 312 faculta al Departamento Ejecutivo a reglamentar el mismo.
Ante este plexo normativo y frente a la creciente actividad de construcción y desarrollo que tiene el Partido de Tigre, el Intendente estableció la normativa reglamentaria que permitirá un adecuado control de la gestión de residuos sólidos por parte de las empresas prestatarias de servicios a personas físicas y jurídicas privadas.

La parte resolutiva del Decreto 62/12, establece en sus puntos más importantes, lo siguiente:
Deberán inscribirse en el Registro de Operadores de Residuos Sólidos Urbanos (RORSU) todas las empresas dedicadas al servicio de recolección, carga y traslado a disposición intermedia o final de todo tipo de residuos sólidos urbanos, incluyendo empresas operadoras de contenedores y volquetes, que brinden u ofrezcan servicios en el partido de Tigre.

En función del artículo 4 de la Ordenanza 418/82, se establece que la carga que contengan volquetes y/o contenedores deberá estar debidamente enrasada y cubierta con tapa con cierre de seguridad, de las dimensiones superiores de la cubeta, fijada a la misma con el fin de evitar la dispersión de materiales volátiles o pulverulentos.

Los administradores inscriptos en el Registro Público de Administradores de Consorcios creado por la Ordenanza 3233/11, cuyos Consorcios no utilicen el servicio de recolección de residuos municipal, deberán exigir a las empresas dedicadas al servicio de recolección, carga y traslado a disposición intermedia o final de todo tipo de residuos sólidos urbanos, el cumplimiento de la presentación del certificado de inscripción en el Registro de Operadores de Residuos Sólidos Urbanos (RORSU), y deberá controlar su vigencia, considerándolo obligación incluida en el art. 8 de la misma Ordenanza.
Asimismo deberán presentar, trimestralmente, ante la Secretaría de Control Urbano y Ambiental, la documentación que acredite el cumplimiento por parte de dichas empresas de la disposición final de los residuos recolectados.

El control del cumplimiento del presente decreto estará a cargo de la Secretaría de Control Urbano y Ambiental, debiendo recibir colaboración de la Secretaría de Protección Ciudadana y de la Secretaria de Servicios Públicos y Conservación de Infraestructura.

Notas relacionadas:

martes, 21 de febrero de 2012

Stephan Schmidheiny, creador de la fundación “filantrópica” AVINA, fue condenado a 16 años de cárcel por producir un desastre ambiental doloso.

El tribunal de Turín, condenó en primera instancia a 16 años de prisión, al millonario suizo Stephan Schmidheiny y al barón belga Louis De Cartier, ambos son acusados de desastre ambiental doloso permanente y omisión de medidas de seguridad en las fábricas italianas de la multinacional Eternit. Según la acusación, las empresas no disponían de protección para los obreros que trabajaban con amianto. La sentencia dispuso el pago de decenas de millones de euros de indemnización, entre otros, a la asociación Medicina Democrática, a varios ayuntamientos, como el de Casale Monferrato, la ciudad con el mayor número de decesos. La fiscalía había pedido 20 años para los responsables.
El Tribunal turinés, sin embargo, ha distinguido entre las diferentes instalaciones y ha declarado a los dos imputados culpables de desastre doloso solo por las condiciones de las fábricas de Cavagnolo y Casale Monferrato, mientras que en referencia al resto ha considerado el delito prescrito.
Tanto el barón belga como el multimillonario suizo, conscientes de que el amianto era peligroso, decidieron mantener las fábricas abiertas y no dispusieron ni siquiera del uso de guantes y mascarillas como primera medida de protección, para evitar que miles de personas se enfermaran por la inhalación del polvo del asbesto.
En la empresa fallecieron 2.100 personas y otras 800 padecen de graves enfermedades. Schmidheiny, de 64 años, fue uno de los mayores accionistas de Eternit Italia entre 1976 y 1986, mientras que Cartier, de 90 años, fue accionista y administrador de la empresa a principios de los 70.
Este juicio se había iniciado por una demanda interpuesta por las víctimas o sus familiares en 2004. En 2009 se iniciaban las vistas previas, y fue en diciembre de ese mismo año cuando propiamente se inició el juicio. En 2012 se dictó el veredicto final, después de ocho años de tramitaciones.

Stephan Schmidheiny
La tragedia empezó en 1906, cuando se instala la fábrica de amianto en Casale Monferrato, un pueblo cercano a Turín. Desde entonces se han ido contaminando los trabajadores y las gentes del pueblo hasta 1986 en la que Schmidheiny cierra la fábrica, abandona las instalaciones y "sale huyendo". Si alguien piensa que ese abandono terminó con los problemas, se equivoca con la letalidad del amianto. Al día de hoy aun muere en Casale una persona por semana a causa de su pasada exposición al amianto: en la fábrica, en sus casas o en el pueblo.
Respecto al amianto ha existido una conspiración de silencio, sustentada por los cuatro grandes oligopolios históricos del mineral (dos ingleses uno europeo y otro americano) que han logrado engañar a la gente durante un siglo, en base a lobbies, a comprar gente, a ganarlos para su entorno, a contratar agencias de marketing y lavado verde y, en definitiva, a taparse las vergüenzas con la filantropía.
El amianto, usado durante décadas como material milagroso por su resistencia al calor y al fuego, fue prohibido en toda la Unión Europea en 2005, cuando entró en vigencia una directiva de 1999, y ahora se aboga por una prohibición mundial.
En América Latina se dio un primer paso en 2008, cuando una ley de Sao Paulo que prohibía el amianto, fue juzgada constitucional pese a un recurso interpuesto por industriales.

Stephan Schmidheiny y la fundación AVINA.
En 1991 Stephan Schmidheiny fue uno de los gestores del Business Council for Sustainable Development (BCSD) “con el fin de proporcionar una perspectiva empresarial sobre el desarrollo sostenible durante la Cumbre de Río”, que hoy agrupa a las 170 empresas más importantes y contaminantes del mundo, “unidas por una visión compartida acerca del desarrollo sostenible. El Consejo se propone promover el liderazgo empresarial como catalizador para el cambio hacia el desarrollo sostenible, basado en la eco-eficiencia, la innovación y la responsabilidad social corporativa”, como cuenta el propio Schmidheiny en su página web.
Es por tanto uno de los padres del lavado verde de las empresas y de la privatización del control público de las mismas, llamada “responsabilidad social corporativa, RSC”.
En 1994, creó una fundación filantrópica denominada AVINA, a la cual en 2003, la hizo beneficiaria de los negocios que tiene en Latinoamérica.
Pero AVINA apunta más lejos, no sólo crea ONG ad hoc o financia otras con objetivos cercanos, sino que pretende convertir a toda ONG en una empresa que colabore con otras existentes en pro del desarrollo, o como dicen, también en hacer negocio con los pobres que son “el negocio de los negocios”. Esto lleva aparejado “el derecho legítimo de los ricos a hacerse aún más ricos”, que vocean algunos de sus socios líderes. “Nuestra misión es contribuir al desarrollo sostenible de América Latina, fomentando la construcción de vínculos de confianza y las alianzas fructíferas entre líderes sociales y empresariales, y articulando agendas de acción consensuadas”.
Schmidheiny dice en su autobiografía, que para prestar su ayuda, “la iniciativa presentada debe incluir un plan de negocios, objetivos y criterios muy concretos, que nos permitan evaluar su viabilidad y sus probabilidades de éxito”.

Aunque parezca surrealista, pretende convertir a los movimientos sociales y ONG en empresas y a sus líderes en empresarios, por supuesto capitalistas. Por ejemplo, tiene entre sus socios líderes a Gustavo Grobocopatel, el llamado rey de la soja transgénica en Argentina y opera con organizaciones tales como Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN), Asociación Mutual Israelita Argentina (AMIA), Foro Ecuménico Social, Fundación para el Desarrollo Sostenible (FUNDES) Argentina, Fundación Poder Ciudadano, Fundación Vida Silvestre (FVSA) etc.
AVINA tiene además alianzas con las mayores empresas y fundaciones del mundo como: Ashoka, Melinda y Bill Gates, Fundación Rockefeller, Coca-Cola Brasil y otras. Schmidheiny también se ha aliado con la Iglesia Católica a través de la Compañía de Jesús (Centro Magis y Fe y Alegría, entre otras). También a AVINA se le han detectado contactos con los Departamentos de Estado y de Defensa de EE UU.
Ashoka cuenta entre sus socios destacados al peruano Hernando de Soto, defensor a ultranza de las tesis neoliberales, que fue asesor de Fujimori y que ha sido el que ha llevado a buen puerto el Tratado de Libre Comercio con EE UU, de la mano de Alan García. En los sucesos de Bagua, Perú, que suman decenas de asesinatos principalmente de campesinos e indígenas, ocurridos el pasado año a causa de la resistencia a la privatización de sus bienes comunes, apareció el Sr. de Soto recomendando sus tesis neoliberales privatizadoras.
Del mismo modo, colabora estrechamente con la fundación Gates para implantar el programa AGRA en África subsahariana, iniciativa a la que se ha sumado Monsanto para “donar a los países africanos pobres, genes tolerantes a la sequía”. En el caso español hay que constatar con gran preocupación que AVINA y Ashoka están teniendo una profunda penetración en los movimientos sociales, incluso anticapitalistas, a través de su presencia en rubros como agua, desarrollo rural, RSC y banca alternativa, entre otros.
Por eso este artículo tiene por objetivo alertar a los movimientos sociales. La tragedia del amianto irá indeleblemente asociada a Eternit, a Stephan Schmidheiny, a su fundación AVINA y a la fundación hermana Ashoka.
De Ricardo Barbieri para el Tigre Verde.

jueves, 16 de febrero de 2012

Crearon la Confederación Megaminera.

El 15 de febrero de 2012, se comunicó la creación de la "Organización Federal de Estados Mineros", nombre que se le dio al grupo de gobernadores que defienden las corporaciones de la mega-minería, incluido José Luis Gioja de San Juan. Según Eduardo Fellner, designado al frente de este nuevo organismo, la decisión no tiene relación con las crecientes movilizaciones y protestas en provincias como La Rioja, Catamarca, Mendoza y Rio Negro. Sin embargo, estas tres provincias son de la partida, junto a Salta y las ya mencionadas San Juan y Jujuy. Desde la Nación, el cónclave estuvo bendecido por el Ministro de Planificación, Julio De Vido, quien aseguró que se buscará un "Acuerdo Federal Minero".

2010. Los gobernadores Gioja, Beder Herrera y Urtubey, junto al CEO de Barrick y la actual dupla presidencial.
Fellner, quien se desempeñó como Presidente de la Cámara de Diputados durante la primera presidencia de Cristina Fernández de Kirchner, fue elegido como el vocero. "Buscamos interactuar entre las distintas provincias argentinas y con el gobierno nacional, para lograr una coordinación de criterios y acciones", explicó. Y a pesar de que se cuidó de decir que no es una reacción frente a las crecientes protestas, en Famatina, ciudades de Catamarca y Bariloche, entre otros, expresó: "Vamos a buscar la rápida resolución de conflictos, pidiendo colaboración a todos los organismos, para poder impulsar el esclarecimiento de lo que es la actividad minera y de los impactos que genera sobre el medio ambiente". Ayer la gobernadora Corpacci, de Catamarca, actuó en sentido similar.
Al respecto, consultado por las acciones de los asambleístas, respondió que "hay mucho de politización en algunas protestas, en otras hay reclamos sobre el medio ambiente". Y acto seguido aseguró: "Toda actividad humana impacta en el medio ambiente, como en el caso del turismo y a nadie se le ocurriría paralizar el turismo o prohibirlo". En este punto, mencionar que todo impacta y por eso nada puede prohibirse: ¿resulta un argumento a considerar? Decir que "todo contamina" es también decir "nada contamina", porque entonces todo es lo mismo. Sin embargo, la mega-minería es una fuente de grandes impactos ambientales, sobre todo por el abuso de agua, más allá de que el nombre de Estados Mineros quiera confundir aquella minería de alto impacto, con la minería en general.

martes, 14 de febrero de 2012

Escobar – Puerto Regasificador – Se efectuó audiencia oral y pública para evaluar recusación del Juez Adrian González Charvay.

El día 7 de febrero del 2012 a las 10:30 hs. tuvo lugar la audiencia Oral y Pública, prevista por el art. 454 del CPPN, en la Cámara Federal de Apelaciones de San Martín, a fin de evaluar la recusación contra el Juez Federal de Campana Dr. Adrian González Charvay, quién decidiera el día 26 de octubre, tres días después de las elecciones nacionales, archivar la causa “REBASA VIVIANA y Otros s/ DENUNCIA” por falta de pruebas. Además la Cámara deberá expedirse respecto al desarchivo de la causa y la aplicación urgente de la medida autosatisfactiva solicitada por los querellantes, relacionada con la paralización de las actividades y operatoria de regasificación en el mencionado Puerto Terminal de Escobar.
La Cámara estuvo conformada por los Sres. Jueces Dr. Juan Manuel Culotta, Dr. Hugo Rodolfo Fossati y el Dr. Jorge Eduardo Barral.
En la audiencia oral y pública, los querellantes, por medio de su representante el Dr. Enrique Carlos Ferreccio Altube, expusieron los argumentos críticos acreditados en la Oralidad Actuada.

También el Fiscal Federal Dr. Orlando Bosca, apeló a la sentencia del Juez Charvay, pero sólo respecto a la competencia, omitiendo defender la legalidad.
Dentro de los agravios y argumentos críticos planteados en la audiencia se encuentran los siguientes:
En primer lugar, la presunta comisión del crimen de lesa humanidad o crimen majestatis, tipificado en el Tratado de Roma por la agresión continua, sistemática y generalizada que viene sufriendo la población civil de la Provincia de Buenos Aires en los pueblos de Escobar, Bahía Blanca y los que colindan con la Cuenca Internacional de Río de la Plata.
Los Querellantes se agraviaron también del comportamiento irregular del Sr. Juez Dr. Adrian González Charvay, en la instrucción del proceso, denotando sospecha de favorecer a una de las partes (ENARSA YPF, FUNCIONARIOS PÚBLICOS DEL ESTADO NACIONAL, PROVINCIAL y MUNICIPAL, y OTROS).
De esta forma, según los querellantes, el Juez omitió defender el cumplimiento de las leyes, agravando el crimen de lesa humanidad, el daño ambiental colectivo, la seguridad en la navegación de vías navegables internacionales, permitiendo la usurpación de bienes inmuebles del dominio público natural y de aguas como bien inmueble, excluyendo el principio de solidaridad, el principio del ambiente sano, el derecho a la vida, menoscabando de este modo, el interés de todos.


Detallaron los querellantes que los bienes inmuebles en el Km. 74 del río Paraná de Las Palmas, pertenecen al conjunto de la sociedad tanto a la generaciones presentes como futuras; los bienes del dominio y uso público natural, están fuera del comercio, son imprescriptibles e inalienables y no pueden ser enajenados, y en caso de ser desafectados del uso público al uso privado, se lo debe efectuar por una ley formal del Congreso de la Nación, principalmente por ser humedales y vías navegables internacionales.
También se detalló un modus operandi lesivo por la forma de obrar reiterada de los mismos funcionarios públicos y autoridades del estado nacional, provincial y municipal, identificados en la causa, el cual se reitera en otros hechos denunciados en un conjunto de causas detalladas en el archivo Oralidad Actuada, reincidiendo de esta forma en la presunta comisión del delito de peligro y de daño ambiental colectivo, acreditándose en las mismas la agresión continua, sistemática y generalizada que sufre la población civil.
Para escuchar el audio de la audiencia haga clic en: http://www.aapescobar.com.ar/

Notas relacionadas:

viernes, 10 de febrero de 2012

El obrero que criticó a los ambientalistas es un falso positivo.


En la conferencia que brindó Cristina Fernández desde la Casa Rosada, el jueves 9 de febrero, durante el acto de inauguración de una nueva fábrica, millones de argentinos conocieron a Armando Domínguez, un trabajador minero de Olavarría que brindó su testimonio sobre los problemas ambientales que produce esa actividad productiva. La Presidenta siguió las palabras de Domínguez con atención y afirmó que el trabajador minero no era un "dirigente político" y se lo presentó como un simple obrero de la actividad minera en Olavarría.
Domínguez habló sobre los 39 años que su padre trabajó en la empresa, pero prefirió hablar sobre la actualidad del sector: "Pertenecemos al gremio de mineros y como usted sabrá tenemos algunos problemas, más que nada en la minería metalífera y que en el día de ayer se levantó un corte de ruta en la empresa La Alumbrera, que prácticamente tuvo en vilo a cientos de trabajadores porque no podían ingresar elementos básicos como alimentos, combustibles, cuestiones médicas. En fin, lamentamos mucho todo eso porque los trabajadores mineros queremos trabajar y en paz, que nos dejen trabajar, solamente eso pedimos y no que 4 ó 5 seudoambientalistas nos corten la ruta".
Domínguez defendió directamente la minería y brindó cifras sobre puestos de trabajo, y hasta agradeció la gestión del gobernador José Luis Gioja (con quien en el pasado había posado en actos políticos).

Sonriente, Cristina le dijo: "A vos no te van acusar de ser de hombre de la Barrick; no tenes pinta de ser hombre de la Barrick".
Cristina Kirchner, señaló “vox populi vox dei (la voz del pueblo es la voz de Dios), porque no sos ningún dirigente político, sos un trabajador que defiende su fuente de trabajo y vamos a tener que darnos una discusión en serio, responsable, en el país”. Ese debate combinaría dos posturas: "por un lado tenemos que exigir calidad ambiental a las empresas, pero por el otro también responsabilidad y seriedad acerca de los planteos que se realizan. Me gustan tus palabras porque motivan a la reflexión, a la discusión y al debate no a las posiciones dogmáticas y cerradas que dicen sí o no y se resisten a cualquier matiz. Dale te escucho porque estás dando cátedra, dale", incitó al gremialista.
Sin embargo, a la postre, Domínguez resultó ser un falso positivo, atento que forma parte del secretariado general de AOMA (Asociación Obrera Minera Argentina) de Olavarría desde hace 19 años y fue el interventor en la seccional de San Juan durante alrededor de un año. Además, fue presidente del PJ de Olavarría. El mismo Domínguez, afirmó que tiene más de treinta años de militancia.
Domínguez fue, además, mediador en la provincia de San Juan -en su rol de miembro del Consejo Directivo de AOMA, para "consolidar el perfil minero" de la provincia de los hermanos Gioja, el gran bastión de la megaminería en la Argentina. Su trabajo, finalizado hace pocos días, lo tuvo durante catorce meses en la seccional San Juan de AOMA.
De Ricardo Barbieri para el Tigre Verde.

Brutal represión de manifestantes ambientalistas en Tinogasta.

El ministro de Gobierno y Justicia de Catamarca, Francisco Gordillo, dijo que el desalojo con balas de goma y gases lacrimógenos a manifestantes que cortaban la ruta 60 se produjo porque había que dejar pasar a los camiones del yacimiento Bajo la Alumbrera, que cargaban "explosivos" que representaban un "peligro para la sociedad". Varios miembros de organizaciones sociales y ambientalistas fueron heridos pero, no obstante, algunos quedaron a la vera de la ruta y otros marcharon hasta la Municipalidad local, para repudiar esos hechos.


Minutos antes de la represión, el jefe del operativo le leyó a los manifestantes la orden de desalojo judicial, aunque los ambientalistas advirtieron que iban a resistir "hasta las últimas consecuencias". Es así que los ecologistas, entre los que había niños y mujeres, resistieron la liberación y varios arrojaron piedras contra los camiones que se dirigían a la mina, mientras los efectivos policiales los sacaban de la ruta en medio de disparos de balas de goma y gases.
"Cumplimos con una orden judicial. Los camiones que iban con insumos a la minera representaban un peligro para la sociedad de Tinogasta porque contenían explosivos", adujo el funcionario Gordillo.

martes, 7 de febrero de 2012

San Fernando – Delta del Paraná – Están a la venta terrenos de barrio privado ubicado en plena Reserva de la Biosfera.

Desde hace ya un tiempo, se encuentran a la venta lotes del complejo Palmares del Delta. Según la publicidad, se trata de un lugar único en la reserva de la biosfera en las islas de San Fernando, ubicado en la segunda sección a 40 minutos del puerto de Tigre. Este complejo cuenta con 98 lotes de entre 620 m2 a 1000 m2, ubicados en el corazón del Delta.

Dentro del complejo Palmares del Delta encontramos un exclusivo Spa & Resort de 31.440 m2 que cuenta con 12 habitaciones de alta categoría, ser vicios de restaurante, sala de masajes, gym, sauna, salón de juegos, pool, bar, pileta, quincho y playas.
El cautivante entorno natural conserva su vegetación típica y además posee una imponente plantación de Palmeras que inspiró el nombre del emprendimiento, con zonas exclusivas para realizar actividades náuticas y terrestres que incluyen amarras privadas y para invitados, cinco lagunas, arroyos con senderos y puentes, paseos peatonales, bici-senda, cancha de tenis y un golf de 9 hoyos.

Palmares del Delta cuenta también con un pequeño centro comercial con información turística, proveeduría y locales comerciales (algunos de ellos de artesanos isleños).
Como llegar desde San Fernando: Rio Lujan hasta Canal Arias, luego cruzar el Paraná de las Palmas de allí empalmar con el canal De La Serna 10 minutos, hasta el arroyo Sandor Mikler y de allí 900 metros se encuentra Palmares Del Delta.

Como ha ocurrido con cientos de estos complejos, nuestro grupo de trabajo no ha podido hallar información alguna, respecto al cumplimiento por parte de los responsables de la construcción del suelo de este complejo, de las normas que regulan el cursograma administrativo fijado para ser cumplimentado en la etapa de proyecto de la obra. Todos los indicios disponibles, hacen suponer que nos encontramos frente a una nueva obra de construcción del suelo, realizada en forma clandestina e ilegal, utilizando para ello la vieja pero siempre efectiva teoría del hecho consumado.
De Ricardo Barbieri para el Tigre Verde.

viernes, 3 de febrero de 2012

El cultivo de arroz amenaza la integridad de los humedales del Delta del Paraná.

La Fundación Humedales, oficina argentina de Wetlands International, expresa su gran preocupación por la Ley No. 10.092 de Entre Ríos, que crea la Sociedad Anónima “Arroz del Delta Entrerriano”, mediante la cual se deja sin vigencia la Ley Nº 9603, que establecía que las tierras fiscales del delta entrerriano “deberán destinarse al desarrollo de actividades ganaderas, apícolas y/o aquellos propios de proyectos de inversión para la prestación de servicios turísticos quedando prohibido el uso para la explotación agrícola intensiva que requiera la aplicación de agroquímicos o plaguicidas”.

Esta nueva ley, mediante la cual se otorga la titularidad de la concesión a una Sociedad Anónima para el cultivo de arroz en las tierras fiscales del delta Entrerriano, a las cuales llama “improductivas”, desconoce los importantes servicios ecosistémicos que proveen los humedales del Delta del Paraná, así como el peligro que significa el uso de agroquímicos en esta región, no solo para la biodiversidad, sino también para la salud de los pobladores de la región y sus alrededores, y para actividades productivas tradicionales como la pesca, la ganadería y la apicultura.
Esta iniciativa que promueve el cultivo de arroz en las islas del delta Entrerriano, no solo significa un riesgo ambiental para los humedales de la región, sino que desconoce las características particulares de la misma, como ser los suelos saturados de agua, la salinidad y los ciclos de sequías e inundaciones, las cuales no la hacen apta para uso agrícola.

Por otra parte, en el caso particular del cultivo de arroz, se omite la conectividad existente entre los diversos sectores del delta, la cual establece flujos biogeoquímicos internos propios del funcionamiento de una planicie de inundación, que provocan que una actividad puntual genere impactos en zonas distantes aguas arriba y abajo del sitio de emplazamiento de dicha actividad.
La aprobación de esta nueva ley, junto con la derogación de la ley que prohibía la utilización de agroquímicos y plaguicidas en las islas del Delta entrerriano, significa un paso atrás en cuanto al desarrollo ambientalmente sustentable de la región del Delta del Paraná, desconociendo los esfuerzos para la coordinación de la gestión sustentable de la región en el marco del “Plan Integral Estratégico para la Conservación y Aprovechamiento Sostenible en el Delta del Paraná” (PIECAS-DP).
Frente a este triste panorama, la Fundación Humedales llama a la reflexión de las autoridades responsables, para dejar sin efecto esta ley que amenaza la calidad de los recursos hídricos y la integridad de una de las regiones de humedales más ricas del país.
Referencia: http://lac.wetlands.org/

miércoles, 1 de febrero de 2012

El Día Mundial de los Humedales 2012.

El 2 de febrero de cada año es el Día Mundial de los Humedales y en él se conmemora la fecha en que se adoptó la Convención sobre los Humedales, el 2 de febrero de 1971. Desde 1997, todos los años organismos oficiales, organizaciones no gubernamentales y grupos de ciudadanos de todos los niveles de la comunidad han aprovechado la oportunidad para realizar actos y actividades encaminadas a aumentar la sensibilización del público en general acerca de los valores de los humedales y los beneficios que reportan en general y la Convención de Ramsar en concreto.
El tema del Día Mundial de los Humedales para 2012 es Humedales y turismo y está relacionado con el tema de la próxima reunión de la Conferencia de las Partes, la COP11, Humedales, turismo y recreación, que se celebrará en julio de 2012 en Bucarest (Rumania).

El turismo en los humedales aporta beneficios tanto a nivel local como nacional a las personas y la vida silvestre, beneficios que van desde el fortalecimiento de las economías hasta medios de vida sostenibles, poblaciones saludables y ecosistemas prósperos. Al menos el 35% de los Sitios Ramsar de todo el mundo experimentan un cierto grado de actividad turística, y ese porcentaje se mantiene uniforme en todas las regiones. Por supuesto, es importante considerar el turismo en todos los humedales, no solamente en los que han sido designados Sitios Ramsar, puesto que las Partes Contratantes en la Convención se han comprometido en el manejo de todos los humedales.
Merece la pena señalar que el turismo es tan solo uno de los múltiples servicios que prestan los humedales. Garantizar que las prácticas turísticas estén bien gestionadas en los humedales y a su alrededor y educar a los turistas sobre el valor de los humedales son dos elementos que contribuyen a que los humedales del mundo estén saludables y aporten beneficios a largo plazo a las personas, la vida silvestre, las economías y la biodiversidad.
Hasta el momento, la Convención de Ramsar no se había centrado específicamente en los humedales, el turismo y la recreación.