lunes, 31 de marzo de 2008

Tigre - Clausuraron cinco nuevos basurales.

El 29/3/08 se procedió a la clausura de cinco basurales a cielo abierto en Tigre. El operativo que comenzó el jueves 28, se realizó en conjunto entre funcionarios y técnicos del Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible, Policía Ecológica y la Municipalidad de Tigre. Los basurales clausurados están en Benavidez, Villa La Ñata y Rincón de Milberg.
En los operativos fueron realizados sobre terrenos privados. Se clausuraron cerca de 10 hectáreas, fueron detenidas dos personas y confiscados dos camiones, uno con residuos considerados especiales.
El primer basural es un predio de una hectárea en el que se habían volcado residuos domiciliarios, de poda y escombros, ubicado en ruta N ° 27, altura 1770, de Benavidez. El segundo, ubicado también sobre la ruta N ° 27 en su intersección con la calle Pizzurno, es un terreno de 8 hectáreas donde se volcaban, además de residuos domiciliarios y escombros, desechos industriales.


Otros dos basurales fueron clausurados en la localidad de Villa La Ñata, en tanto que la quinta clausura se realizó en un predio de la calle Dellepiane, en el camino al barrio cerrado “Boat Center”.
Durante los procedimientos intervino la Fiscalía de Benavidez a cargo de la Dra. María Inés Domínguez, actuando ante la presunta comisión de delito de contaminación según lo marcan la legislación provincial y nacional.
De la actividad de campo se pudo observar que además de residuos domiciliarios y de poda, en los predios clausurados se habían depositado desechos industriales de distinto tipo, cuyo grado de peligrosidad para el ambiente, será determinado por los análisis de laboratorio.

viernes, 28 de marzo de 2008

Retiro lo dicho.

En la nota anterior publique la nota "Contaminar ¿es un delito?. Me basé para suscribir la misma en el texto de la Ley 25.612 referida a la Gestión Integral de Residuos Industriales y de Actividades de Servicios publicada integramente en el libro "Clínica Jurídica en Derecho Ambiental, avalado por la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN) y la Facultad de Derecho (UBA) Departamento de práctica Profesional. Luego recibí por parte de la ONG Amigos del Río Sano el texto del decreto por el cual el presidente de la República observó los artículos 51, 52, 53 y 54 del Proyecto de Ley registrado bajo el Nº 25.612 el cual transcribo a continuación. Por mi parte, como nobleza obliga, cumplo en retirar lo dicho.
GESTION INTEGRAL DE RESIDUOS INDUSTRIALES Y DE ACTIVIDADES DE SERVICIOS
Decreto 1343/2002
Bs. As., 25/7/2002
VISTO el Proyecto de Ley registrado bajo el Nº 25.612, sancionado por el HONORABLE CONGRESO DE LA NACION el día 3 de julio de 2002, y
CONSIDERANDO:
Que el citado Proyecto de Ley regula la "Gestión integral de residuos industriales y de actividades de servicios".
Que el Capítulo III del Título II del Proyecto de Ley establece un régimen de responsabilidad penal que se incorpora al Código Penal de la Nación como ley complementaria.
Que a través de dicho régimen se estableció en el artículo 52 del proyecto, una figura penal que reprime con prisión de TRES (3) a DIEZ (10) años al que, utilizando residuos industriales y de actividades de servicio adulterare contaminare el medio ambiente o ponga en riesgo la calidad de vida de la población, los seres vivos en general, la diversidad biológica o los sistemas ecológicos; estableciendo a su vez, un agravante, que lleva la pena máxima a VEINTICINCO (25) años de reclusión o prisión para el caso de que el hecho fuere seguido de la muerte de alguna persona o la extinción de una especie de ser vivo.
Que la figura penal descripta, eje del régimen penal del Proyecto de Ley, contiene elementos típicos que la definen como una figura "abierta" desde una perspectiva de análisis dogmática.
Que a través de los artículos 53 y 54 se completa el régimen de responsabilidad penal previsto en el referido proyecto. Por el primero de los artículos citados, se establece una figura culposa, con su agravante, y a través del artículo restante, se determina el régimen de responsabilidad de las personas jurídicas.
Que resulta prudente entonces, mantener la vigencia del régimen penal establecido en la Ley Nº 24.051.
Que, en consecuencia, corresponde observar los artículos 51, 52, 53, 54 y 60, primer párrafo, del Proyecto de Ley registrado bajo el Nº 25.612.
Que la presente medida no altera el espíritu ni la unidad del proyecto de Ley sancionado por el HONORABLE CONGRESO DE LA NACION.
Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL se encuentra facultado para dictar el presente en virtud de lo dispuesto por el artículo 80 de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS
DECRETA:
Artículo 1º — Obsérvanse los artículos 51, 52, 53 y 54 del Proyecto de Ley registrado bajo el Nº 25.612.
Art. 2º — Obsérvase el primer párrafo del artículo 60 del Proyecto de Ley registrado bajo el Nº 25.612.
Art. 3º — Con las salvedades establecidas en los artículos anteriores, cúmplase, promúlgase y téngase por Ley de la Nación el Proyecto de Ley registrado bajo el Nº 25.612.
Art. 4º — Dése cuenta al HONORABLE CONGRESO DE LA NACION.Art. 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. DUHALDE. — Alfredo N. Atanasof. — Roberto Lavagna. — Jorge R. Matzkin. — Juan J. Alvarez. — María N. Doga. — Ginés M. González García. — Graciela Giannettasio. — José H. Jaunarena.
(Agradezco información brindada por la ONG Amigos del Río Sano - Delegación Río Reconquista)

martes, 25 de marzo de 2008

Contaminar ¿Es un delito?

La ley nacional 25.612 referida a la Gestión Integral de Residuos Industriales y de Actividades de Servicios, en su capítulo III referido a la responsabilidad penal, determina lo siguiente:

Artículo 51: Incorporase al Código Penal de la Nación, el presente capítulo sobre delitos ambientales, como ley complementaria.
Artículo 52: Será reprimido con prisión de 3 (tres) a 10 (diez) años, el que, utilizando residuos industriales y de actividades de servicio, adulterare o contaminare el agua, el suelo, la atmósfera, o poniendo en riesgo la calidad de vida de la población, los seres vivos en general, la diversidad biológica o los sistemas ecológicos.
Si el hecho fuere seguido de la muerte de alguna persona o extinción de una especie de ser vivo, la pena será de 10 (diez) a 25 (veinticinco) años de reclusión o prisión.

Artículo 53: Cuando alguno de los hechos previstos en el artículo anterior fuere cometido por imprudencia o negligencia o por impericia en el propio arte o profesión o por inobservancia de los reglamentos u ordenanzas, se impondrá prisión de 1 (un) mes a 2 (dos) años.
Si resultare enfermedad, lesión o muerte de alguna persona o especie, la pena será de 6 (seis) meses a 5 (cinco) años.

Artículo 54: Cuando alguno de los hechos previstos en los artículos anteriores se hubiesen producido por decisión de una persona jurídica, la pena se aplicará a los directores, gerentes, síndicos, miembros del consejo de vigilancia, administradores, responsable técnico, mandatarios o representantes de la misma que hubiesen intervenido en el hecho punible, sin perjuicio de las demás responsabilidades penales que pudiesen existir.

sábado, 22 de marzo de 2008

Tigre – Confirmado – El agua de red está contaminada.

Tanto en la causa 17/95 que tramitara por ante el Juzgado en lo Criminal y Correccional Nº1 de San Isidro, como en los expedientes administrativos sustanciados por la Municipalidad de Vicente López y la Secretaría de Política Ambiental, y en una acción de amparo, quedó palmariamente demostrado que Diacrom S.A.I.C., ubicada en la calle José Hernández 5242, Munro, Pcia. de Buenos Aires, contaminó con cromo hexavalente y plomo el suelo y el acuífero adyacente a la fábrica. Por su parte los barros que contienen esas sustancias, al filtrarse por los poros, vanos o resquicios del acueducto contaminaron el agua potable que abastece a la Estación Elevadora Villa Adelina, que a su vez abastece a los partidos de Vicente López, San Martín, San Isidro, San Fernando y Tigre. Además de las fisuras propias del acueducto que tiene una estructura no diseñada para soportar la presión adyacente de las napas freáticas, las juntas de goma que tratan de sellar las secciones de tubo de 12 metros cada una, se encontraban ya degradadas en 1995. Lo cierto es que los habitantes de Vicente López, San Martín, San Isidro, San Fernando y Tigre, están bebiendo agua contaminada con cromo hexavalente y plomo, desde el momento mismo en que el acueducto presentó las grietas o fisuras mencionadas.
Está plenamente acreditada la existencia de esta contaminación ambiental, denunciada en principio en diciembre de 1968, agosto de 1970, octubre de 1977 (inspecciones de la Municipalidad de Vicente López) y 1995 (denuncias efectuadas ante la justicia federal por la Subsecretaria de Ambiente Humano de la Secretaría de Recursos Naturales y Ambiente Humano de la Presidencia de la Nación y el Ente regulador de Obras y Servicios Sanitarios). La ex Secretaría de Política Ambiental de la Provincia de Buenos Aires, estaba en conocimiento de este estado de cosas, por lo menos desde 1999 a raíz de lo actuado en la causa Nº 17/95, sustanciada por el juzgado federal en lo criminal y correccional Nº1 de San Isidro.
De acuerdo con los resultados obtenidos de los muestreos realizados desde el 22/03/06, fecha en que AySA se hizo cargo de la prestación del servicio, se detectó la presencia de cromo en las redes, abastecida por la Estación Elevadora Villa Adelina. La concentración de cromo promedio, se encuentra en valores del orden de los 20 microgramos/litro, CON UN VALOR PUNTUAL DE 44 MICROGRAMOS / LITRO EN EL DISTRITO DE TIGRE. Para colmo en agosto de 2007, se constató una elevada concentración de plomo que supera ampliamente, el umbral máximo determinado para este metal (75microgramos/l).
Se ha demostrado, que Diacrom S.A.I.C. que ha contaminado alegremente (aire, suelo y napa) durante décadas, no ha cumplido con su obligación de llevar a cabo las tareas de resanación del medio ambiente, y el Estado Provincial no ha tenido un obrar preventivo acorde con la naturaleza de los derechos afectados.

La Auditoría General de la Nación, analizando la gestión del ETOSS, expresó en un documento (marzo de 2006) que “el cromo hexavalente es la forma más tóxica de este metal y sus diversos compuestos poseen efectos mutagénicos (causantes de mutaciones genéticas). El hecho de que atraviese la placenta significa un alto riesgo para los embriones y fetos. Las intoxicaciones crónicas, pueden producir mutaciones en el tracto gastrointestinal y acumulaciones en el hígado, el riñón, la glándula tiroidea y la médula ósea. El índice de eliminación es lento”.
De acuerdo a todo lo dicho resulta imperioso que el Estado Nacional, el gobierno de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad, generen las acciones necesarias para poner fin a la contaminación del agua distribuida por AySA, a los habitantes de Tigre que cuentan con red de agua potable, al resto que Dios los ampare.

miércoles, 19 de marzo de 2008

Río Reconquista – Hay un plan

Se aprobó la estructura para que en 180 días se pueda contar con un diagnóstico preciso sobre el estado del Arroyo Morón, principal afluente de contaminación de la Cuenca del Reconquista.

La Provincia de Buenos Aires, a través del Organismo Provincial Para el Desarrollo Sostenible (OPDS), resolvió dar curso a las investigaciones y relevamiento ambiental indispensables para poner en marcha el Plan de saneamiento y mejora que liderará el Comité de Cuenca de Río Reconquista (COMIREC), junto a los Organismos del Estado provincial .
Por medio de la resolución 003/08 del OPDS, el Coordinador ejecutivo para el Desarrollo Sostenible, Nicolás Scioli, estableció los plazos y aprobó la estructura propuesta por las direcciones a su cargo, para que en 180 días se pueda contar con un diagnóstico preciso sobre el estado del Arroyo Morón, principal afluente de contaminación de la Cuenca del Reconquista.
Los estudios e investigaciones solicitadas por Scioli, prevén la participación de Universidades, ONG`S y otros organismos de la Provincia que trabajarán en forma coordinada y transversal para la constitución de los datos.


Con estos estudios, se podrá determinar cual es la realidad ambiental del Arroyo Morón, con una visión integral, que resuma toda la información de carácter técnico y científico referido a la calidad del ecosistema y las actividades industriales involucradas en él.
El plan de Scioli, comprende además una evaluación económica ambiental, que arrojará el cálculo sobre los costos externos que deberá afrontar la Provincia, en materia de recuperación del ambiente impactado por tantos años de actividad desregulada en la zona.
El informe, contará con un diagnóstico y un paquete de propuestas y soluciones concretas, a las que los diferentes Organismos deberán responder con plazos y obras para que el recientemente conformado Comité de Cuenca, que preside la Directora Ejecutiva del OPDS, Ana Corbi, pueda desarrollar y hacer un seguimiento detallado de los avances del Plan de Saneamiento y mejoras del Río.

22 de marzo – Día Mundial del agua.

El Día Mundial del Agua se origina en la Conferencia de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente y el Desarrollo en Mar del Plata, Argentina en 1992, después de la cual, La Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó el 22 de febrero de 1993 la resolución A/RES/47/193, por la que el 22 de marzo de cada año, fue declarado Día Mundial del Agua.
Esta resolución se tomó con el propósito de crear entre la comunidad mundial, la conciencia de la importante contribución que representa el aprovechamiento de los recursos hídricos al bienestar social, así como su protección y conservación, con respecto a la productividad económica.
Las Naciones Unidas, dedica así el decenio 2005 – 2015, al agua como fuente de vida. No es ésta la primera vez que esta institución dedica un decenio al agua, recurso limitado y bien público fundamental para la salud. La primera iniciativa de este tipo consiguió en diez años (1981-1990) que más de 1.000 millones de personas tuvieran acceso al agua potable y que cerca de 770 millones pudieran disfrutar de servicios de saneamiento adecuados.

Pero todavía queda mucho por hacer. A pesar de que el acceso al agua potable y al saneamiento adecuado son derechos humanos básicos, todavía hoy hay más de 1.100 millones de personas que utilizan agua obtenida de fuentes insalubres y más 2.400 millones carecen de sistemas de limpieza y alcantarillado.
Además, de continuar esta tendencia, a mediados del siglo XXI, más de 7.000 millones de personas sufrirán escasez de agua en más de 60 países y el acceso a los recursos hídricos será, probablemente, uno de los principales focos de conflictos en todo el mundo.

martes, 18 de marzo de 2008

Tigre – Incendio y explosión en Braunco S.A.

El 18 de marzo de 2008, aproximadamente a las 3,30 de la madrugada, se incendió en medio de grandes explosiones una de las dos plantas que la Empresa Braunco S.A., tiene en el distrito de Tigre, dedicada al tratamiento de residuos industriales. La planta en cuestión estaba ubicada en la intercepción de las calles 29 de noviembre y Saavedra, a la vera del arroyo Darragueira, en la localidad de Ricardo Rojas, distrito de Tigre. La empresa se dedicaba fundamentalmente al desabastecimiento de aerosoles, operación esta consistente en un perforado y compactado del envase acompañado de un sistema de recogido de los líquidos. Posteriormente, tanto los envases compactados como los líquidos resultantes, eran colocados en tambores metálicos de 200 lts los cuales eran termodestruídos, compactados y dispuestos como chatarra de hierro. Las cenizas se destinaban a la fabricación de bizcochos cerámicos.
Por último, el butano era inyectado dentro de la cámara de postcombustión para aprovechamiento energético. La planta tenía una capacidad de almacenaje de residuos en tambores de 2000 toneladas y capacidad productiva para tratar 300 T/mes.
El sistema operativo era de origen alemán y de características semiautomático por accionamiento neumático. Esta planta comenzó a operar en 1997, ocupaba un terreno de 20.000m2, y tenía una superficie cubierta de 1400m2, en donde prestaban servicios once personas. Cabe acotar, que además de las dos plantas de Braunco, en Tigre se encuentran radicadas otras empresas dedicadas al tratamiento de residuos industriales, como Norvas S.R.L. Al tratamiento de residuos patológicos e industriales se dedican Borg Austral S.A, Pelco S.A. y Soma S.A.

sábado, 15 de marzo de 2008

Fallo inédito.

Contaminación agua corriente red zona Norte, Provincia de Buenos Aires, Partidos de Vicente López, General San Martin, San Isidro, San Fernando y Tigre.

La Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas (AAdeAA), obtuvo un fallo inédito, al quedar demostrada la contaminación de la red de agua corriente por cromo y plomo en los partidos de Vicente López, San Martín, San Isidro, San Fernando y Tigre. Estos municipios se abastecen de la misma red de agua y del acueducto de la estación elevadora de Villa Adelina controlados ambos por AySA.
El daño ambiental fue causado principalmente por la firma DiacromS.A. -industria que se dedicaba al cromado de metales en el municipio de Vicente López-, al contaminar el agua de red con sus efluentes que perforaron y erosionaron caños principales de la red de AySA.
En el fallo se condenó a la Provincia de Buenos Aires a realizar un procedimiento inmediato de resanación del daño ambiental dañado, y para el caso que el gobierno considere imposible hacerlo deberá promover una acción judicial en la justicia ordinaria para que Diacrom s.a.c.i.c. sea condenada a indemnizar sustitutivamente al Fondo de Compensación Ambiental de conformidad con los artículos 28 y 34 de la ley nacional Nº 25.675.-
Asimismo el fallo condena a la Provincia de Buenos Aires que realice un control exhaustivo a las empresas que se ocupan del control del agua por AySA S.A., para prevenir la agravación de la contaminación detectada en lo sucesivo.-

Condena a la provincia para gestione dentro de los cinco días ante el Estado Nacional la realización de inmediato las obras necesarias para poner fin a la contaminación de las aguas distribuidas por AySA a los partidos referidos.-
Condena para el caso que el estado nacional no lo haga en forma inmediata, la obligación a la provincia para incoar de inmediato las acciones judiciales pertinentes ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación en orden a los artículos 116 y 117 de la Constitución Nacional, en resguardo de los derechos ambientales avasallados.-
El fallo asimismo ordena notificar de la grave situación a los intendentes de los municipios afectados como a sus Concejos Deliberantes.
Por ultimo ordena la publicación del fallo en el boletín oficial para conocimiento de los habitantes de los municipios afectados.-
El fallo se encuentra caratulado “Fundación Ecosur c/ municipalidad de Vicente López y otro s/ Amparo” (expediente n* 39.878 y tramita ante el Tribunal del Trabajo n* 1 del Departamento Judicial de San Isidro con fecha 10 de marzo de 2008

Cuatro fotos.

Cuatro fotos del tránsito del río Reconquista, por territorio de la Nueva Miami, Tigre.


miércoles, 12 de marzo de 2008

Iglesia Católica – El daño ambiental es un pecado.

Los pecados capitales ya no son siete. A los clásicos lujuria, gula, avaricia, pereza, ira, envidia y soberbia, se les suman los “nuevos pecados sociales”. Según Monseñor Gianfranco Girotti, Director de la Penitenciaría Apostólica, el organismo católico encargado de velar por las confesiones y las indulgencias de la Iglesia, los fieles deberán tener en cuenta otras faltas graves a la hora de su examen de conciencia: el daño ambiental, la manipulación genética, el narcotráfico, el consumo de drogas y la acumulación de riqueza.
Por ello, a partir de ahora, deberemos tener en cuenta, que en la Argentina la contaminación ambiental además de ser un delito, desde ahora para los católicos también será un pecado.

domingo, 9 de marzo de 2008

¿No será Impétigo?

A lo largo de las múltiples y cuantiosas tareas de investigación que realice para desarrollar El Caso Las Tunas, que trata fundamentalmente de la contaminación con arsénico del agua que proveen las canillas comunitarias de este barrio y la contaminación urbana e industrial que sufre la cuenca del arroyo Las Tunas-Darragueyra, me surgió una profunda preocupación relacionada con los efectos sanitarios, que tamaña exposición al envenenamiento, pudiera haber producido sobre la salud de la comunidad.
Si bien en este tránsito recibí muchísimos testimonios relacionados con problemas sanitarios, sobre los cuales debo reconocer que no tengo conocimiento suficientes, hubo una situación que me llamó particularmente la atención. Una gran cantidad de chicos en edad escolar y algunos mayores, presentaban pústulas y ampollas con pus, principalmente en la cara, antebrazos y piernas.
De los testimonios y comentarios recogidos, surgieron las siguientes comprobaciones:

· Muchas madres, algunas de las cuales también estaban afectadas, no habían hecho consulta médica alguna.
· Las madres que hicieron consulta médica, no contaban con un diagnóstico respecto a la situación sanitaria que padecían ellas y/o sus hijos.
· En la mayoría de los casos, estimaban que la causa de las pústulas y ampollas en cuestión, se debían al calor y fundamentalmente a la contaminación del agua que utilizaban para higienizarse.
· Si bien habían notado que la afección era sumamente contagiosa, desconocían totalmente los métodos para evitar dicho contagio.

Frente a esta situación oportunamente, procedí a enviar una serie de fotografías digitales (alta resolución) relacionadas con este tema, a tres reconocidos médicos de Tigre, algunas de las cuales publico a continuación.


Los tres profesionales consultados, además de enviarme cuantiosa información técnica, coincidieron en afirmar que la afección que yo trataba de identificar, era Impétigo. El impétigo es una infección bacteriana, altamente contagiosa que se trasmite por contacto directo, de las capas superficiales de la epidermis. Las bacterias responsables son del grupo A del estreptococo beta-hemolítico y el estafilococo aureus, o una combinación de ambos.
Normalmente, el impétigo es una condición bastante leve. Sin embargo, si se deja de tratar pueden desarrollarse problemas posteriores, tales como dolor, inflamación, descarga de pus o fiebre. El Streptococcus del Grupo A puede desarrollar glomerulonefritis, fiebre escarlatina o enfermedades de invasión de estreptococo que amenacen la vida.
El impétigo contagioso comienza con una mácula eritematosa aislada de 2–4 mm, que pronto se transforma en vesícula o pústula. Las vesículas son frágiles y al romperse liberan un exudado de color semejante a la miel. Seguidamente, las lesiones se extienden con rapidez. El impétigo puede afectar a la piel de cualquier parte del cuerpo, aunque suele aparecer en la nariz y la boca, las manos y los antebrazos.

Los pacientes se pueden autoinocular y diseminar la infección a otras partes del cuerpo, pero el contagio también se produce por el transporte de las bacterias en la ropa, utensilios escolares y otros objetos. Por lo tanto, los lugares más expuestos son colegios, guarderías infantiles y colonias de vacaciones.
Algunos de los procedimientos recomendados para evitar el contagio de esta afección, son los siguientes:

· Lavar bien sus manos, especialmente después de tocar alguna área del cuerpo infectada.
· Evitar el contacto con bebés recién nacidos.
· No manejar comida en casa por lo menos durante las primeras 24 horas tras haber iniciado el tratamiento.
· Bañarse diariamente con agua y jabón.
· Lavarse las manos, cara y cabello regularmente.
· Si tiene a su cuidado alguien con impétigo, asegúrese de lavar sus manos cada vez que toque a la persona.
· No compartir toallas, ropa o sábanas, especialmente con la persona que tiene impétigo.
· Mantener sus uñas cortas y limpias.
· Cambiarse y lavar la ropa frecuentemente.
· No deje que sus hijos jueguen o estén en contacto cercano con alguien que tenga impétigo.

No obstante todo lo dicho, según mi entender, lo más correcto que podemos hacer frente a circunstancias sanitarias como las expuestas, es consultar de forma inmediata a un médico, y cumplir estrictamente con todas las medidas que nos recomiende tomar.
Antes de cerrar, me gustaría insistir con la necesidad de que en el barrio Las Tunas, se realice un estudio epidemiológico, a fin de determinar los factores de riesgo que hacen más probable que una persona se enferme, a fin de determinar los factores protectores o terapéuticos que permitan sanar a la persona o prevenir la enfermedad.

sábado, 8 de marzo de 2008

Tigre presentó plan de residuos sólidos.

El Municipio de Tigre, presentó ante autoridades del Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible (OPDS) el Programa Guía de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos.
Desde esta forma, el distrito asumió la voluntad de trabajar en la cuestión de los residuos sólidos urbanos, con aceptación de los compromisos y obligaciones establecidas por la ley provincial 13.592.
Cabe señalar que esta ley establece como objetivos a cumplir, y fijando un cronograma que comienza a regir desde la presentación efectuada por el Municipio, los siguientes puntos:
1) Incorporar paulatinamente en la disposición inicial la separación en origen, la valorización, la reutilización y el reciclaje en la gestión integral por parte de todos los Municipios de la Provincia de Buenos Aires.
2) Minimizar la generación de residuos, de acuerdo con las metas que se establezcan en la citada Ley y en su reglamentación.
3) Diseñar e instrumentar campañas de educación ambiental y divulgación, a fin de sensibilizar a la población respecto de las conductas positivas para el ambiente y las posibles soluciones para los residuos sólidos urbanos, garantizando una amplia y efectiva participación social, que finalmente será obligatoria. 4) Incorporar tecnologías y procesos ambientalmente aptos y adecuados a la realidad local y regional.
En esta entrega de documentación, la Dirección de Gestión Ambiental de Tigre presentó algunas de las acciones que está ejecutando para el cumplimiento de los objetivos fijados para el año 2008 en cuanto a concientización comunitaria, a la vez que avanza con los programas que le permitirán cumplir con los requisitos para 2009, que implican una reducción del diez por ciento (10%) de la totalidad de los residuos con destino a la disposición final.
Algunas de las acciones de concientización que se están integrando en programas permanentes y profundizando en esta nueva etapa de gestión ambiental en Tigre son:
• Articulación con organizaciones que ejecutan programas de recolección diferenciada de RSU en barrios privados de Tigre, con el objetivo de integrar las actividades y ampliarlas hasta llegar a la separación en origen en toda la comunidad.
• Programa Oficina Sustentable, orientado a crear una cultura de consumo sustentable y aprovechamiento de recursos. En una primera etapa a iniciarse en abril, el programa comenzará a ejecutarse en todas las dependencias municipales, fomentando el uso racional de papel y su reciclado, para lo cual Tigre firmará convenio de cooperación con la Fundación Hospital de Pediatría Prof. Dr. Juan P. Garrahan.
• Jornada de Concientización y Limpieza Arroyo Las Tunas, en conjunto con vecinos y organizaciones sociales de la localidad de Ricardo Rojas. Esta primera acción, que resultó exitosa, se repetirá mensualmente en esa zona de Tigre, ampliando la actividad a las demás localidades y ciudades del partido.
• El Programa de Recolección de Residuos Sobrenadantes que se ejecuta con el CEAMSE tres veces por semana en el río Tigre, canal Patiño y Dársenas del Puerto de Frutos, se amplía próximamente a la Pista Nacional de Remo (Canal Aliviador) y a los arroyos Claro y Las Tunas. De esta manera, también será menor el aporte de residuos sobrenadantes que afecta a los vecinos de la localidad Delta de Tigre, que corresponde a la Primera Sección de Islas del Delta.• En el marco del Día Mundial del Agua 2008 se realizará la Semana del Agua en Tigre, con diversas actividades y eventos relacionados con el agua y el cuidado ambiental, desde el 22 y hasta el 27 de marzo.

Escucho ofertas.

Según un estudio de mercado realizado en:
el precio de venta del blog EL TIGRE VERDE, es de U$S 5.080,86. Si bien por el momento esta bitácora no se encuentra en venta, las ofertas serán atentamente escuchadas.

lunes, 3 de marzo de 2008

Tigre – Demolieron la Casa Cobo.

Si bien la picota venía por todo, el pasado 14 de febrero demolieron parcialmente la casa Cobo, ubicada en las inmediaciones de la Estación Fluvial y la Terminal del ferrocarril Mitre, frente al Río Tigre, sobre una de las avenidas más transitadas y a pasos del puente más importante del partido. Edificada en 1879, el edificio de características italianizantes perteneció a una familia de la burguesía porteña. En el año 1949 pasó a manos del Club Atlético Tigre. Durante años fue uno de los centros de actividades sociales más importantes de la ciudad, pero hacia la década del ´80, comienza su decaimiento. Pero no obstante su abandono y deterioro, terminó por convertirse en un icono para la ciudad de Tigre. Este edificio, además de poseer un gran valor arquitectónico, en conjunto con otras casonas antiguas cercanas, conformaba parte esencial del Casco Histórico, cuyo valor simbólico era vital para la consolidación de la identidad cultural y mantener viva la memoria.
Más que un comentario sobre este agravio a la cultura, voy a cerrar esta nota, con unos versos del Santos Vega que estimo pertinentes:
pero un viejo y noble abuelo,
así el cuento terminó:
"-Y si cantando murió
aquél que vivió cantando,
fue, decía suspirando,
porque el diablo lo venció".
La información completa sobre este tema, podrán encontrarla cliqueando en el listado de lecturas recomendadas de este blog en:

Quedó oficialmente conformado el Comité de Cuenca del Río Reconquista

Mediante un decreto del poder ejecutivo de la Provincia de Buenos Aires, quedó definitivamente conformado el Comité de Cuenca del Río Reconquista (COMIREC), órgano que tendrá a su cargo la planificación y ejecución del Plan de Saneamiento.
Si bien no se han fijado fechas para las primeras sesiones, con la presidencia de Ana Corbi, Directora Ejecutiva del Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible de la Provincia de Buenos Aires y representantes de municipios, organizaciones civiles y organismos de gobierno, los integrantes del Comité comenzarán a analizar toda la información técnica y jurídica necesaria para la concreción del Plan de Saneamiento de la Cuenca.

sábado, 1 de marzo de 2008

El OPDS clausuró la papelera Don Torcuato

El Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible (OPDS), clausuró el pasado 28 de febrero en Tigre, una papelera que volcaba líquidos sin tratamiento adecuado en las aguas del Río Reconquista.
En un operativo en conjunto con la Municipalidad de Tigre y la Policía Ecológica de la Provincia de Buenos Aires, el OPDS clausuró la Papelera Don Torcuato, impidiendo así que la firma continúe contaminando las aguas de la Cuenca del Reconquista, con el vuelco ilegal de líquidos con tratamiento deficiente, provenientes de la producción de papel.
Este procedimiento comenzó varios días atrás, cuando personal de laboratorio del OPDS tomó muestras de los líquidos que la empresa volcaba y que terminaban por contaminar las aguas del río.
La empresa Papelera Don Torcuato, estaba eliminando sin ningún tipo de tratamiento, residuos provenientes de la producción de papel de embalaje, que contenía valores en cifras peligrosas de sulfuros y fenoles que no sólo significan un riesgo para el ambiente, sino para la salud de la población que está afectada en la cuenca, ya que estas sustancias generan mal olor y pueden, como en el caso de los fenoles, desencadenar enfermedades renales y hepáticas.La empresa deberá ahora presentar un plan de adecuación, para la puesta en funciones de una planta de tratamiento de líquidos, que le permita trabajar sin poner en riesgo el ambiente ni la salud de los vecinos y empleados.