domingo, 20 de marzo de 2011

22 de marzo – Día mundial del agua.

El objetivo del Día Mundial del Agua 2011 (DMA 2011) es centrar la atención internacional sobre el impacto del rápido crecimiento de la población urbana, la industrialización y la incertidumbre causada por el cambio climático, los conflictos y los desastres causados por fenómenos de origen natural sobre los sistemas urbanos de abastecimiento de agua.
 
El tema de este año, “Agua para las ciudades: respondiendo al desafío urbano”, tiene por objeto poner de relieve y alentar a los gobiernos, las organizaciones, comunidades y personas a participar activamente para responder al desafío de la gestión del agua urbana.

viernes, 18 de marzo de 2011

ENDOSULFÁN – Audiencia pública para inclusión del agroquímico, en el convenio de Estocolmo.

En la Cámara de Diputados de la Nación, se presentó un proyecto solicitando al Poder Ejecutivo el apoyo a la inclusión del insecticida ENDOSULFÁN, en el Convenio de Estocolmo (3479-D-2009). Por tal motivo, el día martes 29 de marzo, de 9 a 14.30 hs, en la Sala 3 del 2do Piso del Edificio Anexo, se realizará una Audiencia Pública a la que han sido invitados/as actores de los distintos estamentos y sectores que se consideran involucrados con esta decisión.
El Convenio de Estocolmo es un Convenio Internacional, del cual Argentina forma parte, que tiene como fin la protección de la salud humana y el medio ambiente frente a los contaminantes orgánicos persistentes (COPs), es decir, productos y sustancias químicas que por determinadas características resultan una amenaza para ambos.

En abril próximo, en la ciudad de Ginebra, se reunirán los representantes de los países que lo conforman para definir entre otros temas, la restricción o prohibición del endolsufán.
En nuestro país se ha abierto un importante debate en torno al uso de algunos agroquímicos y su impacto en la salud de poblaciones vecinas a los cultivos donde se aplican. El reciente fallo en firme de la justicia de la Provincia de Santa Fe en torno al “caso San Jorge”, sienta un importante precedente. Pero no se trata sólo del glifosato. Otro caso “testigo”, el de barrio Ituzaingó de Córdoba, revela los daños de otra sustancia, menos conocida que el glifosato, pero muy utilizada en diferentes cultivos: el endosulfán.

Varios países han prohibido o restringido el uso de este insecticida, entre ellos Paraguay, Brasil y Colombia. En nuestro país es un producto catalogado como muy peligroso (clase Ib). Es extremadamente tóxico para peces y moderadamente tóxico para abejas y aves. Se utiliza en cultivos de cereales, alfalfa, algodón, florales, hortalizas, girasol, lino, maní, tabaco y soja. A pesar de ser reconocido como muy peligroso, en la práctica no existe un control en su venta al público, ni en su dosificación y aplicación, tampoco en la eliminación de los envases en desuso.
Contactos: Silvia Ferreyra silviaferreyra@recursosnaturales.org.ar Tel: (011) 4953-9999 // 15-5936 5072 y Javier Souza Casadinho javierrapal@yahoo.com.ar Tel: (011) 15-3617-1782.
De Ricardo Barbieri para el Tigre Verde.

Río de La Plata - Decomisan pescados por sospechas de contaminación.

La dirección de Bromatología de la Municipalidad de La Plata decomisó una partida de sábalos que se comercializaba en un hipermercado local, por considerar que los pescados habían sido extraídos del Río de La Plata, que tiene altos niveles de contaminación.

Las inspecciones fueron llevadas a cabo en dos hipermercados de la capital provincial a partir de una denuncia de la ONG Nuevo Ambiente.
La mercadería fue localizada en uno de los comercios y quedó en poder del juzgado de Faltas, que deberá determinar su origen, debido a que la empresa no contaba con la documentación respaldatoria.


El objetivo de la investigación es determinar si el pescado provenía del Río de La Plata, cuyo consumo está prohibido por la contaminación que sufre, o del Río Paraná, sobre el cual no pesa esa veda.
Bromatología detectó y decomisó unas cuatro cajas de sábalos de 20 kilos cada una, las cuales no poseían los controles del SENASA y tampoco tendría los rótulos correspondientes de controles de procedencia.
Las resoluciones ministeriales de la Subsecretaria de Pesca que remiten a la prohibición del consumo de los sábalos provenientes del Río de La Plata se dictó en el año 2000, y refieren “a la pesca comercial artesanal del sábalo en aguas del Río de La Plata, así como su comercialización para consumo humano en todo el territorio de la provincia de Buenos Aires”.

Notas relacionadas:
El Tigre Verde: La contaminación del Río de la Plata.
Río de la Plata. El tercer río más contaminado del mundo.

jueves, 17 de marzo de 2011

Vicente López - Violento desalojo a los vecinos que se oponen al Vial Costero.

En la mañana del 16 de marzo de 2011, la policía bonaerense desalojó con violencia el acampe que un grupo de vecinos del partido bonaerense de Vicente López, realizaba desde junio del año pasado en un sector de la costanera conocido como “El bosquecito”. El objeto del acampe era el de impedir que avance la construcción del Vial Costero, una avenida de dos carriles por mano, que unirá la avenida General Paz con San Isidro.
Tras los primeros incidentes, que provocaron dos heridos y cinco imputados por “resistencia a la autoridad”, entre ellos el concejal radical Gustavo De Benedetti y el abogado ambientalista Miguel Quintabani, cuatro jóvenes se subieron a la copa de los árboles, detrás de un vallado que levantó la fuerza de seguridad y allí permanecieron unas 12 horas.

Foto: unidosporelrio-vl.blogspot.com
Al intentar los vecinos y ambientalistas, pacíficamente avanzar al bosque para ver el estado de quienes estaban subidos a los árboles, sin comida ni agua, fueron reprimidos por la policía con violencia, sin respetar ni a mujeres ni a personas de avanzada edad que encabezaban la medida.
El operativo de desalojo lo llevaron adelante unos 200 uniformados desde cerca de las 6:30, por una orden emitida por el juez de faltas Horacio Salvador, un ex empleado municipal de la gestión García, de la que llegó a ser subsecretario de Gobierno.
Sobre esta obra, tramita un recurso de amparo para frenar el proyecto, que en mayo del año pasado ya había recibido un dictamen de la Defensoría del Pueblo de la Nación, que recomendaba hacer un “estudio de impacto ambiental integral” y convocar a una audiencia pública, entre otras cuestiones.
De Ricardo Barbieri para el Tigre Verde.

Notas relacionadas:
Vicente López - El Vial Costero llegó a la Cámara de Diputados.
Vicente López – Vial Costero – Nueva represión a manifestantes.
Vicente López - Polémico emprendimiento inmobiliario, del empresario Carlos De Narváez Steuer.
Vicente López - Incidentes en protesta contra Vial Costero.

miércoles, 16 de marzo de 2011

Escobar – Hallan nuevos restos arqueológicos.

Un equipo de arqueólogos dirigido por los doctores Daniel Loponte y Alejandro Acosta, investigadores del Conicet en el Centro de Registro Arqueológico, que depende de la Dirección de Patrimonio Cultural bonaerense, después de trabajar cuatro meses, en un predio de Escobar, en el cual EIDICO, construirá el barrio privado San Matías, descubrió una nueva reserva arqueológica. Los restos que fueron ubicados a 5 kilómetros del centro de Escobar, están compuestos por aproximadamente 10.000 piezas, que pertenecieron a los primeros pobladores del norte bonaerense y que vivieron allí hace 2.500 a 3000 años.
Los arqueólogos que realizaron el estudio encargado por la firma Eidico, se toparon con restos de cerámicas, herramientas y huesos de animales que dan cuenta de la buena elección del asentamiento, en función de la riqueza de recursos. A una profundidad de entre un metro y 1,5 metros, rescataron instrumentos de piedra, del tipo cuchillo, para cazar y procesar presas y raspadores para limpiar los cueros.

Foto: Clarín.com
Entre ellos había huesos con cortes y fracturas, vestigios de que fueron cocidos. Se trata de huesos de guanacos, ciervos de los pantanos, venados de las pampas y nutrias. También se encontraron restos de cerámica correspondientes a escudillas para cocinar y recipientes para almacenar alimentos. Otros restos correspondieron a formas tubulares, abiertas arriba y en la base, por lo que se cree que tuvieron un uso simbólico.
Se hallaron además manos de morteros, que pudieron haber molido carne seca, o semillas para hacer harina. Algunas de las herramientas, están hechas con trozos de rocas predominantes en Tandil o Sierra de la Ventana, y otras de El Palmar.
Mientras en el laboratorio del Instituto Nacional de Antropología se analizan las piezas, con colaboración de pasantes de Arqueología de la UBA, Loponte planea una nueva excavación, aunque no para extraer todo, sino una muestra. Después, la reserva, de la cual será preservada una parcela de 50 x50 metros, será nuevamente cubierta.

Foto: Clarín.com
Muchos de los barrios náuticos construidos en el delta destruyeron sitios arqueológicos de miles de años de antigüedad que contenían enterratorios humanos, instrumentos realizados en diferentes tipos de rocas, alfarería, huesos y restos de la fauna que habitaba en el pasado, con anterioridad a la llegada del colonizador europeo.
Estos emprendimientos privados, cuyas obras de construcción del suelo, se realizaron en su gran mayoría en forma clandestina e ilegal, no sólo obstaculizaron la debida preservación de los sitios arqueológicos, sino que además generaron un grave impacto ambiental en la zona, ya que para construir los complejos cerrados en tierras inundables, fue necesario rellenar y elevar el terreno, desviando los canales de agua, creando lagunas artificiales y produciendo graves daños ambientales, de los cuales hasta el momento, no se ha iniciado su debida evaluación.
De Ricardo Barbieri para el Tigre Verde.
Fuente: http://www.clarin.com

martes, 15 de marzo de 2011

Tigre – Incineradora PELCO – Fallo desestimó medida cautelar solicitada por la firma, en relación al tratamiento de aceites minerales usados.

La Justicia Contenciosa Administrativa de la ciudad de La Plata falló nuevamente a favor de la Provincia de Buenos Aires en relación a la reutilización de aceites minerales usados.
José Molina, Titular del Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible de la Provincia de Buenos Aires (OPDS), dictó la resolución N° 248/10 complementaria de la Ley 11.720 de Residuos Especiales, mediante la cual dispuso que los titulares de establecimientos que manipulen aceites industriales con base mineral o lubricantes “deberán tratar y disponer dichos residuos en plantas de tratamiento y disposición que presten servicios de regeneración, debidamente autorizadas” por la Autoridad de Aplicación.

PELCO - Foto Ricardo Barbieri
La empresa PELCO SAC, que tiene una planta de incineración en Ricardo Rojas, Tigre, solicitó la suspensión de la misma y el Dr. Julio Federico Arias a cargo del Juzgado Contencioso Administrativo Nº 1 de la ciudad de La Plata, desestimó la medida cautelar solicitada por la firma.
En su dictamen el Magistrado destaca que la pretensión cautelar “no aparece sustentada sobre bases "prima facie" verosímiles, toda vez que las irregularidades que la actora menciona en su escrito postulatorio impiden formar una convicción preliminar sobre la ilegitimidad de la actuación administrativa, requiriendo necesariamente de mayor debate y prueba para la dilucidación de la cuestión relacionada con la disminución de la emisión de gases de efecto invernadero que fundamenta el acto impugnado”.

PELCO - Estado chimenea - Foto Ricardo Barbieri
Hasta hace un tiempo la Provincia de Buenos Aires, no contaba con un procedimiento adecuado para el reciclaje y reutilización de estos aceites, los mismos terminaban en cloacas, en combustión indiscriminada, causando contaminación en el agua, aire y suelo. El objetivo de esta resolución es que estos aceites en lugar de ser incinerados o volcados en forma clandestina, sean regenerados para que vuelvan a ser usados y así reutilizados.

Antecedente

El 30 de diciembre del 2010, el Dr. Julio Federico Arias a cargo del Juzgado Contencioso Administrativo Nº 1 de la ciudad de La Plata, desestimó una medida cautelar en el mismo sentido, solicitada por la firma RECYCOMB Sociedad Anónima.
Referencia: http://www.opds.gba.gov.ar

Notas relacionadas:

lunes, 14 de marzo de 2011

Colony Park - Bloque Coalición Cívica-ARI Tigre, presentó Proyecto de Decreto para que el HCD solicite al OPDS, la nulidad de la Audiencia Pública sobre “Colony Park”.

Proyecto de Decreto – Texto completo.

VISTO:

La Resolución 34/11 del Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible (OPDS) que suspende por noventa (90) días la Audiencia Pública convocada para el 23 de febrero, según Resolución 06/11, sobre el emprendimiento urbanístico “Colony Park” en la Primera Sección de Islas del Delta y

CONSIDERANDO

Que el proceso desarrollado para la construcción de este mega barrio cerrado, llevado a cabo desde el año 2008, junto al desplazamiento forzado de los pobladores locales y el consiguiente avasallamiento de sus derechos, ya ha provocado y continuará provocando modificaciones en los humedales con sus consecuentes impactos a la biodiversidad y la calidad del agua.
Que es inaceptable que se sigan realizando intervenciones en el Delta que contradigan los lineamientos establecidos en el acta de Intención del Plan Integral Estratégico para la Conservación y Aprovechamiento Sostenible del Delta del Paraná PIECAS-DP, firmada en septiembre de 2008 por los Gobernadores de Entre Ríos, Santa Fe, Buenos Aires y la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación, con el compromiso de destinar “los mayores esfuerzos” para “proteger, conservar y aprovechar en forma sostenible los componentes de la diversidad biológica y los recursos naturales en el área”.
Que el Delta del Paraná forma parte del Sistema de Humedales Paraguay-Paraná, el corredor de humedales más importantes del planeta, cuyas funciones ecosistémicas son vitales para la continuidad de la vida, tanto al interior del Delta como en las ciudades ribereñas.
Que los humedales proveen bienes y servicios ambientales que contribuyen al bienestar humano: hábitat de flora y fauna silvestre, provisión de recursos para actividades productivas, amortiguación de inundaciones y sequías, adaptación y mitigación del cambio climático y provisión de agua potable.
Que existe una tendencia creciente a promover el desarrollo de emprendimientos sobre territorios extendidos, que ocupan valles de escurrimiento natural de cursos de agua e incluso territorios insulares, sin que medie un patrón que tienda a preservar las condiciones de sostenibilidad ambiental de las cuencas y los ecosistemas de tipo humedal.
Que en el Artículo 1° inciso b) de la Resolución N° 141/10 el Defensor del Pueblo de la Nación exhorta a las Municipalidades de Zárate, Campana, Escobar, Tigre y San Fernando a sólo autorizar emprendimientos residenciales, industriales o agropecuarios en humedales cuando su necesidad se encuentre fundada en imperiosas razones de estricto interés público y no existan opciones menos perjudiciales.
Que es imprescindible que el OPDS tome las medidas necesarias para rechazar obras que están poniendo en riesgo los humedales del Delta y resguarde los derechos sociales, económicos y culturales de los pobladores isleños frente al uso irracional de los recursos naturales que realizan otros actores más poderosos.
Que los artículos 7º y 8º de la Ley Nº 11.723 establecen los criterios del Planeamiento y Ordenamiento Ambiental, en lo que hace al desarrollo de actividades productivas de bienes y/o servicios, en el aprovechamiento de recursos naturales y en la localización y regulación de los asentamientos humanos.
Que el artículo 10° de la Ley Nº 11.723, establece que todos los proyectos consistentes en la realización de obras o actividades que produzcan o sean susceptibles de producir algún efecto negativo al ambiente de la Provincia de Buenos Aires y/o sus recursos naturales, deberán obtener una Declaración de Impacto Ambiental expedida por la autoridad ambiental provincial o municipal según los supuestos descriptos en el Anexo II de la citada Ley.
Que el Decreto 9404/86 en su Artículo 6° determina la documentación necesaria para obtener la convalidación técnica preliminar de un anteproyecto, y en su último párrafo establece que el otorgamiento de la convalidación técnica preliminar no implica autorización para efectuar ningún tipo de obras ni para formalizar compromisos de venta.
Que el Artículo 23° de la Ley 11.723 establece que si un proyecto de localización y regulación de asentamientos humanos comenzara a ejecutarse sin haber obtenido previamente la Declaración de Impacto Ambiental, deberá ser suspendido por la autoridad ambiental provincial o municipal correspondiente.
Que el Artículo 3º de la Resolución 29/09 del OPDS establece que todo proyecto que conlleve una o más tareas u obras de tipo endicamiento, embalses y/o polders, dragados, refulados, excavaciones, creación de lagunas, derivación de cursos de agua, modificación de costas, desagües naturales, cotas en superficies asociadas a valles de inundación y cursos de agua o ambientes isleños, serán sometidas a Proceso de Evaluación de Impacto Ambiental por la Autoridad Ambiental Provincial, en el marco del Anexo II. Item I de la Ley N° 11.723.
Que el OPDS debería garantizar el cumplimiento de la normativa ambiental vigente y debería actuar consecuentemente estableciendo las políticas ecológicas y sociales adecuadas, en su carácter de autoridad ambiental responsable de la Provincia de Buenos Aires.
Por todo lo expuesto el Bloque de la Coalición Cívica-ARI eleva para su tratamiento y aprobación el siguiente:

PROYECTO DE DECRETO

Artículo 1°.- Este HCD solicita al Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible (OPDS) la nulidad de la Audiencia Pública convocada para el 1° de Julio de 2011 (Resolución 34/11) sobre el emprendimiento urbanístico “Colony Park” en la Primera Sección de Islas del Delta y establezca la clausura definitiva del mismo.
Artículo 2°.- Este HCD solicita al OPDS realice una evaluación del daño ambiental provocado por la empresa, y exija el inicio de acciones de remediación por daño colectivo.
Artículo 3º.- De forma.

Bloque coalición cívica-ARI, Tigre marzo de 2011

LUIS CANCELO
Concejal
Pte. Bloque Coalición Cívica-ARI

jueves, 10 de marzo de 2011

Pilar – Autoridades del Parque Industrial, admiten que empresas podrían volcar efluentes contaminantes.

Tras el informe de la Asociación Patrimonio Natural, que reveló las serias condiciones de contaminación que presenta el Río Luján a la altura de Pilar y que puso en la mira el vuelco de efluentes que ejercen las empresas del Parque Industrial (PIP), desde el consorcio del complejo fabril local admitieron, que podría ocurrir que algunas empresas instaladas en el predio arrojen sustancias contaminantes al curso de agua. Sobre la marcha, el Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible (OPDS), informó sobre operativos de control y fiscalización ambiental, realizados en industrias del Parque en cuestión.

Fue el administrador del PIP, Ricardo Larrinaga, quien señaló que la falta de control por parte del Municipio hacia los establecimientos productivos que vuelcan líquidos al río, abre la posibilidad de que existan algunos que no traten de manera adecuada los efluentes que tiran tanto en el Luján como en el Arroyo Larena.
“El Municipio estaba muy atento a este tema durante la gestión de (Oscar) Salom al frente del área de Medio Ambiente. Luego, se dejaron de hacer los controles y el seguimiento que se venía ejerciendo desde el Municipio, y por eso es posible que algunas empresas estén volcando efluentes contaminantes”, explicó Larrinaga.

Parque Industrial Pilar
El administrador aclaró, además, que cada empresa del Parque tiene la obligación de arrojar a un sistema de colectores internos los líquidos ya tratados, que luego son volcados al río a través de un caño principal. Larrinaga recordó también que, hasta años atrás, el gobierno municipal -en coordinación con el consorcio y la cámara empresaria (Cepip)- tomaba muestras del desagüe principal, para determinar si existían sustancias prohibidas dentro del vuelco general del complejo industrial.
Cabe destacar que alrededor del 70% de los efluentes del Parque, son arrojados al Luján, mientras que el 30% restante, aproximadamente, se tira al arroyo Larena, según detallaron desde el consorcio.
“Cada empresa es responsable de lo que vuelca y quien tiene la facultad de controlar es el Municipio. Y no es tan complicado, porque de las 190 empresas que hay en el Parque debe haber apenas 20 que vuelcan efluentes al río; controlando que esas 20 traten los líquidos como corresponde, se acaba el problema”, señaló Larrinaga.

El informe
Distintos informes difundidos por la Asociación Patrimonio Natural, la ONG que tiene a su cargo el gerenciamiento de la reserva ecológica local, ubicada en el barrio Pellegrini, revelaron que el Río Luján que atraviesa el distrito, ocupa el tercer escalón del podio en un desgraciado ranking: el de los cursos de agua más contaminados del país. En esa tabla de la muerte, el Luján sólo es superado por el Riachuelo y el Río Reconquista.
Ese preocupante resultado fue corroborado por los integrantes de la organización, durante una navegación que llevaron a cabo a fines de enero desde la desembocadura del río, en la localidad de Suipacha, hasta el tramo que cruza el Partido de Pilar.

Origen y Salidas de los 5 vertederos del Parque Industrial Pilar
De acuerdo a esa recorrida, la asociación pudo concluir en que el Río Luján se encuentra contaminado como en sus peores épocas, debido a que se registró en el último tiempo la mortandad de millares de peces en el área del curso de agua que surca Pilar y se hallaron sospechosas costras de celulosa que cubren las costas. Las miradas apuntan al Parque Industrial.
Aguas grises, gases que se desprenden del lecho en forma de burbujas, enormes cantidades de desperdicios flotando es el paisaje que se advierte –según los ecologistas- al navegar las aguas del río.
En el tramo de Pilar, el grado de contaminación es aún más pronunciado, debido a que a los efluentes no tratados que arrojarían muchas empresas del Parque Industrial, se les agrega el tema del relleno de los humedales, que llevan adelante algunas urbanizaciones privadas y que altera el proceso natural de purificación del curso de agua.

Pilar - Río Luján obturado por basura domiciliaria
No obstante, a pesar del oscuro panorama, desde la asociación aclararon que, si bien el Luján es uno de los tres ríos más contaminados del país, es el que tiene simultáneamente mayores posibilidades de recuperación. “El estado del Río Luján es fácilmente reversible porque, a diferencia del Riachuelo, el Luján todavía tiene vida. Sólo habría que lograr que se deje de contaminar, que las empresas dejen de volcar celulosa y otros contaminantes, y de esa forma en dos años el río se sanearía solo, de manera natural, sin hacer ninguna inversión exorbitante como la que sí haría falta para sanear el Riachuelo o el Reconquista”, sostuvo Graciela Capodoglio, integrante de la ONG.

Operativos de control y fiscalización en el parque industrial de Pilar.
El Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible de la Provincia de Buenos Aires, OPDS, a través de la Dirección provincial de Controladores Ambientales realizó durante la jornada del día 10/3/11 operativos de control y fiscalización ambiental en industrias del Parque Industrial de Pilar, con el objetivo de que las mismas cumplan las normas vigentes y evitar que contaminen el ambiente en el que están instaladas.
Con estos operativos la Provincia apunta a concientizar a los empresarios y empleados sobre los riesgos que implica no respetar las leyes ambientales.

miércoles, 9 de marzo de 2011

Colony Park – Según Massa, a las obras las clausuraron 7 veces.

El intendente de Tigre consideró que el posicionamiento de los ediles vecinos respecto a las obras en islas corrige otras posturas contradictorias que habían tenido en el pasado. Adelantó que esperan que la Provincia le delegue a Tigre facultades jurisdiccionales para terminar y presentar un Masterplan para el Delta. Comento además que a las obras de Colony Park, las clausuraron siete veces.

La semana pasada, el Concejo Deliberante de San Isidro aprobó por unanimidad de todos sus bloques políticos una resolución en la cual reiteró su pedido al gobierno provincial para que implemente un Plan Rector para el Desarrollo Sustentable del Delta del Paraná; algo que ya había solicitado en la sesión del 7 de octubre de 2009 a través de la Resolución N° 08/09, pero aún no obtuvo respuesta por parte de la Provincia. En el expediente se hace referencia particularmente al emprendimiento llevado a cabo por la firma Colony Park S.A. en la primera sección de islas del Delta del Paraná, en Tigre.
Respecto a este posicionamiento adoptado por el cuerpo legislativo sanisidrense, el intendente de Tigre, Sergio Massa, en diálogo con 168 Horas, remarcó que “Las obras de Colony Park están suspendidas”, y consideró “tardío” el tratamiento del tema por sus vecinos.
No obstante, Massa consideró que de cualquier manera la resolución “está buena, para seguir fijando posición en la zona norte, pero es tardío. Y que además es contradictorio con el convenio que aprobó ese mismo Concejo Deliberante en el cual establece entre otras cosas un puente en la ley que fijó los límites en la Región Norte”.
Y detalló que “en el Concejo Deliberante de San Isidro, hace algunos años, cuando se trató la ley de límites, aprobó, en el marco de la Región Norte, la colocación de un puente hacia el Delta. Creo que es contradictorio. Que está bien, que viene a subsanar eso”.


Según el Intendente de Tigre, las obras de construccion del suelo del barrio privado Colony Park, fueron clausuradas por el Municipio de Tigre en siete ocaciones.

- Usted dice que esas obras no continúan, aunque hay quienes aseguran que más allá del fallo judicial, seguían operando.
- Lo único que hay hoy es guardia de Prefectura. Yo he pasado por el lugar como mínimo cuatro veces.
- ¿Cuál es la posición que hoy Tigre tiene respecto de esa obra?
- Nosotros la fijamos hace rato cuando hicimos la apertura de sesiones hace 8 meses, del año 2010, el intendente en el discurso inaugural planteo “ni puente, ni túnel. Masterplan para el Delta”. Precisamente para evitar este tipo de atrocidades. Veníamos de siete clausuras a la obra de Colony, y la verdad es que además hicimos un respaldo muy fuerte con documentación al trabajo de la fiscal Rita Molina en el Juzgado Federal. Así que me parece que Colony es una anécdota más, creo que hay una cuestión de fondo a discutir que es que hay que fijar límites en el Delta y que no nos pase que cualquiera haga lo que quiera.
- ¿Cómo se trabaja en ese sentido?
- Nosotros vamos a presentar un Masterplan en muy poquitos días. Estamos terminando de resolver una cuestión de orden netamente jurídico, que es que el municipio tiene delegación jurisdiccional de planificación urbana en el continente, pero no en la isla. Estamos planteando a la Provincia que nos delegue la facultad desde el punto de vista jurisdiccional de planificación en la isla, porque desgraciadamente ahí conviven tres jurisdicciones: nación, provincia y municipio. Entre vías navegables, planificación de cursos de agua, control ambiental y la autoridad de aplicación que es el municipio.
Por María Laura Oliva
Referencia: http://www.168horas.com.ar

martes, 8 de marzo de 2011

Campana – Vecinos, denuncian nuevo proyecto de construcción de barrio privado de 1000 ha.

El día 3 de marzo de 2011, Vecinos Autoconvocados de Los Cardales y Río Luján, presentaron una denuncia ante el Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible (OPDS), denunciando la intensión de la Empresa E2 S.A., de construir una mega urbanización en la zona de humedales del río Luján.
Se trata de un proyecto urbanístico, presentado ante la Municipalidad de Campana por la empresa “E2 S.A.” (Página Web www.e2evolucion.com), que contempla la construcción de un barrio privado, que albergará una población de 40.000 habitantes, sobre una superficie de 1.000 ha, ubicadas en el valle de inundación del río Lujan.
Funcionarios municipales, confirmaron que la empresa abrió un expediente en el municipio de Campana, solicitando las autorizaciones correspondientes para el inicio de obras.
Según la denuncia vecinal, la nueva mega urbanización, se realizará sobre una zona inundable, con cotas de entre 0,5 a 4,0. De esta forma, la obra implica el relleno artificial de humedales del río Luján, lo cual deteriorará el ambiente y pondrá en riesgo de inundación a las poblaciones río arriba, al impedir el normal escurrimiento de las aguas, especialmente teniendo en cuenta que a la derecha de la misma cuenca, existe otra mega urbanización en construcción (San Sebastián), que ocupa todo el valle de inundación en esa dirección, provocando impactos acumulativos.
A su vez, el mega proyecto propuesto amenaza la provisión de agua potable, al incidir sobre los acuíferos y napas, incluso provocando su contaminación.
Teniendo en cuenta que la zona que afectará el nuevo barrio privado es la denominada “Área de Amortiguación de la Reserva Natural Otamendi”, espacio este que es una unidad de conservación, catalogada internacionalmente como Sitio Ramsar y nacionalmente como Área Valiosa de Pastizal (AVPs) y Área Internacional de Conservación de Aves (AICA), los vecinos de Cardales y Río Luján solicitaron al Director del Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible (OPDS), impida cualquier autorización de pre factibilidad y/o factibilidad que permita la concreción del proyecto urbanístico en cuestión.
De Ricardo Barbieri para el Tigre Verde.

lunes, 7 de marzo de 2011

Brailovsky - Mariposas migratorias

Queridos amigos:
Todos aprendimos en algún lejano libro escolar las discusiones de Galileo con los inquisidores. Galileo acababa de descubrir los satélites de Júpiter y pretendía que sus jueces comprobaran su existencia por sí mismos, mirándolos por el telescopio. El problema es que la bóveda celeste era sólida, y casi con certeza de cristal. Si Júpiter tenía satélites, esas lunas, para girar en torno del planeta, tenían que perforar el cielo en múltiples lugares. Pero el cielo, morada física de Dios, era perfecto. Luego, no podía tener agujeros, y si el telescopio los mostraba había que preguntarse: ¿para qué queremos un aparato que contradice las Sagradas Escrituras?

En última instancia, ese inaccesible planeta no le importaba nadie. Se trataba de una cuestión de poder. En este caso, del poder de dictaminar qué cosas son ciertas y cuáles son falsas e imponer esa visión al conjunto de la sociedad.
La repetición incesante de esta anécdota se hacía con un propósito didáctico: antes se le decía a la gente lo que tenía que pensar y después del Renacimiento comenzamos a pensar por nosotros mismos.
Pero una mirada del lado de adentro de la ciencia contemporánea nos lleva a relativizar esas afirmaciones tan contundentes. Entre nosotros sigue habiendo prejuicios arraigados y siguen existiendo estructuras de poder que se guían por certezas no siempre sólidas. La historia que hoy les traigo tiene que ver con los condicionamientos que nos imponen esas certezas.
Los dueños del saber habían dictaminado que los animales muy pequeños nunca se alejaban del lugar en el que habían nacido para seguir un camino preciso. Teníamos migraciones estacionales de bisontes, golondrinas y salmones. Y teníamos las grandes mangas de langostas llevadas por el viento, pero nadie consideraba posible la migración de las mariposas.

Foto: Ricardo Barbieri
En realidad, nadie con poder en el mundo científico. El novelista Vladimir Nabokov había observado semejanzas entre especies de mariposas de distintos continentes que sólo se explicarían suponiendo que hubieran viajado de un sitio a otro. Pero Nabokov no pertenecía a la élite académica sino que era sólo un aficionado, lo que significaba que no había ningún motivo para tener en cuenta lo que descubriera, más allá de las evidencias que presentara.
No estamos tan lejos de esa forma de pensar. Aún no nos dimos cuenta de que los aficionados pueden ser un desprejuiciado control externo de lo que investigamos.
Por Antonio Elio Brailovsky.

domingo, 6 de marzo de 2011

Tigre - Atentado contra el acampe de Punta Querandí.

El acampe de Punta Querandí nació junto con la protesta pacífica, llevada a cabo por el Movimiento en Defensa de la Pacha, en reclamo por una venta ilegal de tierras públicas y la desprotección oficial de un sitio arqueológico con restos milenarios. Todas las acciones desplegadas desde febrero de 2010, se habían desarrollado hasta ahora sin incidentes.
El miércoles 3 de marzo de 2011, entre las 13 y las 18 horas, cuando los miembros del movimiento se encontraban reunidos con docentes de Tigre y Escobar para ultimar detalles de la Jornada Educativa, desconocidos hicieron destrozos en el acampe, ubicado sobre la calle Brasil en el paraje rural Punta Canal, entre Ingeniero Maschwitz y Dique Luján, en las inmediaciones de los barrios privados Santa Catalina, San Marco y San Benito.

Los vándalos, tiraron al río la enorme whipala, emblema indígena, que identificaba la protesta a un par de kilómetros de distancia, al igual que la bandera del Movimiento en Defensa de la Pacha y el cartel que señalaba el sitio arqueológico Punta Querandí, que se había colocado en conmemoración del aniversario del acampe.
Además destrozaron salón de usos múltiples y elementos de uso diario como una mesa, la estantería, una heladera, dos parrillas; y destrozaron una lona que daba sombra en la costa, el tanque de agua y el baño, utilizados no sólo por los miembros del movimiento, sino por las familias y pescadores que concurren asiduamente al lugar, por ser este, uno de los últimos accesos públicos al agua en el norte de Tigre y sur de Escobar.

Dispersos por toda la costa del Canal Villanueva, en una extensión de 50 metros, se encontraron algunas de las pertenencias destruidas y otras banderas que fueron quitadas del campamento, como la de la agencia de noticias Indymedia, la agrupación Pueblos Originarios en Lucha y la Corriente Clasista y Combativa de Escobar.
Envío desde aquí mi apoyo y solidaridad a los amigos del Movimiento en Defensa de Pacha, y me uno al repudio generalizado de este hecho vandálico, en línea con todo el movimiento ambientalista tigrense.

sábado, 5 de marzo de 2011

Iberá –Fallo, ordena continuar con la demolición del terraplén clandestino.

Recordemos que el terraplén en Yahaveré, es una obra ilegal situada en el departamento de Concepción ubicado dentro de la Reserva Provincial Esteros del Iberá.
Efectivamente, en el año 2005, una empresa que por entonces se llamaba Forestal Andina S.A., construyó en plena reserva, un terraplén de más de 24 kilómetros para usarlo como camino. El terraplén bloqueó el natural escurrimiento de las aguas de los esteros, inundando así de manera artificial miles de hectáreas. Esto constituye no sólo un gran riesgo ambiental, sino que pone también en peligro a los pobladores del paraje de Yahaveré, vecino al terraplén, cuyas viviendas y forma de subsistencia se encuentran en permanente riesgo.
Como se recordará, un fallo histórico del Tribunal Superior de Justicia de Corrientes ordenó la demolición de toda la obra. Sin embargo la empresa desobedeció el fallo y continuó los trabajos amparada en la evidente inacción del gobierno de Corrientes.

En estos años fueron muchos los intentos de Forestal Andina, para defender su colosal paredón de tierra. Incluso la empresa llegó a argumentar que la destrucción del terraplén, provocaría más daño que su permanencia. Más allá de la falacia técnica en la que incurre la empresa con esta afirmación, el Superior Tribunal de Justicia de Corrientes rechazó este argumento expresando en su sentencia: “no se puede tolerar que quien desoiga un mandato judicial, pueda resultar a la postre beneficiado por dicha conducta, que por demás importaría la comisión de un delito. Si así razonáramos, dejaríamos prácticamente en manos del agente dañoso la tutela del medio ambiente, y siempre convendría litigar sobre la base de los hechos consumados, con el argumento que retrotraer las cosas implicaría un mayor daño, con lo cual el Art. 182 de la Constitución de la Provincia de Corrientes y el Art. 43 de la Constitución Nacional serían una simple promesa del constituyente”.
El cumplimiento de la sentencia de demolición, se encontraba suspendido desde el 23 de Septiembre de 2010, por una solicitud interpuesta por el ICAA al Juez de la causa.
Desde el mes de Junio de 2010, ecologistas y pobladores denunciaban que la empresa estaba realizando una falsa obra de demolición, acondicionando el terraplén y presentando dichas obras como el cumplimiento de la sentencia de Superior Tribunal de Justicia, que indica que el terraplén debe romperse.

Mediante la resolución Nº 23/11 con fecha 2 de Marzo, los Jueces Dr. Carlos Aníbal Rodríguez la Dra. María Eugenia Sierra De Simoni, resolvieron “hacer lugar” al recurso de apelación interpuesto por la parte actora debiendo seguir la causa según su estado.
Mediante este fallo, la controversia judicial sobre el Terraplén ilegal en Iberá, parece llegar a su fin y dar paso a la demolición ansiada por los ecologistas y pobladores locales.
La resolución de Cámara le cierra la puerta a cualquier otro planteo que se pretenda introducir, con el objeto de impedir o incluso postergar por más tiempo, la demolición del terraplén. El fallo es contundente y hace saber a las partes y a terceros interesados en la causa (ICAA, Forestal, y el Fiscal), que no van a admitir más planteos que tengan por finalidad postergar el cumplimiento del fallo.
Lo resuelto por la cámara es claro y coincidente con el criterio que sostuvieron los jueces anteriores en las distintas etapas de la causa y está en plena sintonía con la sentencia firme dictada por el Superior Tribunal de Justicia.
Dado la instancia judicial en la que se encuentra la misma, ha llegado la hora de cumplir con la sentencia y ante la claridad de lo dispuesto por la Cámara, no hay otro camino que el estricto cumplimiento de la sentencia y demostrar respeto hacia las instituciones y a la Justicia”.
De Ricardo Barbieri para el Tigre Verde.
Referencia: www.salvemosalibera.org

viernes, 4 de marzo de 2011

San Isidro – Colony Park – Concejo Deliberante reitera pedido de un plan rector para preservar la ribera.

Con el objetivo de impedir daños ecológicos, el Concejo Deliberante de San Isidro –en resolución aprobada por unanimidad- reiteró su pedido al gobierno provincial para que implemente un Plan Rector para el Desarrollo Sustentable del Delta del Paraná; algo que ya había solicitado en la sesión del 7 de Octubre de 2009 a través de la Resolución N° 08/09, pero aún no obtuvo respuesta por parte de la Provincia.
Se trata de "preservar las costas ribereñas del Municipio de San Isidro y distritos cercanos frente al avance de urbanizaciones, desarrollos inmobiliarios y comerciales", dice el expediente. Y hace referencia particularmente al emprendimiento llevado a cabo por la firma Colony Park S.A. en la primera sección de islas del Delta del Paraná, en Tigre.
Por eso, le solicitó al gobernador Daniel Scioli que "arbitre las medidas pertinentes a fin de que se suspendan todos los emprendimientos y/o procesos administrativos que tengan por finalidad desarrollos inmobiliarios en área de referencia. Y si corresponde que la Provincia inicie las acciones judiciales pertinentes conforme al artículo 28 de la constitución provincial".

La resolución del Concejo afirma que "las construcciones que realizó Colony Park sobre los terrenos precitados ya afectaron los humedales y cursos de agua existentes, constituyendo un hecho consumado gravísimo, que no puede ser convalidado por una audiencia pública ambiental posterior".
Por gestiones del municipio de San Isidro, semanas atrás el Organismo Provincial de Desarrollo Sustentable (OPDS) suspendió por 90 días la audiencia que iba a realizarse el pasado 23 de Febrero en el H.C.D. de Tigre y que tenía como finalidad informar a la comunidad sobre el accionar de esta empresa.
El OPDS es el ente de control medioambiental encargado de aprobar la evaluación de impacto ambiental previa, tal como exige el artículo 5 la ley provincial N° 11.723. Asimismo, la justicia federal de San Isidro frenó este proyecto urbanístico.
"La Audiencia postergada y el estudio obligatorio de impacto ambiental se realizarían sobre una obra con principio de ejecución, que ya produjo daños al medio ambiente. Se trata de un ilícito que no podrá reparase con actos posteriores", finaliza el documento.
Referencia: http://www.portalunoargentina.com.ar/contenidosver.asp?id=15288&sid=6

miércoles, 2 de marzo de 2011

Los barrios cerrados en la agenda pública y política

Contra la privatización de la ciudad 
Por Norberto Iglesias

Poco antes de terminar el año 2010, la ciudad de Rosario fue escenario de una movida social para impulsar la supresión de la figura de “Barrio Privado y/o Cerrado” de la normativa urbanística local. Tras la presentación de un proyecto de ordenanza y luego de una importante movilización de jóvenes identificados como Movimiento Giros, se aprobó una ordenanza (luego de un trascendente debate en el Concejo Municipal) que deroga el Decreto 1542/97, a través del cual la administración socialista había regulado la implantación de esta figura urbanística en todo el ejido de la ciudad. ¡Un notable avance en las disputas por la asignación social del suelo, una notable articulación técnico-política y un modelo de construcción y acción colectiva a imitar!
El sólo enunciado de la noticia ha despertado más de una sonrisa de beneplácito y complicidad, además de abrir grandes expectativas en el colectivo profesional formado por urbanistas, geógrafos, sociólogos, economistas y ambientalistas que, desde diverso ámbitos, vienen discutiendo las anomalías de todo tipo que afectan el desarrollo urbano de las grandes metrópolis por la falta de actualización de las distintas normativas urbanísticas que ordenan el territorio y, en esta cuestión en particular, el aporte a la fragmentación urbana que promueven los barrios cerrados (BC) y su consecuencia más crítica: la fractura social.
El consenso generalizado que este colectivo profesional elaboró sobre los crecientes impactos negativos que posee esta forma de urbanización puede sintetizarse en la lectura de los considerandos de la ordenanza aprobada: “… el proceso de expansión de las urbanizaciones privadas tiene como punto fundamental la disputa por la periferia de la ciudad, operativizada mediante la metodología de “desalojo silencioso”, la cual se cristaliza en amenazas, presiones de todo tipo y, en el mejor de los casos, oferta de escasos montos de dinero por parte de los grupos privados para que quienes habitan esas tierras se relocalicen en otros barrios de iguales características” y “…el derecho a la ciudad es un derecho común antes que individual y por él se entiende no sólo la libertad de acceder a sus recursos urbanos sino el derecho a cambiar de sus habitantes, cambiando la ciudad”.
Tomando en cuenta la bajísima repercusión en la agenda pública, mediática y política que tradicionalmente tienen los temas urbanos planteados de manera propositiva y transformadora (generalmente saltan a la palestra como expresión negativa y aguda de los problemas que generan, como el caso del “Parque Indoamericano” y las frecuentes tomas de tierra, o se legitiman en la información económica o general como “promoviendo el desarrollo urbano”), esta reciente iniciativa social en Rosario alienta la posibilidad de que cambie este estado de cosas y que por fin la sociedad y su clase política asuman esta discusión en profundidad. No soy tan optimista al respecto.
Muchos opinarán que el contexto de madurez política de las fuerzas que representan a la ciudadanía rosarina a través de su Concejo Municipal es más progresista que el de otras grandes ciudades argentinas. El que suscribe cree que no existen en otras ciudades muchos grupos sociales organizados, como el que impulsó este logro, con vocación y capacidad para incidir en la discusión política concreta con proyectos transformadores (la excepción, aunque no visible para los medios y el público, es el grupo de la Reforma Urbana que opera en la legislatura nacional). También sostengo que la clave de este problema no pasa por la prohibición de esta figura en los núcleos urbanos centrales de las metrópolis. Analicemos…
Entre las distintas perspectivas desde la que se observa el fenómeno urbano en la argentina (especialmente respecto de las iniciativas de urbanización privadas, uno de cuyos productos más emblemáticos y perjudiciales es la producción de BC) se destacan: la ocupación de cuencas hídricas y humedales, la tremenda concentración de las operaciones y su altísima rentabilidad, las distorsiones en el mercado del suelo, la expansión descontrolada del límite de las ciudades o los desequilibrios en la asignación social del territorio. Sin embargo, la característica más trascendente y nefasta, a mi entender, es la privatización de la ciudad, implícita en la ausencia de espacios de propiedad pública (calles) en la trama interior de estos barrios, algunos de los cuales poseen la dimensión de una ciudad (por ej. las 1.600 hectáreas de Nordelta, con una población potencial de 80.000 habitantes, ¡declarada localidad por el municipio de Tigre!). En tal sentido, la generalizada aplicación de la ley de propiedad horizontal, utilizada antijurídicamente en la subdivisión del suelo, sigue siendo una constante que no ha sido modificada en la práctica y que merece ser la discusión a privilegiar con el objeto de ordenar el territorio y mantener el modelo de ciudad plural y democrática que ha caracterizado al desarrollo urbano argentino durante décadas. Mientras siguen vigentes y legitimadas socialmente las normas que posibilitan este despropósito, como los Decretos (¡nunca Leyes de legislaturas democráticas!) 9404/86 y 27/98 de la Provincia de Buenos Aires, afectando a la periferia del núcleo urbano más importante de la país (donde se concentra el 43% de la población y el 87% de las inversiones de este tipo, que suman más de 40.000 hectáreas, según nota de Christian Boyanovsky Bazán en Tiempo Argentino del 17/10/2010), la ordenanza comentada en este artículo nada dice respecto de la propiedad de las calles y no recuerdo que esta bandera irrenunciable esté asumida con propiedad en los distintos proyectos de Ley que se discuten actualmente en el Congreso Nacional.

Cuando escribo “privatización de la ciudad” me estoy refiriendo a la comprobación de las consecuencias concretas y habituales que generan los BC por la aplicación generalizada de la propiedad privada de sus calles en favor de sus residentes (indirectamente a través de los consorcios o asociaciones que los representan) y a las iniciativas legislativas para regular esta figura en varias provincias o para crear un nuevo derecho real de alcance nacional (proyecto promovido por la senadora Hilda González de Duhalde, tratado en comisiones del Congreso en el año 2008), promovidos todos ellos por una corriente que aparece promoviendo inversiones, fuentes de trabajo, seguridad e impulso a la calidad de vida. La verdadera cuestión de fondo es otra: solo se pretende, sin confesarlo, construir una ciudad sin espacio público en su seno, dotándola de reglas de convivencia distintas a las de la ley común, la cara presentable de la ciudad fragmentada. Pareciera que sólo se buscase solidificar este inmenso quebranto nacional antes de intentar superarlo con desarrollo social inclusivo.
Esta corriente se presenta también como la solución a un sinnúmero de problemas generados por las aplicaciones tergiversadas del mismo modelo, basado en el predominio del mercado frente a la omisión del estado en la gestión urbanística (como la aplicación de la Ley 13.512, de propiedad horizontal, para subdividir suelo). Aquella iniciativa citada, orientada a establecer por ley un nuevo derecho real denominado “propiedad residencial”, tuvo buenos padrinos: ex Secretarios de Cultura devenidos senadores, ex Intendentes de “paraísos countries” devenidos diputados, Federaciones Argentinas de Clubes de Campo, de Agrimensores, de Escribanos, etc.
Afortunadamente el proyecto no obtuvo el consenso necesario, pero no debemos descartar un nuevo avance en este sentido en consideración de la radicalización y explicitación de las posiciones políticas que expresan el liberalismo económico.
Habría que preguntarse porqué se pretende excluir al espacio público del seno de estas urbanizaciones. ¿Será porque se elude la impronta del estado municipal, de sus normas, de su fiscalidad? ¿Será para permitir que la ley de convivencia interna (reglamento del consorcio discrecionales cuando regulan la convivencia de grandes grupos humanos) y el sistema interno de Gobierno (Administrador, Consejo de Administración, voto calificado, falta de organismos efectivos de control y defensa de los derechos ciudadanos) reemplacen las fórmulas republicanas que, aunque cuestionadas en materia de representación, no pudieron ser reemplazadas por otras mejores por tantos gobiernos de facto en el siglo pasado?. ¿Puede admitirse que la responsable del Censo Nacional de Población y Vivienda 2010 tenga que pedir permiso a estos barrios para efectuarlo? (ver nota periodística de Página 12, del 15/10/2010, donde se informa “naturalmente” que los Countries y BC permitirán el acceso a los encuestadores del Censo).
Antes de lidiar por la prohibición de los BC en algunas ciudades o en determinadas áreas de las mismas, antes de enfrentar la discusión de nuevas figuras de derechos reales y mientras se discute un nuevo modelo de desarrollo territorial y urbano argentino, se impone focalizar el trabajo de conceptualización, esclarecimiento y movilización para impedir esta privatización. Aporto sólo unas preguntas que me exceden y abordan la hipoteca territorial que sigue imponiéndose: ¿cuál es la extensión máxima para aplicar la propiedad horizontal?; ¿cómo reconvertimos los grandes territorios hoy privatizados sin poner en riesgo la gobernabilidad?; ¿qué productos inmobiliarios ofrecemos a los sectores de alta renta para su residencia? Detrás de los reduccionismos garantistas del ejercicio del derecho a la propiedad, en el seno de los informes de impacto ambiental (¡que siempre verifican!), detrás del imperio de la seguridad a cualquier precio o debajo de las promesas de inversiones que derramarán desarrollo, aparece siempre esta variante anti urbana del modelo neoliberal. Es el símbolo de la claudicación de toda una clase dirigente: Una vez que el establishment (económico, social y político) tenga su ciudad segura, bella y armoniosa, ¿qué motivo tendrá para ocuparse de la otra ciudad, la de los excluidos?

Algunas desmedidas notas periodísticas ilustran que “Rosario se convirtió en la 1° ciudad de Latinoamérica en poner límites al avance de los BC” (nota de Diego Igal en Tiempo Argentino del 17/12/2010) y “… en un ejemplo para el país” (nota de Juan Ignacio Manchiola para Agencia de Noticias RENA, del 6/1/2011). No nos confundamos: es erróneo, ya que tanto la ciudad de Buenos Aires o la de La Plata también sostienen esta prohibición (mientras la ciudad de Rosario habilitaba la localización de BC mediante el Decreto N°1542/97, del intendente Binner, la gestión del intendente Julio Alak, de La Plata, prohibía esta figura en su área urbana a través de la Ordenanza 9231/00, a pesar de la contemporánea habilitación de esta figura por parte del inconstitucional Decreto 27/98 suscripto por el gobernador Eduardo Duhalde; si, ¡el mismo que aprobó Nordelta a través del Decreto 1736/92!). La verificación de estas prohibiciones en las ciudades citadas no es una comprobación del progresismo de sus clases políticas sino la verificación de que las áreas centrales de éstas ciudades no son adecuadas a la urbanización residencial de baja densidad (una de las características de los BC) y por lo tanto no son requeridas por el mercado inmobiliario, un grupo de presión que, a diferencia de nuestros núcleos académico-científicos, es mucho más efectivo a la hora de influir sobre los decisores públicos. Queda claro que prohibir la radicación de BC en las áreas consolidadas y densas de las ciudades argentinas no es un logro tan ambicioso. Lo importante se mantiene incólume. Rosario, como estructura urbana, seguirá desarrollando BC en toda su periferia. ¿O el gobierno progresista de Santa Fe prevé prohibirlos?
Tal vez la experiencia del Movimiento Giros aporte algunas valiosas enseñanzas en este sentido, pero presumo que al cambiar el objetivo (de prohibir los BC a impedir la privatización de la ciudad) haya que hacer una reformulación cuali y cuantitativa de la propuesta y del programa de movilización e impulso de una ley definitiva, de necesario alcance nacional. A la hora de enfrentar al poder real, el económico-financiero y su variante inmobiliaria, se debe valorar adecuadamente las contradicciones y las relaciones de fuerza, los eventuales apoyos y las alianzas de sectores, necesarios para legitimar semejante cambio del modelo vigente. Una propuesta verosímil deberá discernir de manera muy precisa los modelos aptos para urbanizar, considerando factores ineludibles: la presencia y previsible incremento del capital financiero en busca de inversiones (no automáticamente cuestionables), la demanda de seguridad ciudadana (tampoco des atendible), la oferta de productos calificados que demanda el imaginario de los omnipresentes sectores medios, y la necesidad de construir una masa crítica de apoyo, necesaria para enfrentar con éxito el desafío. Tal vez, la discusión sobre la captación de las rentas extraordinarias producidas por la soja por parte del estado merece tenerse más presente que la ordenanza comentada. Paradójicamente, ambos procesos se vinculan con Rosario, denominada “capital de la soja”, por el impacto de la renta agraria acumulada en la región y traducida, en parte, en inversiones inmobiliarias como las cuestionadas.

Por Norberto Iglesias
El autor es arquitecto con Maestría en Administración Pública Local (Universidad Carlos III, Madrid). Preside el Instituto Territorio, Municipio y Ciudad (ITEMCIUDAD), es colaborador de la Fundación Metropolitana, Consultor, Docente de Planeamiento urbano en la cátedra Garay (FADU-UBA) y Asesor de la Federación Argentina de Municipios. Fue organizador, para el Municipio de Malvinas Argentinas, de los primeros seminarios sobre Barrios Cerrados dadas en el país, en los años 1998-2001.
Referencia: http://www.cafedelasciudades.com.ar