La Justicia de Santa Fe prohibió, con fallo firme, fumigar en cercanías de zonas urbanas. El caso marca un precedente para los jueces del resto del país y cuestiona, en base jurídica, el modelo agropecuario.
Luego de dos años de disputa judicial, donde en primera y segunda instancia los jueces cuestionaron y limitaron el uso de agroquímicos, la Justicia de Santa Fe acaba de dejar firme la prohibición de fumigar en cercanías del barrio Urquiza de la localidad de San Jorge. Es el primer caso de Argentina donde, con fallo firme, la Justicia prohíbe las fumigaciones para proteger la salud. El expediente judicial, que marca jurisprudencia para centenares de denuncias en todo el país, invoca el principio precautorio (ante la posibilidad de perjuicio irremediable es necesario que los jueces tomen medidas protectivas), cuestiona al glifosato (pilar del cultivo de soja) y apunta a un modelo agropecuario en base a agroquímicos. Anuncian nuevas presentaciones judiciales para cientos de pueblos afectados por fumigaciones.
La nueva resolución judicial resume: “Resuelvo disponer con la prohibición impuesta en la causa”. Dos líneas, en lenguaje jurídico, históricas, que establecen la prohibición total de fumigar a menos de 800 metros de viviendas familiares (si el método utilizado es terrestre) y marca el límite de 1500 metros (si la aspersión es con avionetas). La medida es para el barrio Urquiza, a las afueras de San Jorge, ciudad de 25 mil habitantes ubicada a 144 kilómetros de la capital provincial. Es una zona sojera por excelencia.
La Justicia de Santa Fe, a lo largo de la causa, revalorizó los testimonios de los afectados, resaltó la importancia de los médicos de pueblos (testigos cotidianos en la atención de intoxicados) y citó trabajos científicos independientes que alertan sobre los efectos del glifosato. La histórica resolución judicial del juez Tristán Martínez también hace hincapié en una recopilación de trabajos científicos y técnicos presentada por la Universidad Nacional del Litoral: “No existen agroquímicos inocuos (...) Se ha comprobado que existe riesgo potencial de transporte de glifosato y su metabolito AMPA a las aguas subterráneas y superficiales (...) La toxicidad de los formulados comerciales con glifosato, Roundup y otros, ha sido documentada con estudios científicos independientes, para distintos organismos que componen la biodiversidad de agua dulce”.
La resolución judicial hace eje en la consecuencia del agroquímico en el agua. “Los efectos tendrían la capacidad de provocar cambios en las estructuras tróficas de las comunidades. Las interacciones a largo plazo en el herbicida glifosato y la microbiota (...) pueden provocar alteraciones en la cadena trófica y procesos biológicos en el suelo. No se puede afirmar que el glifosato sea inocuo para las poblaciones de organismos invertebrados terrestres.”
El juez recuerda que el glifosato ha sido recientemente clasificado como perturbador endocrino (obstaculiza la acción de las hormonas humanas). “La exposición a bajas dosis, menores a las definidas como seguras, podría tener efectos adversos”, alerta la resolución judicial y remarca que “la preocupación sobre los posibles efectos adversos sigue vigente”.
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