lunes, 27 de septiembre de 2010

Tigre – Colony Park – Denuncia por estafa procesal.

El pasado viernes 24 de septiembre de 2010, el Dr. Enrique Carlos Ferreccio, amplio la denuncia efectuada en la Causa Nº 2843, efectuada contra el emprendimiento privado Colony Park, por usurpación de tierras fiscales, estrago ambiental, crimen lesa humanidad y otros delitos, aportando pruebas para que la instrucción verifique la presunta comisión de los ilícitos en los que habrían incurrido los responsables de Colony Park SA, el Dr. Mario Augusto Capparelli apoderado de la ONG Asociación Civil en Defensa de la Calidad de Vida, juntamente con la Sra. Juez a cargo del Juzgado Civil y Comercial Nº 11 de San Isidro, por lo obrado en la causa caratulada: “Asociación civil en defensa de la Calidad de Vida C/Colony Park S.A. S/Medidas Cautelares” (Expte. N°68660).
También solicita el Dr. Ferreccio, se rechace la postulación del Dr. Mario Augusto Capparelli, en su calidad de Amigo del Tribunal, por inadmisible e improcedente, al encontrarse ahora denunciado por su presunta comisión de estafa procesal, en beneficio de la Empresa Colony Park SA y en perjuicio de la población isleña de la 1ª Sección de Islas, induciendo a error a la administración de justicia.

El Dr. Mario Augusto Capparelli
se habría desvinculado del estudio jurídico
Arazi, Prato, Mariani de Vidal, Merola & Asociados
y de la ONG ADECAVI

El 29/12/2008 la ONG ADECAVI, por medio de su apoderado Dr. Mario Augusto Capparelli, inició en el Juzgado Civil y Comercial Nº 11 de San Isidro la causa caratulada: “Asociación Civil en Defensa de la Calidad de Vida C/Colony Park S.A.S/Medidas Cautelares” (Expte. Nº: 68660 Juzgado Civil y Comercial Nº 11 San Isidro).
Con fecha 19/08/09 se dictó una medida cautelar de SUSPENSION DE TODA OBRA. Se notifico de este estatus jurídico a Colony Park y a la Municipalidad de Tigre con fecha 25 de agosto de 2009. También se notificó a la Municipalidad de San Fernando, a la Subsecretaría De Puertos, a la Dirección De Obras Hidráulicas de la Provincia y a otras reparticiones públicas.
El 19/02/2010 se firma un Acta de Conciliación/Acuerdo, por la cual entre otras cuestiones, las partes acuerdan la suspensión del proceso y convienen realizar un programa de trabajo consistente, en establecer un límite temporal, tendiente a lograr la obtención de la declaración de impacto ambiental. En el mismo acto, la demandada declara que las obras se encuentran paralizadas y solicita y la parte actora presta conformidad, para que se realicen las tareas de mantenimiento y conservación consistente en dragado, refulados, rellenos y tablestacados sin que ninguna de estas tareas signifique avance de construcción ni tareas edilicias.
29 de marzo de 2010, quedó homologado judicialmente el convenio celebrado directamente entre las partes, debiendo ambos presentarse en audiencia o mediante escrito en el plazo de diez meses de la homologación, a fin de efectuar una manifestación acerca del cumplimiento del acuerdo.
Considera el Dr. Ferreccio, arbitraria e irracional la sentencia impugnada, en función de la presunta contradicción que surgiría entre la medida cautelar de SUSPENSION DE TODA OBRA, y la posterior homologación del acuerdo, en el cual la parte actora presta conformidad para que se realicen tareas de dragado, refulados, rellenos y tablestacados, con la pretensión de que las mismas, no signifiquen avance de construcción ni tareas edilicias.
Según el Dr. Ferreccio, por esta homologación, la Sra. Juez se encontraría en prevaricato y la Empresa Colony Park SA juntamente con la ONG ADECAVI cierra el ardid o fraude de la estafa procesal, al encontrarse en la página web de Colony Park SA, una aclaración que reza: …oportunamente se dictó una medida cautelar de suspensión de obras. Con posterioridad las partes acordaron dar por concluido el proceso, acuerdo que fue homologado en fecha 30-3-2010. Autorizándose expresamente a proseguir con las obras de mantenimiento ejecutadas hasta la fecha.
Dice el Dr. Ferreccio que el engaño o ardid, consistió primero en pedir la suspensión de las obras, por vía procesal mediante una ONG, con aparente prestigio en el medio judicial, solicitando medida cautelar de paralización de obra; luego, la Jurisdicción dicta una medida cautelar de suspensión de obras, pero en el marco de un juicio ordinario, para luego transformar la demanda de suspensión, en una homologación a contra legem, mediante temeridad y malicia procesal, causando perjuicio al ecosistema y la población, al respaldar y justificar el dragado, refulado, alteración línea de ribera, aumento de cota, alteración cursos ríos navegables internacionales, perjuicio en el régimen hidrológico de las vías navegables de la zona, afectando la seguridad en la navegación, tala de árboles de los isleños y varios etc., desde la implementación de la medida precautoria, a la fecha.

Colony Park - Situación de obra año 2006
Colony Park - Situación de obra año 2008
Colony Park - Situación de obra año 2010
 Según el Dr. Ferreccio se homologaron todos los delitos denunciados por la querella; “serían los efectos de la temeridad y malicia (mala fe) procesales, lo que genera que el derecho se distorsione y esto no es una casualidad, no es un azar, es una estafa procesal, un fraude gestado en un pensamiento riguroso”.
Dice Ferreccio que el comportamiento de temeridad se refleja ante el magistrado, a través de toda la actuación en el proceso por lo absurdo, caprichoso e incoherente, de las pretensiones o defensas; elementos estos, que motivan a la querella para solicitar que se rechace la postulación del Amicus Curiae presentado por el Dr. Mario Augusto Capparelli, por movilizar de mala fe a la administración de justicia.
También estima y advierte la querella, que de aceptarse la calidad de “amigo del tribunal”, del postulante Dr. Mario Augusto Capparelli, se podría desnaturalizar la figura; porque de ser aceptada, podría ocultar fines perniciosos o alejados de los propósitos para los que fue implementada y que, por esa vía, terminen distorsionándola y convirtiendo a los “amigos” en “enemigos” del Tribunal, de esta parte y del proceso, porque a sabiendas alegaron hechos contrarios a la realidad.
En función de lo comentado, el Dr. Ferreccio, concluyó su escrito peticionando se tenga presente la denuncia formulada y se rechace la postulación de Amicus Curiae del Dr. Mario Augusto Capparelli, en base a los motivos expuestos.

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5 comentarios:

Anónimo dijo...

Felicitaciones Ricardo: Sos el único ciudadano Argentino que se percató y lo dijo, que el acuerdo entre ADECAVI y Colony Park, no se trataba de otra cosa, que de un permiso legal para que la empresa continuara las obras, hasta allí clandestinas e ilegales.
Jorge Leal.

Anónimo dijo...

Ricardo: El blog está buenísimo. He notado que le agregaste el servicio de etiquetas. Ello facilita mucho la búsqueda. Un abrazo.
Rosaura “a las diez”

Anónimo dijo...

Ricardo: El blog está buenísimo. He notado que le agregaste el servicio de etiquetas. Ello facilita mucho la búsqueda. Un abrazo.
Rosaura “a las diez”

Anónimo dijo...

De acuerdo a la sucesión de imágenes, queda claro que las obras de construcción de Colony Park, se realizaron entre los años 2008 y 2010. Parece mentira, que no obstante ser un emprendimiento clandestino e ilegal, ninguna autoridad pública haya actuado para detener oficialmente las obras, como lo determina la ley. Increíble

Anónimo dijo...

Che, acá no habrá CORRUPCIÓN.