domingo, 30 de mayo de 2010

Los Jueces de faltas de la Provincia de Buenos Aires, discuten el código de faltas ambiental.

El Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible, junto a los jueces de faltas de todos los municipios de la provincia de Buenos Aires, trabajan en la conformación del nuevo Código Provincial de Faltas Ambientales, para agilizar y unificar el trabajo de protección medioambiental en todo el territorio provincial.
Un equipo de técnicos y profesionales, encuentra trabajando en la elaboración de un proyecto de ley, que unifique los distintos procedimientos existentes en la actualidad para las infracciones ambientales y que, a su vez, sistematice la tipificación de las faltas y sanciones.

Los fundamentos de la codificación propuesta en el Proyecto, que se esta evaluando junto a los jueces de faltas, encuentra sustento en los principios constitucionales establecidos tanto a nivel nacional como provincial, y en los principios ambientales establecidos en las leyes nacionales de presupuestos mínimos.
Tras la apertura de primera jornada de trabajo, el titular de la OPDS afirmo que " son de importancia vital para la Provincia tanto este nuevo Código de Faltas como la creación de los futuros juzgados de faltas ambientales", algo que "nos permitirá optimizar los recursos ya existentes, otorgándole, a las cuestiones ambientales, el tratamiento específico, calificado y eficaz, que por su impacto social y trascendencia económica merece".
De la apertura del encuentro, participaron más de 50 Jueces de Faltas de la Provincia de Buenos Aires, el Presidente de la Asociación de Jueces de Faltas Municipales de la Provincia de Buenos Aires, Fernando Rey, el Presidente del Honorable Concejo Deliberante de Mar del Plata, el Director Provincial de Gestión Jurídica del OPDS Carlos Olivera y demás funcionarios provinciales y municipales.
Notas relacionadas:

jueves, 20 de mayo de 2010

Vicente López - Incidentes en protesta contra Vial Costero.

Desde hace meses el Intendente de Vicente López viene enfrentándose a los vecinos de su distrito, quienes en su gran mayoría, aseguraron estar disconformes con el proyecto que prevé la construcción de una avenida denominada Vial Costero.
El Vial Costero de Vicente López, se trata de una nueva avenida de cuatro carriles, que ya comenzó a construirse entre Libertador y el río; y que promete funcionar como un nuevo acceso directo desde la Capital, por debajo de General Paz, llegando hasta Paraná, en el límite con San Isidro.
No obstante lo comentado, la avenida sólo prevé unir zonas internas, sin salida hacia Capital Federal y sin unir tampoco con ninguna arteria en San Isidro, por lo que el tránsito, en ambas direcciones, morirá nuevamente en la Avenida Libertador. Incluso, el jefe comunal de San Isidro, Gustavo Posse, ya advirtió que no tiene ningún interés de prolongar el vial costero en su distrito. 
El proyecto implica una serie de excepciones al Código Urbano para la construcción de una autovía y prevé la construcción de edificios de altura. Las obras se habrían iniciado sin haber obtenido previamente, la declaración de imparto ambiental por parte de la autoridad ambiental de la Provincia de Buenos Aires.

 Vecinos y organizaciones ambientalistas, aseguran que el desarrollo del proyecto terminará con uno de los pocos espacios verdes que quedan en el distrito y denuncian que esta construcción es parte de los grandes negocios inmobiliarios que se realizan en toda la región, los cuales en vez de mejorar la calidad de vida de los habitantes, impactan en forma negativa sobre los mismos. Efectivamente, todo hace suponer que el vial costero tiene como destino inmediato e inocultable, servir prioritariamente al megaproyecto privado, en referencia a la excepción al Código de Ordenamiento Urbano que lograron Carlos De Narváez, Carrefour y La Nación SA, para construir un paseo de compras, cines, oficinas y otros, en la zona ribereña.
El Defensor del Pueblo de la Nación Anselmo Agustín Sella, puso en duda los beneficios de la obra pidiendo un "estudio de impacto ambiental integral". Por otra parte en la misma Defensoría, esta a la firma la 5° reiteración de pedido de informe a la Municipalidad de Vicente López sobre el informe de impacto ambiental y la consulta ciudadana respecto a la “Privatización de la costa”, actuación 46/09. La 2° reiteración de pedido de informe al Ministerio de Planificación de la Nación y al OPDS de la Provincia de Buenos Aires, como así también un pedido de informe a Vialidad Nacional. Por su parte varios diputados nacionales de distintos partidos opositores armaron un proyecto para detener las obras.
Un grupo de vecinos que se opone al desarrollo de la obra del Vial Costero, propuesta por el Intendente de Vicente López Enrique García, intentaron frenar el trabajo de las topadoras que comenzaron su tarea en este espacio verde.
El 19 de mayo se manifestaron en contra de la construcción del camino, e impidieron el ingreso de los camiones al Paseo de la Costa. A raíz de los incidentes, que se produjeron en Laprida y la costa del Río de La Plata, donde un grupo de personas se instaló hace varios días en contra del proyecto, hubo cuatro detenidos (liberados por la tarde) y dos heridos.
Organizaciones de vecinos denunciaron que la policía reprimió, provocando heridas en dos de ellos y llevando detenidos a otros cuatro: Danilo Pérez, Carlos Gurvich, Alexis Wentinck y Alejandro Siol. En un comunicado, señalaron que los policias con "violencia injustificada, apalearon a indefensos habitantes que sólo reclaman el respeto por el medio ambiente y los espacio públicos".

martes, 18 de mayo de 2010

Río Reconquista – Cuenca Media – Programa de Urbanización.

La ministra de Infraestructura de la Provincia de Buenos Aires, Cristina Álvarez Rodríguez, anunció que desde el Ministerio están trabajando para poner en marcha el Programa Integral de Urbanización Cuenca Media del Río Reconquista para inicios del 2011". El Plan demandará una inversión de 200 millones de dólares y tiene como objetivo mitigar el proceso de degradación ambiental, marginación social y precariedad urbana que aflige hace décadas a ambas márgenes del Reconquista. Según la Ministra “existe un pre-acuerdo con el BID para financiar los 200 millones de dólares que se necesitan para financiar la obra".

El plan se encuentra en fase de proyecto y culminará con la definición de las obras a desarrollar en materia de red vial, drenajes, espacios públicos y equipamiento comunitario. Estas tareas también se complementarán con los programas de mejoramiento de barrios y urbanización de villas y asentamientos precarios, que se encuentran en ejecución en esa área.
La ministra explicó que “existe un compromiso muy grande y un trabajo muy serio que están llevando a cabo con el Comité de Cuencas (COMIREC), las intendencias, subsecretaría de Urbanismo y Vivienda, las universidades, y varias dependencias del gobierno provincial para poner en marcha este verdadero mega-emprendimiento”.
Álvarez Rodríguez explicó que “se realizará todo el saneamiento del río, la cobertura de agua y cloacas, las nuevas viviendas, la recuperación de los parques urbanos lineales, con la recuperación también ambiental, y todas las obras hidráulicas para que los arroyos que vuelcan y las obras como la del zanjón Martínez o Madero que están en ejecución puedan tener un río ecológicamente más sustentable y que la gente que vive a la vera pueda mejorar su calidad de vida”.
Referencia: http://www.prensa.gba.gov.ar

viernes, 14 de mayo de 2010

El 50% de los barrios cerrados bonaerenses no están registrados.

El gobierno bonaerense afirmó que el 50 % de los 500 countries y barrios cerrados de la provincia "no están registrados" como tal y de ese porcentaje, unos 130 "tampoco tienen algún tipo de habilitación y funcionan de manera totalmente irregular".
El dato, difundido por el Registro de Urbanizaciones Cerradas del Ministerio de Gobierno provincial (CIOUT), fue corroborado por el subsecretario de Asuntos Municipales, Alberto De Fazio y la Comisión Interministerial de Ordenamiento Urbano y Territorial.
De Fazio aseguró que en la provincia "existen entre 400 y 500 emprendimientos, de los cuales sólo 120 figuran habilitados y cumplen con las reglas pautadas en la ley". Aseguró que "en la actualidad existen 250 countries no registrados y 130 no habilitados".
"Por ello, el CIOUT se creó para actualizar y regularizar la situación de estos barrios privados, con una base segura para que los que decidan comprar una fracción de lote, sepan que lo hacen en un barrio cerrado legalmente constituido", según informó la provincia en un comunicado.
De acuerdo al informe elaborado por la Jefatura de Gabinete provincial, estos espacios se rigen con una normativa que data del año 98. El decreto 27 de ese año establece los parámetros a seguir para la creación de estos espacios cerrados.

Allí se plantea que "se entiende por barrio cerrado (BC) a todo emprendimiento urbanístico destinado a uso residencial predominante con equipamiento comunitario cuyo perímetro podrá materializarse mediante cerramiento”.
Ante la desactualización de este decreto, el gobierno analiza cambios significativos en la normativa que regula estos centros, como, por ejemplo, la exigencia de aperturas de calle internas para la entrada sin inconvenientes de ambulancias o patrulleros.
Además, con un trabajo en forma conjunta con la Agencia de Recaudación (ARBA), se practican periódicas inspecciones que apuntan a la regularización tanto de lo edilicio como planos de obras y subdivisión, y en lo impositivo revalúo de la Agencia de Recaudación de Buenos Aires.
El diligenciamiento de un barrio cerrado se inicia en el Municipio donde se determina la viabilidad de localización y se someten a su aprobación los elementos técnicos preliminares.
Con posterioridad es gestionada la convalidación provincial ante esta Subsecretaria a fin de obtener la Convalidación Técnica Preliminar (Prefactibilidad), posteriormente, su Convalidación Técnica Final (Factibilidad) y esta última instancia posibilitará la aprobación del correspondiente plano de subdivisión.
Notas relacionadas:

miércoles, 12 de mayo de 2010

Tigre - Colony Park – Recusan al Fiscal Federal actuante

Oportunamente en función de las acciones penales que se llevan adelante contra el emprendimiento privado Colony Park, que se esta construyendo en el bajo delta del Río Paraná, el Dr. Enrique Carlos Ferrecio Altube, recusó al Fiscal Federal Sebastián Lorenzo Basso, por falta de objetividad, ecuanimidad y parcialidad al omitir defender la legalidad. Ello, por considerar que el Fiscal considera que no existe delito federal, a pesar del taponamiento y destrucción del Arroyo Anguila y la Paloma, la alteración de la línea de ribera, del camino de sirga y el perjuicio en la navegabilidad, el comercio y el transporte fluvial en dichas rías pertenecientes al Río Paraná. Además considera que no existe crimen de lesa humanidad contra la población isleña originaria.
Según el Dr. Ferrecio, el Sr. Fiscal Federal y demás funcionarios públicos denunciados, omiten en su accionar, tener en cuenta que la reforma de 1994 de la Constitución Nacional prohibió genéricamente la destrucción de los humedales como el Delta del Paraná,(único en el mundo por su dinámica y funciones ecológicas) cuando proclamó el derecho de todos los habitantes a un ambiente sano, equilibrado y apto para el desarrollo humano, lo que convirtió en enumerado a un derecho que antes era implícito (Constitución Nacional, Arts. 33 y 41).
Resulta dable destacar, que el Juez actuante, en primera instancia, resolvió denegar la recusación planteada por el Dr. Ferrecio. No obstante ello, con fecha 29/04/10, la Excelentísima Cámara Federal de Apelación Penal Federal de San Martin, resolvió revocar la resolución apelada del Juez actuante, en cuanto fuera materia de recurso (Expte. N° 9302 71.10 C.F.A.S.M.).
En función de lo comentado, el Juez a cargo, deberá ahora citar a audiencia pública, a fin de que la Querella y el Fiscal Federal actuante, diriman sus diferencias respecto al tema que nos ocupa.

martes, 11 de mayo de 2010

Tigre – Incineradora Pelco – ¿Accidente?

El domingo 9 de mayo, aproximadamente a las 11horas de la mañana, mientras registrábamos fotográficamente la operatoria de la incineradora PELCO S.A. ubicado en la calle Saavedra N° 2875 (B1618ACN), de la localidad de Ricardo Rojas, partido de Tigre, cuyo rubro es Centro de Tratamiento de Residuos y Efluentes (Industriales, patogénicos u otros) y Despacho de Residuos Patogénicos, fuimos testigos de un “accidente” ocurrido aparentemente con el manejo del horno que estaba operando. Efectivamente, cuando ya nos retirábamos de la zona, y encontrándonos aproximadamente a 150 metros del sitio en donde se emplaza el incinerador, un humo negro que brotaba del interior del galpón, llegó casi a nublar la visión de la chimenea que se encontraba funcionando en ese momento. Volvimos a la zona, y pudimos comprobar que efectivamente, la espesa humareda brotaba del interior de un galpón y que dos operarios retiraban material incendiado hacia el exterior de las instalaciones.
Recordamos que la empresa Pelco resulta particularmente peligrosa, dada su proximidad a una zona densamente poblada de los barrios Ricardo Rojas, Parque San Lorenzo y La Paloma. Efectivamente, Pelco se encuentra ubicada a escasos 120 metros de una zona densamente poblada. Los efectos de este incinerador sobre esta franja poblacional, nunca fueron analizados ni estudiados.
A continuación publico cuatro fotografías de la operatoria de la empresa Pelco S.A. el domingo 9 de mayo. La primera e ellas es representativa de la situación que nos alertó sobre el supuesto “accidente” sufrido en la misma.

En el Distrito de Tigre, están habilitados ocho incineradores, reunidos en cinco plantas, lo que significa un 20 por ciento del total de todas las existentes en el territorio bonaerense y el 50% de las empresas dedicadas a la incineración de residuos patológicos de la provincia de Buenos Aires. Esta información coincide plenamente, con el listado de empresas actualizado de 3era Categoría, suministrado oportunamente por la ex Dirección General de Gestión Ambiental del Municipio de Tigre.
La nómina de estas empresas, es la siguiente: Borg Austral SA (industriales) (Actualmente BEFESA Argentina) Braunco SA (industriales y patológicos) Pelco SA (industriales y patológicos), Braunco Talar SA (Industriales) y Soma SA (industriales y patológicos).
Notas Relacionadas:
El Tigre Verde: Tigre – Incineradores – El Caso Pelco.
Tigre. Residuos especiales. Clausuraron Pelco.
Tigre –Incineradores en la mira
Tigre – situación ambiental del arroyo Darragueira.

lunes, 3 de mayo de 2010

Colony Park – Carta Documento – Contestación

Oportunamente, en fecha 9/4/10, el Dr. Mario Augusto Capparelli, me envió una carta documento, mediante la cual me intima a que ratifique o rectifique afirmaciones calumniosas e injuriosas hacia su persona, supuestamente vertidas por quién suscribe en comentarios sobre el estado procesal del juicio que en representación de la Asociación Civil en Defensa de la Calidad de Vida, se interpuso contra la empresa Colony Park S.A. La carta fue contestada en tiempo y forma, aunque no pudo entregarse debidamente, en función de falta de respuesta en la dirección anotada por el dicho abogado, en el documento en cuestión.
Para concluir con este tema, y a pedido del Dr. Capparelli, a continuación publico, la contestación a su carta documento.
Ricardo Barbieri.

DE: BARBIERI, Ricardo
A: DR. CAPARELLI Mario

Me dirijo a Ud. con relación a vuestra carta documento de fecha 9.4.2010 a efectos de dar respuesta a vuestra intimación practicada mediante la aludida misiva.
Al respecto rechazo la misma por cuanto de su texto no surge en ningún punto la indicación precisa de cuales dichos lo deshonran o lo desacreditan o cual es el delito que se le imputaría conforme lo tipifican los art. 109 y 110 del Código Penal.
Asimismo debe señalarse que resulta por lo menos curioso que se sienta Ud. agraviado por el contenido de una información publicada en mi bitácora personal, siete (7) días después de emitida su carta documento.
Sin perjuicio de lo expuesto y de la falta de precisiones acerca del hecho injurioso o calumnioso supuestamente vertido en un “mail”, es decir la determinación precisa de las palabras y el párrafo que resultarían lesivos para vuestro honor, se recuerda que el citado “mail” reproduce opiniones del suscripto vertidas en un asunto de interés público como resulta ser el proyecto de construcción de un barrio privado, en el bajo delta del río Paraná, por parte de la empresa COLONY PARK S.A. y sus consecuencias con el medio ambiente y en ningún caso suponen una opinión valorativa acerca de vuestra persona, sin perjuicio de la disidencia que el suscripto pueda tener acerca del acuerdo arribado en los autos ASOCIACION CIVIL EN DEFENSA DE LA CALIDAD DE VIDA C/COLONY PARK S.A. S/ORDINARIO” expte. 68660.
Contrariamente a lo por Ud. afirmado no se ha dado a publicidad “mail” alguno, por lo cual no se ha violado en ningún momento la confidencialidad de las correspondencias privadas, figura delictual tipificada por el art. 155 del C.P., y en el supuesto he hipotético caso que así hubiere sido, no queda claro a este ciudadano cual es el perjuicio ocasionado que lo agravia. Por otra parte es el mismo artículado de la norma el que fulmina la tipificación de la figura delictual en el caso de que el propósito inequívoco sea el de proteger un interés público, paraguas que sin duda protege la supuesta publicación agraviante.
Sr. Mario Augusto Capparelli, el suscripto resulta ser nada más que un ciudadano preocupado por la protección permanente del medio ambiente.
Seguramente, habida cuenta que no resulto ser un experto en leyes como Ud., existe la posibilidad de que malinterprete el sentido de una norma jurídica o el sentido de una sentencia judicial debido a mi condición de lego, lo que no obsta a que brinde mi opinión libremente de acuerdo a los derechos constitucionalmente tutelados y dentro del marco de las leyes que reglamentan su ejercicio.
El escrito de cuyo contenido Ud. se agravia, insisto que curiosamente no había sido publicado aún al momento de remitir vuestra carta documento, no resulta ser sino la libre opinión de un ciudadano acerca de un hecho público como lo es el caso COLONY PARK y sus consecuencias medioambientales.
De igual modo y a todo evento para el caso, como el presente en el cual Ud. se ha sentido agraviado, le manifiesto que JAMAS ESTUVO EN MI ANIMO AGRAVIAR A NADIE por lo que, en su caso le ofrezco mis sinceras disculpas, procediendo a publicar la presente en el Blog www.eltigreverde.blogspot.com.

Ricardo Argentino BARBIERI

miércoles, 28 de abril de 2010

Remiten a la Corte y la Legislatura el anteproyecto para crear el fuero ambiental en la Pcia. de Buenos Aires.

El Ejecutivo bonaerense tiene previsto avanzar con la creación de un “Fuero Ambiental”, para tramitar causas que involucren agresiones contra medio ambiente y sus consecuencias humanas, que hoy terminan en tribunales que no tienen preparación específica en la materia.
La redacción del proyecto quedó a cargo del ministro de Justicia, Ricardo Casal, que trabajó la iniciativa en conjunto con el titular del Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible (OPDS), José Molina. “El anteproyecto ya está listo para girarlo a la Suprema Corte para que nos dé sus puntos de vista y luego a las dos cámaras legislativas, para que comience a ser debatido”.
En ese esquema de trabajo, el ministro de Justicia seguirá adelante con las conversaciones con la Corte, y Molina, senador del FPV hasta diciembre pasado, será el encargado de convencer a los legisladores, donde ya hubo sondeos con el bloque del GEN en la cámara Alta, para que lo voten.
Aunque en el arranque de la idea se había pensado en juzgados unipersonales, en el articulado final del anteproyecto se prevé la conformación de tribunales, es decir de juzgados compuestos por tres jueces cada uno. La idea es que en una primera etapa haya de 8 a 10 de estos tribunales, comenzando por el Conurbano para seguir luego con ciudades grandes del interior, como Mar del Plata.
El proyecto, además, plantea los tribunales como instancia única, sólo recurrible ante la Suprema Corte. Es decir, no se planea la apertura de cámaras. Con todo, este primer articulado será sujeto a debate en la Corte y la Legislatura, por lo cual es susceptible de recibir modificaciones.

jueves, 22 de abril de 2010

Tigre – Convocatoria para crear normativa que regule el futuro desarrollo sustentable del delta.

El Municipio lanzó la convocatoria para la confección de una normativa que regule el futuro desarrollo sustentable del Delta. La primera etapa, que se extenderá durante los próximos tres meses, permitirá que a través de asambleas y audiencias públicas puedan dar sus opiniones desarrolladores urbanísticos, empresarios turísticos, ambientalistas e isleños, entre otros actores involucrados.

Ante un auditorio compuesto de personas relacionadas con el quehacer isleño, el Intendente de Tigre, manifestó su oposición a los que buscan rentas extraordinarias a partir del desorden y la falta de reglas claras que regulen la actividad defendiendo el carácter insular de la región. Dio como ejemplo que, a partir de un estudio satelital se registraron 900.000 metros de construcciones no declaradas y que existen grandes complejos que ni siquiera tienen sus planos presentados en la Municipalidad. “Ése Delta, que todos admiramos, que todos decimos que hay que cuidar y que todos queremos, tiene miles de metros construidos sin declarar. Y lo más importante es qué hicieron en esos metros construidos, que se hizo desde el punto de vista del respeto de las normas” dijo Massa.

El Intendente de Tigre, recordó a los concurrentes que la zona donde se desarrollaba el encuentro, el Museo de la Reconquista, hoy está absolutamente integrada al continente, pero en realidad es una isla, y que no quiere que ese sea el destino de la Primera Sección de Islas, ya que hay que proteger la naturaleza geográfica y cultural del Delta. En ese sentido Massa fue tajante en sus límites: “Ni puentes ni túneles.”
Para lograr un marco donde todas las actividades se puedan expresar se formuló una extensión del acuerdo con la U.T.N. regional Pacheco para llevar a cabo la primera etapa del Plan de reordenamiento ambiental, con la conformación de equipos técnicos y mecanismos participativos. “Tenemos 90 días para que todos den su visión y en un ámbito de participación, podamos recoger todas las opiniones y generar reglas definitivas”.

En el trazado del reordenamiento participan además la Fundación Metropolitana y la Consultora Cultura y Territorio, además de la convocatoria realizada a los distintos prestadores de servicios del Delta y asociaciones profesionales vinculadas a la temática.
El secreto de nuestras islas y de nuestra ciudad es que el desarrollo les llegue a todos, el desafío de esta iniciativa es que sin politiquería, sin banalidades del tema ambiental, sin plantear simplemente cuestiones de ideologías, sino con el sentimiento que le tenemos al lugar y las capacidades de la zona, podamos darle futuro al Delta y para ello hay que ponerle reglas de juego.

lunes, 19 de abril de 2010

Tigre – Arroyo Darragueira – Contaminación industrial.

A continuación, publico cuatro fotos de la contaminación industrial detectada en el arroyo Darragueira, el día domingo 18 de abril de 2010, en su intercepción con la calle Saavedra, en la localidad de Ricardo Rojas.

jueves, 15 de abril de 2010

Colony Park - Las partes acordaron la suspensión del proceso judicial.

El 29 de marzo de 2010, la Jueza Dra. Marta M. Capalbo, homologó el acuerdo celebrado entre la ONG Asociación Civil en Defensa de la Calidad de Vida (ADECAVI), actuando como apoderado el Dr. Mario A. Capparelli y la empresa Colony Park, por el cual acordaron la suspensión del proceso judicial, iniciado en fecha 29/12/08 por ante el Juzgado civil y comercial Nº 11 de San Isidro.
Como veremos mas adelante, en función de la homologación de este acuerdo, surgen serias dudas respecto a la verdadera situación jurídica de las obras de construcción del barrio cerrado en cuestión.
Colony Park es un proyecto inmobiliario que implica la construcción de una urbanización cerrada de 300 has. que esta ubicado en el bajo delta del Paraná, frente al continente, sobre los ríos Luján, Canal Vinculación y el Arroyo Pacú. La primera etapa de la obra, fue iniciada en el año 2007 en función de una certificación de prefactibidad del suelo para desarrollar 1155 unidades de vivienda unifamiliar, otorgada por la Dirección Ejecutiva de Obras particulares de la Comuna de Tigre, durante la gestión del intendente Hiram Gualdoni. La consideración actual seria la de una obra clandestina, ilegal, sin permiso cabal y completo.

En función de lo dicho, el 29/12/08 la ONG Asociación Civil en Defensa de la Calidad de Vida (ADECAVI) inició acciones judiciales por en Expte. N° 68660/08. En los términos del art. 204 del CPCC se dispuso se intime a la sociedad demandada, Colony Park. S.A., a fin de que en el plazo de diez días, adjunte la declaración de impacto ambiental respecto de la actividad que se encuentra desarrollando, bajo apercibimiento de disponer la suspensión de las obras. La acción judicial involucraba también a la autoridad municipal, responsable primaria de toda obra, de su inicio, mantenimiento y finalización.
El 5 de mayo de 2009 en la audiencia fijada por la actora, acordaron que la misma desiste del proceso contra la Municipalidad de Tigre.
Con fecha 19/08/09 se dictó una medida cautelar de SUSPENSION DE TODA OBRA. Se notifico de este estatus jurídico a Colony Park y a la Municipalidad de Tigre con fecha 25 de agosto de 2009. También por carta documento se notificó a la Municipalidad de San Fernando, a la Subsecretaría De Puertos, a la Dirección De Obras Hidráulicas de la Provincia y a otras reparticiones públicas.
El 3/12/09, la Sala I de la Cámara de apelaciones en lo Civil y Comercial de San Isidro, rechazó el recurso que la empresa Colony Park, había interpuesto contra la resolución que hacia lugar a la medida cautelar. Quedó así firme la suspensión judicial de todas las obras.
Sorpresivamente, el 19 de febrero de 2010 la parte actora y la demandada, firmaron un acta/acuerdo por la cual convinieron establecer un límite temporal, tendiente a lograr la obtención de la declaración de impacto ambiental y acordaron la suspensión del proceso.

En el punto 6 de dicho acuerdo, la demandada declara que las obras se encuentran paralizadas. En dicho acto la demandada solicitó y la parte actora prestó conformidad, para que se realicen las tareas de mantenimiento y conservación consistente en dragado, refulados, rellenos y tablestacados sin que ninguna de estas tareas, signifique avance de construcción ni tareas edilicias.
En fecha 29 de marzo de 2010, el acuerdo quedó homologado. En cuanto al compromiso asumido por la demandada relativo a informar periódicamente al juzgado sobre la marcha de los trámites, deberán ambas partes presentarse en audiencia o mediante escrito, en el plazo de diez meses de la homologación, donde efectuarán una manifestación acerca del cumplimiento del acuerdo.
Si bien se supone que durante todo ese período, la medida cautelar de SUSPENSION DE TODA OBRA sigue vigente, como corolario de todas estas acciones, surgieron serias dudas respecto a la situación jurídica de las obras que lleva adelante la empresa Colony Park. Ello es así en función de la presunta contradicción que surgiría entre la medida cautelar de SUSPENSION DE TODA OBRA dictada por la Magistrada Dra. Marta M. Capalbo y la posterior homologación del acuerdo, en el cual la parte actora presta conformidad para que se realicen tareas de dragado, refulados, rellenos y tablestacados, con la pretensión de que las mismas, no signifiquen avance de construcción ni tareas edilicias.

En este punto no esta demás aclarar, que en este tipo de construcciones urbanas, la adecuación del suelo, a través de tareas tales como deforestaciones, dragados, refulados, rellenos, tablestacados, terraplenados, endicamientos, secado de terrenos, etc. constituye la actividad fundamental y en ello esta centrado el avance del futuro negocio inmobiliario. También esta claro, que es justamente durante el proceso de adecuación del suelo, cuando se producen los mayores daños al medio ambiente. Por todo ello preocupa el hecho de que en el cuerpo del acuerdo, se hayan definido como “tareas de mantenimiento y conservación”, acciones que en realidad constituyen la base de crecimiento de las obras en cuestión, a todas luces clandestinas e ilegales.
En definitiva, a partir de ahora la empresa Colony Park, bajo control judicial, deberá iniciar el cumplimiento del debido proceso administrativo, en consonancia con las disposiciones que en el marco nacional, determina la ley del Medio Ambiente N° 25.675 y que tiene su correlato complementario y regulatorio en la ley N° 11.723 de la provincia de Buenos Aires, amen de las disposiciones de orden local que vienen a complementar las regulaciones antes aludidas.

viernes, 9 de abril de 2010

La Corte nacional intimó a Nación y Provincia, informe sobre obras del Riachuelo.

A principios del pasado mes de marzo, la Corte Suprema de Justicia emplazó al Estado Nacional, a la provincia de Buenos Aires y a la Capital Federal para que en un plazo de 15 días presenten un informe conjunto sobre los trabajos que realizaron para sanear la Cuenca Matanza-Riachuelo.
La medida, que también comprende a la Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo (ACUMAR), se enmarca en lo dispuesto por el alto tribunal en el denominado "Fallo Mendoza", de 2008, que ordenó la limpieza de la cuenca hídrica contaminada.
En la resolución, el máximo tribunal resaltó que el informe oficial deberán hacerlo en "forma conjunta y mediante una presentación única", las administraciones que encabezan la presidente Cristina Fernández de Kirchner, el jefe de gobierno, Mauricio Macri, y el gobernador Daniel Scioli.

En ese sentido, la Corte Suprema de Justicia exigió un detalle pormenorizado sobre "el íntegro y fiel cumplimiento de todos los mandatos impuestos en la sentencia del 8 de julio de 2008, con respecto a cada uno de los objetivos y resultados establecidos".
El documento, establece que los informes "deberán señalar separadamente para cada uno de los objetivos y resultados establecidos, en forma sinóptica, con rigurosa precisión y mediante la utilización de pautas cuantitativas, el grado en que ha sido alcanzado al 31 de marzo de 2010, cada uno de los objetivos y resultados que integraron el programa de ejecución obligatoria".
El escrito, recuerda que el seguimiento del fallo que ordenó sanear el Riachuelo, fue delegado en el juez federal de Quilmes, Luis Armella, quien tiene a su cargo "las ingentes atribuciones que conciernen al trámite de ejecución de la sentencia dictada".
El fallo no lo dice expresamente, pero de su contenido parece desprenderse que los plazos establecidos para la purificación del curso hídrico no se cumplieron adecuadamente.
La decisión de la Corte, adoptada en el acuerdo, está firmada por los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt, Enrique Petracchi, Juan Carlos Maqueda, Raúl Zaffaroni y Carmen Argibay.

En la resolución, los jueces supremos recordaron que habían habilitado "la participación ciudadana como mecanismo de control bajo la intervención del Defensor del Pueblo de la Nación y de las organizaciones no gubernamentales interesadas en la tutela del ambiente".
La resolución de la Corte Suprema, una de los primeras emitidas con órdenes al Poder Ejecutivo sobre temas vinculados a la gestión, se conoce a poco más de un mes que la Auditoría General de la Nación (AGN), indicara que la ejecución presupuestaria de la Autoridad de Cuenca Matanza- Riachuelo, "sólo alcanzó el 36,90 por ciento del crédito vigente para el período enero-diciembre de 2009", con fines de saneamiento.
En ese documento, que no fue mencionado por el máximo tribunal, la AGN reveló que "la ejecución de gastos y pagos del servicio administrativo, está retrasada debido a las demoras en la asignación de cuotas de compromiso", que debieron afrontar los gobiernos nacional, bonaerense y porteño.

jueves, 8 de abril de 2010

El OPDS dispuso la clausura preventiva de la curtiembre CURTARSA. Hubo incidentes.

El Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible, dispuso el pasado 5 de abril, la clausura preventiva de la empresa Curtarsa, a raíz de los intensos olores constatados durante los monitoreos automáticos.
La clausura fue dispuesta sin plazos específicos y sólo se levantaría en el caso que la empresa presente y cumpla las pautas requeridas por el Organismo Provincial. Según funcionarios del OPDS, “No se detectó contaminación pero si olores por encima de los umbrales permitidos”. La curtiembre continua con su proceso de producción, aunque no se permitía el ingreso y egreso de camiones. No obstante ello se aclaró que desde el punto de vista administrativo la empresa podrá seguir operando, pero deberá detener en forma total las etapas de producción.
Por su parte la empresa anticipó que presentará una medida cautelar ante la justicia por considerar que la clausura fue “arbitraria.

Empleados de la curtiembre acompañados por gremialistas del ramo de distintas localidades se manifestaron, el jueves 8 de abril, frente a la municipalidad. Hubo graves incidentes, en función de un confuso episodio entre las fuerzas policiales y manifestantes llegados de Morón.
Los incidentes se desataron en un confuso episodio entre las fuerzas policiales y manifestantes llegados de Morón, que habrían intentado ingresar al palacio municipal. En la revuelta se produjeron varios heridos y al menos uno de ellos debió ser hospitalizado, mientras que también se produjeron detenciones.
El titular del OPDS, José Molina, recibió a representantes de los trabajadores y las partes firmaron un acta, en la cual acordaron que “si la curtiembre lleva adelante los programas de readecuación solicitados por la autoridad ambiental, la clausura efectuada días atrás por el OPDS será levantada y de esta manera, los trabajadores no perderían su fuente laboral.”

lunes, 5 de abril de 2010

Luján – Curtiembre CURTARSA: crónica de una contaminación anunciada

La población de Luján denuncia la contaminación provocada por la curtiembre Curtarsa S.A, la cual incide sobre el río Luján, y están movilizados en el marco de una campaña contra la contaminación y a favor del ambiente y la salud de la población.
A esta empresa ingresan miles de cueros por día, los que salen en condiciones para ser exportados y utilizados para tapizar muebles e interiores de automóviles. Cada uno de estos 8000 cueros diarios promedio, requiere para su curtido de diversos aditivos; entre ellos, los que más se destacan son: cromo, cadmio, ácido sulfúrico, zinc. Además, como toda industria, utilizan agua en diversas etapas del proceso, llegando a un consumo de 1000lts por cuero, es decir que toman un promedio de 8 millones de litros de agua de las napas por día (el consumo diario aproximado es el de 80.000 habitantes).

En 1994, la firma fue comprada por un grupo de inversión italiano, que amplió la capacidad de producción original, generando un proceso de deterioro de la calidad del aire y de las napas de agua de la localidad.
La primera luz de alarma se prendió a mediados de los noventa, tras una serie de casos de metahemoglobinemia en lactantes, un trastorno sanguíneo que puede ser causado por el consumo prolongado de agua con elevada presencia de nitritos. En 1994, según los vecinos, la empresa arrojó una gran cantidad de líquidos industriales sin tratamiento, lo que habría causado una impactante mortandad de peces, tortugas, aves, lagartos y vegetales en río Luján. Los análisis determinaron que los efluentes líquidos de la empresa registraban cromo, un metal pesado que, además de generar graves daños al medio ambiente, es cancerígeno.
Cinco años después, Greenpeace analizó en sus laboratorios de la Universidad de Exeter los líquidos que vierte la curtiembre y constató que “las muestras de los sedimentos que están alrededor del efluente principal, presentaban altos valores de cromo, zinc y plomo y una variedad de contaminantes orgánicos”.
Se ha verificado la presencia de dióxido de azufre en la atmósfera y metales pesados en el agua de pozo, además de contribuir mediante un canal de vuelco de efluentes, a la contaminación del Río Luján. En los barros de dicha desembocadura, el Departamento de Química de la Universidad Nacional de La Plata encontró 18.000 mg de cromo por cada kilo de barro, cuando la media natural es 50mg/kg.

En una clasificación de los tramos del cauce principal del río Luján, en el trabajo denominado “Estado ecológico de la cuenca del río Luján y utilidad de los indicadores biológicos para su control” de Fernando Momo y otros, se marca al tramo Mercedes – Luján con un Estado Ecológico “Muy Malo”, donde “hay evidencias de polución por metales pesados debido a la actividad industrial” (Giorgi, 2000).
La primera clausura del 2009 se debió a que Curtarsa instaló sin previa autorización, un “horno deshidratador de barros” para reducir los gastos de transporte y tratamiento de sus barros contaminados con cromo y otros metales pesados. Esto implicó que la empresa tratara in situ parte de sus deshechos, generando gases que, además del olor, podrían arrastrar metales pesados a la atmósfera.
Como fábrica de tercera categoría, para funcionar, Curtarsa precisa un certificado de aptitud ambiental que otorga el Organismo Provincial de Desarrollo Sustentable (OPDS), pero lo tiene vencido desde noviembre de 2009. Ese mes, la intendenta de Luján, Graciela Rosso, presentó una denuncia penal contra Curtarsa en la Unidad Fiscal para la Investigación de delitos contra el Medio Ambiente “por presuntos daños a la salud y el ambiente”.

Según la intendenta, la Provincia está incumpliendo con la municipalidad de Luján. El OPDS no concurrió a las reuniones, y no tomó ninguna decisión sobre las verificaciones que realizó la comuna, ni contesta las comunicaciones que se le realizan.
En las dos últimas inspecciones que se hicieron, se corroboró que la empresa Curtarsa estaba produciendo con una tecnología que había salido de funcionamiento y que es absolutamente necesaria para evitar los olores que la empresa produce.
La Asociación de Lucha Contra el Cáncer de Luján viene denunciando que entre 2000 y 2006 esa enfermedad produjo el 38 por ciento de las muertes en la localidad, contra la media nacional, que es de 18 por ciento. También se denunció la proliferación de problemas respiratorios, oftalmológicos y dermatológicos, lo que fue constatado por informes de farmacéuticos locales.
Dado que la comunidad de la ciudad de Luján, ha tomado conocimiento de los niveles de contaminación ya existentes desde hace unos años en todo el partido, los vecinos y organizaciones sociales del distrito de Luján, resolvieron organizarse en asamblea para defender los derechos que le asisten, a un ambiente sano.