La Justicia Federal cuenta con otro estudio surgido desde la
órbita del Conicet y la UBA que confirma el impacto ambiental que causa Minera
Alumbrera. "Gran negligencia en el tratamiento de efluentes".
El Juzgado Federal Nº 2 de Tucumán cuenta con un nuevo
estudio científico que ratifica el daño que ocasiona Minera Alumbrera en la
cuenca Salí-Dulce. Se trata de nuevas pruebas que acercan a directivos de la
empresa a su procesamiento en el marco de una causa impune que ya lleva 14
años.
El Instituto de Ecología Genética y Evolución de Buenos
Aires (IEGEBA) - dependiente del Conicet y la Universidad de Buenos Aires
(UBA)- remitió al juez federal, Fernando Luis Poviña, un informe en el que se
asevera la contaminación con cobre en aguas del canal DP2, afluente de la cuenca
Salí-Dulce.
El estudio, realizado por profesionales ecotoxicólogos,
afirma que los valores de cobre detectados exceden los niveles guías de
protección para la vida acuática. “Los efectos negativos del cobre para la
salud pública (gastrointestinales) son probables a largo plazo dado la
capacidad de este metal de bioacumularse tanto en peces como humanos que consumen
la fauna acuática”.
El informe, cuya fecha es del 12 de agosto, también sostiene
que las consecuencias negativas de la empresa del caso (Minera Alumbrera) “son
marcadas y denotan una gran negligencia en el tratamiento de efluentes”. Por
este motivo, la vicedirectora del IEGEBA, Ines O`Farrell, quien firma el
estudio, aconsejó realizar un monitoreo de agua más detallado “para establecer
en forma directa el efecto sobre la salud humana”.
La tercera prueba en
un año que allana el camino a un posible juicio.
El informe al que se hace mención tiene su origen en el
allanamiento realizado en septiembre de 2012 a la planta de secado ubicada en
la localidad tucumana Cruz del Norte (Ranchillos, departamento Cruz Alta).
Desde aquí se arrojan los efluentes aparentemente contaminantes al canal DP2,
surgidos del mineraloducto que nace en la explotación de Bajo la Alumbrera,
Catamarca.
En esa oportunidad, a partir de tomas de muestras, peritos
de la UNT, corroboraron según pericias realizadas en el Instituto Nacional del
Agua, la existencia de metales como selenio, mercurio y cobre en el agua. Estos
elementos, son considerados en el Anexo II de la ley federal 24.051 (sobre
residuos peligrosos) como “eco tóxicos”.
A estas pruebas, se le suma la consulta realizada en julio
por Poviña a peritos del Cuerpo Médico Forense de la Corte Suprema de Justicia
de la Nación, quienes manifestaron al magistrado que “no existen
concentraciones mínimas seguras, ante la exposición de dichas sustancias”.
“Con todos estos elementos, exigimos como querellantes, el
inmediato procesamiento de los directivos responsables de Minera Alumbrera y de
autoridades de la Dirección de Minería de la provincia, por ser cómplices de
este delito de lesa humanidad y ecocidio”, afirmó Alfredo Carbonel, de la ONG
Pro-Eco, querellante en la causa.
“No hace falta que se pruebe que existe más de una sustancia
que viole las normas vigentes. Pese a que se determinó que hay varios metales
pesados contaminantes en el agua, sólo con la excedida presencia del cobre
ratificada por el IEGEBA, ya se comprobó claramente que hay una afectación a la
salud pública y, por ende, un delito”, agregó Iván Berkman de la organización
Conciencia Solidaria.
Un dato no menor se desprendió a partir de esta suma de
pruebas que comenzaron a apilarse en el despacho del Juzgado Federal Nº 2:
semanas atrás Poviña a remitió oficios a la Dirección de Minería, al Registro
Público de Comercio, a AFIP y a la Inspección de Persona Jurídica para que se
le informe cuál es la composición societaria y nombres de los directivos de la
minera desde el año 2000. También se requirió datos sobre en cuáles cargos se
desempeñaban cada uno de los empresarios.
Se especula que esta medida apunta a determinar los
responsables del delito de violación de la ley 24.051 para su citación a
declaración indagatoria.
Más de una década en
busca de Justicia.
La causa contra Minera Alumbrera fue iniciada en 1999 por el
funcionario de la entonces Dirección de Medio Ambiente provincial, Juan Antonio
González, por presunta contaminación a la cuenca Salí-Dulce con residuos
peligrosos arrojados al canal DP2. La investigación fue impulsada por el fiscal
federal general, Antonio Gustavo Gómez.
En mayo de 2008 la Cámara Federal de Apelaciones revocó la
falta de mérito a favor del vicepresidente de la firma, Julián Rooney, y
dispuso su procesamiento sin prisión preventiva al encontrarlo presunto autor
responsable de violar ley 24.051.
En septiembre de 2009 la Cámara Nacional de Casación Penal
resolvió anular la sentencia contra Rooney y ordenó que se propongan nuevas
medidas de prueba en el marco de esta causa contra la minera que aún sigue
vigente.
Oportunamente, desde Minera Alumbrera se afirmó que se
cumple con la totalidad de los parámetros establecidos por resolución N° 030
del Siprosa (mucho más permisiva que la ley federal 24.051) en relación a la
descarga de su planta de filtros ubicada en Ranchillos.
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