La Cámara Federal de Apelaciones de San Martín, anuló el sobreseimiento dictado por el Juez Dr. Bergesio, que había favorecido a los directivos de la empresa Diacrom de Munro, investigados por la contaminación del suelo y el agua subterránea con cromo hexavalente, por considerar que el derrame del tóxico era de vieja data y había prescripto.
Las apelaciones habían sido planteadas por la Fiscal Dra. Rita Molina y por Miguel Quintabani y Santiago Jelenic, por la querellante Asociación Civil Pro Vicente López, quienes insistían en considerar que había hechos nuevos de contaminación, ocurridos entre 2004 y 2007.
Las apelaciones habían sido planteadas por la Fiscal Dra. Rita Molina y por Miguel Quintabani y Santiago Jelenic, por la querellante Asociación Civil Pro Vicente López, quienes insistían en considerar que había hechos nuevos de contaminación, ocurridos entre 2004 y 2007.
La Cámara, para fundar su decisión, argumentó que las muestras tomadas acreditarían la infracción y mencionó expresamente las conclusiones de la jornada de ‘Debate Programático Municipal’ de Vicente López, organizada en 2007 por la parte querellante, sobre la necesidad urgente de que se realicen estudios sobre el grado de contaminación del agua del río subterráneo, administrado por AySA, que se encuentra a unos 30 metros de profundidad debajo de esa empresa de Munro, y que se realice un estudio epidemiológico entre los vecinos de la zona y los trabajadores del establecimiento, para verificar si hay relación entre las enfermedades que padezcan y la presencia del cromo en el ambiente. El Juez deberá considerar esas medidas de prueba.
El caso Diacrom de Munro se desarrolla en tres niveles de investigación. Uno Administrativo, en el cual, a raíz de las conclusiones de la mencionada jornada en 2007, la Secretaría de Política Ambiental Provincial clausuró los sectores de la fábrica que derramaban cromo, y luego en agosto de 2008 debieron cesar totalmente en la actividad de galvanoplastía.
El segundo nivel es el juicio de Amparo promovido por la Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas, con sentencia favorable de primera y segunda instancias para que la empresa y la Provincia de Buenos Aires realicen el saneamiento del suelo y las napas contaminadas. La Provincia apeló a la Suprema Corte porque no acepta los términos de la condena para el saneamiento.
El tercer nivel es la causa penal ya mencionada cuyo objetivo es determinar si hay responsabilidad criminal o no de los directivos de Diacrom.
El caso Diacrom de Munro se desarrolla en tres niveles de investigación. Uno Administrativo, en el cual, a raíz de las conclusiones de la mencionada jornada en 2007, la Secretaría de Política Ambiental Provincial clausuró los sectores de la fábrica que derramaban cromo, y luego en agosto de 2008 debieron cesar totalmente en la actividad de galvanoplastía.
El segundo nivel es el juicio de Amparo promovido por la Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas, con sentencia favorable de primera y segunda instancias para que la empresa y la Provincia de Buenos Aires realicen el saneamiento del suelo y las napas contaminadas. La Provincia apeló a la Suprema Corte porque no acepta los términos de la condena para el saneamiento.
El tercer nivel es la causa penal ya mencionada cuyo objetivo es determinar si hay responsabilidad criminal o no de los directivos de Diacrom.
2 comentarios:
Hola, Ricardo!! Muy bueno el artículo, no pude ver tu nota ya que me encuentro en Ushuaia, te mando un beso
BERGESIO, LINDA JOYA
AUTOR DEL PREVARICATO DE LA CAUSA 1617/2000
OTRA COSA NO SE PODIA ESPERAR
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