Por Antonio Elio Brailovsky
El desarrollo de la gran minería es uno de los temas que ha levantado mayores polémicas en nuestra sociedad y que ha mostrado los puntos de vista más contrapuestos. De un lado, se afirma que toda actividad extractiva genera profundos daños sobre el ambiente y la salud de las personas y que es necesaria su erradicación.
Del otro, se sostiene que ninguno de los emprendimientos mineros en marcha tiene esas características y que son absolutamente seguros.
¿A quién creerle? ¿A los que idealizan o a los que demonizan la minería? ¿Existe un punto de vista intermedio entre estas dos posturas? Y en ese caso, ¿en qué lugar situarlo?
En principio, dado que todos consumimos productos de origen minero, suponemos que esta actividad debería ser aceptable si se hacen estrictos controles ambientales. Pero, ¿realmente se hacen o sólo se habla de ellos?
Aquí, uno de los puntos más delicados es la protección de las fuentes de agua potable, especialmente en zonas áridas y semiáridas, que son aquellas donde se localiza la mayor parte de los yacimientos mineros.
Recordemos que la minería es una actividad de corto plazo (se termina cuando se agota el yacimiento), pero el daño sobre una fuente de agua potable puede ser irreversible, si no se toman las precauciones necesarias. Además, el cambio climático significa que las zonas secas recibirán cada vez menos precipitaciones, a punto tal que tal vez en el futuro tengamos que abandonar algunas ciudades de la zona cordillerana, por no poder darles agua potable.
Al respecto, quienes se oponen a la gran minería han denunciado la existencia de proyectos que implicarían la voladura de glaciares para extraer los minerales que se encuentran debajo de ellos. Los defensores de la actividad minera han replicado que nadie está pensando en cometer tamaña irresponsabilidad y que las sospechas carecen de fundamento.
Esta polémica ha sido zanjada por la Presidenta de la Nación, Dra. Cristina Fernández de Kirchner, de la peor manera posible. La Presidenta ha vetado una Ley Nacional de Protección de Glaciares, con el argumento de que esa ley prohibía la actividad minera en ellos.
La ley 26.418, aprobada el 22 de octubre de 2008, es una norma excelente, que establece:
· Protección del glaciar y el periglaciar, es decir, también el entorno de esa formación natural.
· Realización de un inventario de glaciares y su actualización periódica.
· Prohibición de actividades que puedan afectar al glaciar, como dispersión de contaminantes, actividad industrial, minera o petrolífera y construcciones u obras de infraestructura inadecuadas.
· Toda actividad no prohibida que allí se haga requerirá de una evaluación de impacto ambiental o evaluación ambiental estratégica, según corresponda. También se les realizarán auditorías periódicas.
Destaquemos que la Ley fue aprobada por unanimidad de ambas Cámaras, simplemente porque todos los Diputados y Senadores creyeron que era cierto que nadie cometería la irresponsabilidad de tocar los glaciares.
El diario La Nación, en su edición del 4 de diciembre último, atribuye el veto a gestiones de la empresa minera Barrick Gold. Si es cierto que una empresa multinacional puede deshacer el trabajo de los legisladores elegidos por el pueblo, nuestra democracia está en serios problemas.
El desarrollo de la gran minería es uno de los temas que ha levantado mayores polémicas en nuestra sociedad y que ha mostrado los puntos de vista más contrapuestos. De un lado, se afirma que toda actividad extractiva genera profundos daños sobre el ambiente y la salud de las personas y que es necesaria su erradicación.
Del otro, se sostiene que ninguno de los emprendimientos mineros en marcha tiene esas características y que son absolutamente seguros.
¿A quién creerle? ¿A los que idealizan o a los que demonizan la minería? ¿Existe un punto de vista intermedio entre estas dos posturas? Y en ese caso, ¿en qué lugar situarlo?
En principio, dado que todos consumimos productos de origen minero, suponemos que esta actividad debería ser aceptable si se hacen estrictos controles ambientales. Pero, ¿realmente se hacen o sólo se habla de ellos?
Aquí, uno de los puntos más delicados es la protección de las fuentes de agua potable, especialmente en zonas áridas y semiáridas, que son aquellas donde se localiza la mayor parte de los yacimientos mineros.
Recordemos que la minería es una actividad de corto plazo (se termina cuando se agota el yacimiento), pero el daño sobre una fuente de agua potable puede ser irreversible, si no se toman las precauciones necesarias. Además, el cambio climático significa que las zonas secas recibirán cada vez menos precipitaciones, a punto tal que tal vez en el futuro tengamos que abandonar algunas ciudades de la zona cordillerana, por no poder darles agua potable.
Al respecto, quienes se oponen a la gran minería han denunciado la existencia de proyectos que implicarían la voladura de glaciares para extraer los minerales que se encuentran debajo de ellos. Los defensores de la actividad minera han replicado que nadie está pensando en cometer tamaña irresponsabilidad y que las sospechas carecen de fundamento.
Esta polémica ha sido zanjada por la Presidenta de la Nación, Dra. Cristina Fernández de Kirchner, de la peor manera posible. La Presidenta ha vetado una Ley Nacional de Protección de Glaciares, con el argumento de que esa ley prohibía la actividad minera en ellos.
La ley 26.418, aprobada el 22 de octubre de 2008, es una norma excelente, que establece:
· Protección del glaciar y el periglaciar, es decir, también el entorno de esa formación natural.
· Realización de un inventario de glaciares y su actualización periódica.
· Prohibición de actividades que puedan afectar al glaciar, como dispersión de contaminantes, actividad industrial, minera o petrolífera y construcciones u obras de infraestructura inadecuadas.
· Toda actividad no prohibida que allí se haga requerirá de una evaluación de impacto ambiental o evaluación ambiental estratégica, según corresponda. También se les realizarán auditorías periódicas.
Destaquemos que la Ley fue aprobada por unanimidad de ambas Cámaras, simplemente porque todos los Diputados y Senadores creyeron que era cierto que nadie cometería la irresponsabilidad de tocar los glaciares.
El diario La Nación, en su edición del 4 de diciembre último, atribuye el veto a gestiones de la empresa minera Barrick Gold. Si es cierto que una empresa multinacional puede deshacer el trabajo de los legisladores elegidos por el pueblo, nuestra democracia está en serios problemas.
El veto presidencial
La lectura del veto presidencial muestra una clara subestimación tanto de los riesgos ambientales como de la inteligencia de las personas que vayan a leen el decreto:
· Afirma que inventariar los glaciares ubicados en zonas fronterizas puede perjudicar la demarcación del límite internacional, lo cual simplemente no es cierto.
· Señala que “el establecimiento de presupuestos mínimos no puede limitarse a la absoluta prohibición de actividades”, lo que tampoco es cierto. Por supuesto que una Ley Nacional puede prohibir que en las provincias se desarrollen ciertas actividades de riesgo, mucho más en el caso de las fuentes de agua de cuencas hídricas que atraviesan varias provincias. Olvida el Decreto la prohibición por Ley del PCB (el refrigerante tóxico que se usaba en los viejos transformadores).
· Dice que la prohibición de la minería en los glaciares “podría afectar el desarrollo económico de las provincias involucradas”, sin explicar de qué modo sería posible un desarrollo económico si se carece de agua potable.
· Considera que las precauciones que se toman son excesivas, que no es necesario obligar a una evaluación de impacto ambiental ni a realizar auditorías ambientales, sino que bastan las normas provinciales, que no detalla. Olvida que las precauciones se toman debido a la enorme fragilidad de estos sitios, que se encuentran en un retroceso que no debe ser acelerado.
· Dice que la Ley aprobada "condiciona cualquier otra actividad no prohibida a la presentación y aprobación de estudio de impacto ambiental". De este modo, el Decreto presidencial confunde estudio de impacto ambiental con evaluación de impacto ambiental, un error que implica un aplazo para cualquier alumno que rinda examen de estos temas. El estudio es sólo la carpeta con la presentación de la empresa, pero la evaluación es un procedimiento complejo que incluye la discusión del estudio en Audiencia Pública con todos los ciudadanos interesados en manifestar su opinión sobre el mismo.
· También cuestiona que "se pretende someter a las actividades en ejecución a una nueva auditoría ambiental a resultas de la cual, podría disponerse el traslado o cese de la actividad". La auditoría ambiental es la herramienta para saber si alguien realmente cumple con lo que prometió que iba a hacer. Rechazar las auditorías ambientales equivale a reconocer que hay empresas que no están cumpliendo con las normas ambientales y están poniendo en peligro los glaciares.
· Dice que “Gobernadores de la zona cordillerana han manifestado su preocupación con lo dispuesto por la norma sancionada, toda vez que repercutiría negativamente en el desarrollo económico y en las inversiones que se llevan a cabo en dichas provincias".
¿Acaso esos Gobernadores saben que en sus provincias hay emprendimientos mineros que no resistirían una auditoría ambiental?No detalla cuáles han sido los Gobernadores más preocupados por las inversiones que por el agua potable de sus respectivas provincias, pero de la lectura del Decreto se desprende la decisión política de no realizar controles ambientales serios sobre la actividad minera y de no proteger las principales fuentes de agua potable de nuestras zonas áridas y semiáridas.
La lectura del veto presidencial muestra una clara subestimación tanto de los riesgos ambientales como de la inteligencia de las personas que vayan a leen el decreto:
· Afirma que inventariar los glaciares ubicados en zonas fronterizas puede perjudicar la demarcación del límite internacional, lo cual simplemente no es cierto.
· Señala que “el establecimiento de presupuestos mínimos no puede limitarse a la absoluta prohibición de actividades”, lo que tampoco es cierto. Por supuesto que una Ley Nacional puede prohibir que en las provincias se desarrollen ciertas actividades de riesgo, mucho más en el caso de las fuentes de agua de cuencas hídricas que atraviesan varias provincias. Olvida el Decreto la prohibición por Ley del PCB (el refrigerante tóxico que se usaba en los viejos transformadores).
· Dice que la prohibición de la minería en los glaciares “podría afectar el desarrollo económico de las provincias involucradas”, sin explicar de qué modo sería posible un desarrollo económico si se carece de agua potable.
· Considera que las precauciones que se toman son excesivas, que no es necesario obligar a una evaluación de impacto ambiental ni a realizar auditorías ambientales, sino que bastan las normas provinciales, que no detalla. Olvida que las precauciones se toman debido a la enorme fragilidad de estos sitios, que se encuentran en un retroceso que no debe ser acelerado.
· Dice que la Ley aprobada "condiciona cualquier otra actividad no prohibida a la presentación y aprobación de estudio de impacto ambiental". De este modo, el Decreto presidencial confunde estudio de impacto ambiental con evaluación de impacto ambiental, un error que implica un aplazo para cualquier alumno que rinda examen de estos temas. El estudio es sólo la carpeta con la presentación de la empresa, pero la evaluación es un procedimiento complejo que incluye la discusión del estudio en Audiencia Pública con todos los ciudadanos interesados en manifestar su opinión sobre el mismo.
· También cuestiona que "se pretende someter a las actividades en ejecución a una nueva auditoría ambiental a resultas de la cual, podría disponerse el traslado o cese de la actividad". La auditoría ambiental es la herramienta para saber si alguien realmente cumple con lo que prometió que iba a hacer. Rechazar las auditorías ambientales equivale a reconocer que hay empresas que no están cumpliendo con las normas ambientales y están poniendo en peligro los glaciares.
· Dice que “Gobernadores de la zona cordillerana han manifestado su preocupación con lo dispuesto por la norma sancionada, toda vez que repercutiría negativamente en el desarrollo económico y en las inversiones que se llevan a cabo en dichas provincias".
¿Acaso esos Gobernadores saben que en sus provincias hay emprendimientos mineros que no resistirían una auditoría ambiental?No detalla cuáles han sido los Gobernadores más preocupados por las inversiones que por el agua potable de sus respectivas provincias, pero de la lectura del Decreto se desprende la decisión política de no realizar controles ambientales serios sobre la actividad minera y de no proteger las principales fuentes de agua potable de nuestras zonas áridas y semiáridas.
1 comentario:
Como siempre,el material inpreso y enviado su blog es espectacular y llama a la refleccion.Desde ya muy agradecido de recibirlo, quedando a su disposicion para lo que guste un abrazo
DIEGO
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