martes, 12 de julio de 2016

Tigre - Nuevo basural clandestino oficial en Ricardo Rojas.

Hoy doy cuenta de un nuevo basural clandestino “oficial” en la localidad de Ricardo Rojas, Tigre, Pcia. de Buenos Aires. El mismo se encuentra ubicado sobre un terreno privado, en la calle José Ingenieros, entre Marcos Sastre y Panamericana. Se trata de un basural clandestino, operado por el Municipio de Tigre y empresas privadas, constituido fundamentalmente por residuos de poda, residuos domiciliarios, residuos producto del barrido de calles, residuos industriales áridos, todo ello mezclado y revuelto.
No quedan dudas, que el manejo de este nuevo basural, se realiza mediante la utilización de máquinas pesadas,  de las cuales solo disponen las empresas dedicadas al rubro y el propio Municipio de Tigre sin tomar las medidas mínimas de protección del suelo que el caso exige.
En este punto, corresponde aclarar que esta situación, fue puesta oportunamente en conocimiento del Sr. Intendente de Tigre Julio Zamora, del Delegado Municipal de Ricardo Rojas, de autoridades del OPDS, ADA y COMIREC, durante la reunión del Consejo Consultivo de la Cuenca Baja del Río Reconquista, ocurrida el 7 de julio de 2016, en la ciudad de San Isidro.
Las fotos que acompañan esta presentación, fueron capturadas el 08/05/2016. En la actualidad el sitio está desbordado. Las empresas privadas han realizado decenas de vuelcos directamente sobre la vereda. Por problemas de “seguridad”, no se pudo volver al sitio para recabar nuevas pruebas fotográficas.








Foto de archivo de "El Tigre Verde".
Según la ley N° 11.723 Integral del Medio Ambiente (Artículo 6°) el Estado Provincial y los municipios tienen la obligación de fiscalizar las acciones antrópicas que puedan producir un menoscabo al ambiente, siendo responsables de las acciones y de las omisiones en que incurran.  El Art. Artículo 65º de la misma ley preceptúa que la gestión de todo residuo que no esté incluido en las categorías de residuo especial, patogénico y radioactivo, será de incumbencia y responsabilidad municipal.
El Artículo 66º dictamina que la gestión municipal, en el manejo de los residuos, implementará los mecanismos tendientes a:
a) La minimización en su generación.
b) La recuperación de materia y/o energía.
c) La evaluación ambiental de la gestión sobre los mismos.
d) La clasificación en la fuente.
e) La evaluación de impacto ambiental, previa localización de sitios para disposición final.
Del análisis de la Ley N° 13592 de Gestión integral de los residuos sólidos urbanos, surge que las Autoridades Municipales quedan obligadas a clausurar los basurales, conforme a los principios establecidos en la Ley Nacional N° 25.675, la Ley N° 11.723. Queda prohibida la quema a cielo abierto o cualquier sistema de tratamiento no autorizado por la Autoridad Ambiental Provincial.
En caso de incumplimiento con lo establecido en los párrafos precedentes, la Autoridad Ambiental Provincial puede ejecutar todas las fases del tratamiento conforme al Programa de Gestión presentado por el Municipio. En estos casos dichas tareas se harán con cargo al respectivo Municipio.
Frente a lo dicho, resulta oportuno preguntarnos ¿Cómo se explica la subsistencia de basurales a cielo abierto? ¿Cómo puede admitirse su existencia pública y notoria, cuando están expresamente prohibidos por la ley vigente desde hace décadas? ¿Por qué, al lado del sistema oficial de enterramiento de basura existen descargas clandestinas que no dejan de funcionar? ¿Cómo se explica la indiferencia de los funcionarios estatales ante esta flagrante violación al derecho ambiental?


De Ricardo Barbieri para el “Tigre Verde”.

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