La Juez Sandra Arroyo Salgado prohibió la continuación de
la obra de Venice Ciudad Navegable y Remeros Beach, en el Tigre, por carecer de
la evaluación ambiental. Criticó severamente a los municipios y provincia por
la falta de control.
La Justicia federal frenó la construcción de barrios
privados en los dieciséis municipios de Buenos Aires que abarcan la cuenca del
río Luján y el Delta del Paraná. En un duro traspié de las megaempresas
inmobiliarias, el fallo clausuró dos countries (llamados Venice Ciudad
Navegable y Remeros Beach) y exigió que la provincia cumpla con sus funciones y
verifique las irregularidades de los emprendimientos. La causa fue iniciada por
organizaciones sociales que denunciaron la directa vinculación entre los
countries en humedales y las inundaciones en la región. El fallo cuestiona el
accionar de los municipios y resalta el valor del principio precautorio (ante
riesgo de que algo impacte en el ambiente y la salud, se deben tomar medidas
preventivas).
Los municipios de Vicente López, San Isidro, San Fernando,
Tigre, Luján, Exaltación de la Cruz, Campana, San Andrés de Giles, General
Rodríguez, Mercedes, Suipacha, Pilar, Escobar, Moreno, José C. Paz y San
Antonio de Areco no pueden autorizar nuevos emprendimientos ni ampliaciones de
los ya existentes. Así lo determinó la jueza Sandra Arroyo Salgado, del Juzgado
Federal en lo Criminal y Correccional N°1 de San Isidro.
La medida había sido impulsada por organizaciones sociales,
vecinales y ambientales en 2012, cuando denunciaron el accionar de empresas
inmobiliarias sobre humedales, que modificaron el caudal hídrico e hicieron
frecuentes (y más graves) las inundaciones. El fiscal Fernando Domínguez
solicitó en febrero la paralización de todas las obras. “Se ha demostrado que
la construcción de barrios cerrados no sólo ha afectado al medio ambiente, sino
que ha producido graves estragos y, consecuentemente, incalculables daños a la
propiedad pública y privada, provocando también la pérdida de vidas humanas”,
afirmó el fiscal.
Foto de archivo de "El Tigre" |
El reciente fallo, del 1º de julio, puntualiza que el
megaemprendimiento Venice Ciudad Navegable (de la empresa Marinas Río Luján)
obtuvo la declaratoria de impacto ambiental de la municipalidad de Tigre, pero
no contó con la evaluación del Organismo Provincial para el Desarrollo
Sostenible (OPDS). “Venice Ciudad Navegable se encuentra en plena construcción
y no cuenta con la declaración de impacto ambiental; es decir no cuenta con el
principal estudio que otorga la habilitación para iniciar las obras”, cuestiona
la jueza Arroyo Salgado y clausuró el emprendimiento.
También solicitó al OPDS (presidido por Ricardo Pagola) que
detalle qué obras se realizaron en el country y qué daños ocasionó al aire,
napas de agua y ambiente. E instó al organismo a controlar que no se realice
ninguna obra en otros emprendimientos.
Martín Nunziata, de la Asamblea del Delta, señaló que el
fallo es un “precedente jurídico muy importante”, resultado de años de trabajo
de un amplio conjunto de organizaciones, académicos y abogados. “La resolución
es muy clara en cuanto a la cantidad de violaciones a leyes vigentes en las que
han incurrido tanto el municipio de Tigre como otros municipios y el organismo
del estado provincial (OPDS)”, subrayó.
El fallo remarca la importancia del principio precautorio
(vigente en la Ley General del Ambiente), que estipula que cuando exista
peligro de daño grave o irreversible, la carencia de información o certidumbre
científica no deberá utilizarse como excusa para postergar medidas que impidan
la degradación del medio ambiente. La sentencia señala: “(El barrio privado)
Podría traer aparejado consecuencias dañosas para su entorno y para las
generaciones actuales y futuras. Los efectos negativos podrían ser
irreversibles con lo cual deviene necesario detener las obras.”
También aborda la situación del emprendimiento Remeros Beach
(del Banco Macro, propiedad de Jorge Brito). Señala que aún no tuvo aprobación
del municipio y no fue remitido al organismo provincial (OPDS). Y prohibió
cualquier avance del emprendimiento.
“Lo cierto es que existen indicios como para sospechar que
podrían (los barrios cerrados) haber sido un factor fundamental en la
degradación que se habría generado. Motivo por el cual permitir que se
continúen habilitando nuevos emprendimientos de este tipo resultaría ilógico”,
explica la sentencia.
El fallo es muy duro con las autoridades municipales y
provinciales: “Los municipios y el Organismo Provincial para el Desarrollo
Sostenible son quienes deberían haber dispuesto en el ámbito de sus jurisdicciones
una medida de este tenor (frenar los emprendimientos)”.
Foto de archivo de "El Tigre Verde" |
La suspensión de nuevos barrios cerrados es temporal, hasta
la realización de un estudio interdisciplinario que dé cuenta del efecto
“acumulativo” que han ocasionado los countries en el ambiente. El fiscal
Domínguez solicitó un plazo de 90 días para el estudio y propuso una lista de
investigadores independientes de las empresas. La jueza confirmó lo
indispensable de ese estudio, pero no fijó plazos ni precisó quiénes estarán a
cargo del mismo.
Martín Nunziata explicó que las organizaciones sociales
consideran que el peritaje judicial confirmará los impactos en el ambiente y
definirá la “prohibición total y definitiva de los desarrollos urbanos privados
sobre humedales y valles de inundación”. Señaló que están alerta porque saben
de la influencia de intereses políticos y empresarios en juego. Hizo especial
hincapié en Sergio Massa, el banquero Jorge Brito y los dos principales
empresarios del sector: Eduardo Constantini (empresa Consultatio) y Jorge
O’Reilly (compañía Eidico).
Las organizaciones de Tigre y Escobar se reunirán este fin
de semana para evaluar los detalles del fallo y consensuar los pasos a seguir
para obtener la clausura definitiva de los countries en humedales.
Referencia: http://www.pagina12.com.ar/
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