lunes, 30 de noviembre de 2015

Se dio media sanción a la reincorporación de la obligatoriedad del Camino de Sirga al Código Civil y Comercial.

La última sesión de la Cámara Alta antes del cambio de mando dejó dos novedades: la reincorporación de la obligatoriedad de que exista un camino sirga en los ríos y lagos -incorporación al nuevo Código Civil y Comercial- con propietarios colindantes, y la reparación a las víctimas de trata de personas.
A contramano de lo que sucedió en el plano general, la bancada del Frente para la Victoria en el Senado tendrá, tras la renovación de autoridades, una mayor cantidad de escaños. En la que acaso fue la última sesión bajo la actual composición, se dio media sanción a dos iniciativas con temas que estaban postergados en la agenda parlamentaria y que forman parte de viejos reclamos de sectores muy perjudicados: uno es la reincorporación del camino de sirga al Código Civil y Comercial, y el otro es la reparación a las víctimas de trata de personas.


El camino de sirga es un camino que debe quedar abierto en ríos y lagos cuyos terrenos lindantes estén en manos privadas. El reclamo es viejo y atañe a las múltiples poblaciones que viven de la agricultura y la pesca familiar, que muchas veces se ven vedadas de acceder a los recursos naturales porque quienes adquieren esas tierras clausuran todo alrededor, acaso creyendo que son dueños de los recursos naturales que encierran.
La iniciativa pertenece a Magdalena Odarda (UNEN), quien afirmó durante el debate que “el camino de sirga es aquel espacio costero de carácter público que debe ser respetado en todos los ríos y lagos por los propietarios colindantes, y al que pueden acceder todos los ciudadanos”.
La legisladora también recordó a una de las víctimas de la injusticia que representa que no existan estos caminos, Cristian González: “Este proyecto es en honor a Cristián, a su familia y a su causa. Cristián fue asesinado el 30 de agosto de 2006 mientras pescaba en el río Quilquihue junto con dos amigos. Es el símbolo de esta lucha por el libre acceso a las costas”.

1 comentario:

Unknown dijo...

Ensalada:
La modificación al CCC recientemente sancionada que atiende al "Camino de Sirga" mezcla conceptos, usos, doctrina jurídica, jurisprudencia, entre otros problemas o galimatías como gustan utilizar los juristas.
El proyecto de marras (Expte. 3371/14) dice: “ARTÍCULO 1974.- Camino de sirga. Los propietarios limítrofes con los ríos o con canales que sirven a la comunicación por agua, están obligados a dejar una calle o camino público de treinta y cinco metros hasta la orilla del río, o del canal, sin ninguna indemnización. Los propietarios ribereños no pueden hacer en ese espacio ninguna construcción, ni reparar las antiguas que existen, ni deteriorar el terreno en manera alguna.”
Esta propuesta es una simple transcripción del artículo 2639 del derogado CC pero se olvidan del 2640 del mismo que puede reducir a 15 m. esa franja, caso de las islas. NO es un camino público es un camino destinado solo para la navegación. Muchos han pretendido (provincias, municipios, organismos públicos, empresas) torcer este uso sin embargo todo caso judicial que llegó a la Suprema Corte pretendiendo darle un uso distinto a ese camino que no sea para la navegación ésta sentenció en contra.
Podría pensarse que es legal pero no legítimo, pero eso es materia de otra discusión.
Fdo. Fernando DEL GIUDICE