martes, 1 de julio de 2008

Colony Park- Denuncia penal y clausura de las obras.

Colony Park no es más que un proyecto inmobiliario que implica la construcción de una urbanización cerrada de 300 has. que estará ubicado en el bajo delta del Paraná, frente al continente, sobre los ríos Luján, Canal Vinculación y el Arroyo Pacú, en la zona que fuera declarada Reserva Natural Integral “Parque Ecológico de la Primera Sección de Islas del Delta del Paraná, por la Ordenanza N° 758-88 y refrendada por el Decreto Municipal N° 1879/88.
La primera etapa de la obra, fue iniciada en el año 2007 en función de una certificación de factibilidad del suelo para desarrollar 1155 unidades de vivienda unifamiliar otorgada por la Dirección Ejecutiva de Obras particulares de la Comuna, durante la gestión del intendente Hiram Gualdoni.
El proyecto prevé la construcción de un gran canal artificial de 30 metros de ancho para separar la urbanización de las otras islas, que contará con vigilancia permanente. Tendrá 60 has de lagunas interiores para deportes de vela y remo. Dispondrá de red vial propia y se podrá acceder con auto hasta cada lote a través de 3 transbordadores privados (cruzando el Río Luján). Habrá (para los residentes) red subterránea de agua, cloacas, red de gas, dos escuelas, un supermercado, shopping, sala de primeros auxilios, helipuerto, canchas de golf, 3 marinas para mas de 700 embarcaciones, canchas de básquet, tenis, vóley, Club House, vestuarios, salón de usos múltiples con restaurante y un spa de última generación. Todo ello se construirá sobre uno de los humedales más importantes del mundo. El proyecto esta a cargo del estudio Robirosa-Beccar Varela-Pasinato.
El Jueves 26 de junio, el Dr. Enrique Ferreccio Altube, interpuso denuncia penal por este caso, ante el Juzgado Penal en lo Federal N°1, Secretaría N° 7, Causa N° 2843/08, en la cual solicita se investigue la presunta comisión del delito de usurpación de tierras fiscales, de usurpación de aguas entendida como cosa inmueble y daños por estrago, conforme lo tipificado en los arts. 181, 182, 183, 184 inc 5, 186, 187, 188 y 189 del Código Penal; como así también, se investigue la presunta comisión del delito tipificado el art. 172, art. 173 inc. 9 e inc. 11 y el art. 174 inc 4 del Código Penal, por parte de los responsables del Emprendimiento Inmobiliario Colony Park SA.
El Dr. Enrique Ferreccio, luego de hacer un largo y exhaustivo análisis de las implicancias ambientales de este proyecto inmobiliario, concluye con el siguiente petitorio a la Fiscalía:
1.- Que investigue todos los hechos y conductas aquí denunciadas.
2.- Que disponga el allanamiento de todos los organismos públicos y privados involucrados; procediendo conforme su entender, a secuestrar todo el material relacionado con el tema de ésta presentación.
3.- Que investigue la responsabilidad de la Secretaria de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación Romina Picolotti y/o del jefe de Gabinete de dicha secretaría Juan Picolotti y/o del subsecretario de Planificación y Políticas Ambientales, José M. Musmeci, por la posible responsabilidad en la autorización dada a particulares o empresas para la implantación de emprendimientos inmobiliarios en la zona del Delta.
4.- Que investigue la responsabilidad de los funcionarios a cargo de las distintas áreas relacionadas al ambiente, tanto en el Organismo Provincial para el Desarrollo Sustentable, como de la Municipalidad de Tigre; quienes mediante su comisión por omisión habrían provocado daños y/u otros impactos a determinar. Investigue posible incumplimiento de los deberes de funcionario público por parte de los nombrados (arts. 248 y 249 del Código Penal).
5.- Que investigue la responsabilidad penal de los propietarios y tenedores de las propiedades donde se efectuaron los hechos denunciados, especialmente en 1ra Sección de Islas del Delta del Paraná, delimitado por el Canal Vinculación, Río Lujan, el Arroyo Anguila, Arroyo la Paloma y el Arroyo Pacú; ubicado en la Fracción 713, 345 y 679 del Catastro de la Municipalidad de Tigre; por los daños causados al ecosistema e impactos a determinar; habida cuenta de las graves consecuencias que sus actos provocan.
6.- Que se investigue el destino de los isleños residentes en el área de obra, en especial, a los que poseían sus humildes viviendas a la vera del Arroyo Anguila y Pacú; toda vez, que en su mayoría, se encontraban en la posesión de las tierras, con anterioridad a los actos denunciados y estimamos que han sido desalojados en forma ilegal.
7.- Que de comprobarse, que parte o la totalidad de las conductas y los hechos mencionados, y/o de aquellos que su investigación pudiera agregar, violaron el Código Penal, y/u otras normas, proceda, si corresponde, a su imputación.
El viernes 27 de junio, en horas del mediodía, una comitiva municipal encabezada por el Secretario de Inversión Pública, Urbanismo y Gestión Ambiental, Antonio Grandoni, se apersonó en el lugar y procedió a labrar un acta de “paralización de obra”, hasta tanto “se realicen los estudios de impacto ambiental correspondientes”. El intendente de Tigre, Sergio Massa, explicó que “existe una prefactibilidad aprobada durante la gestión anterior, la cual no habilita a realizar el movimiento de suelos que están efectuando, por eso decidimos clausurar la obra preventivamente”.

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