viernes, 20 de marzo de 2009

Antenas de Telefonía Celular – Nueva modalidad para ingresar en barrios privados.

Las empresas de telefonía celular necesitan incrementar hasta niveles de saturación la infraestructura necesaria para mantener en funcionamiento el servicio que explotan. Este dato es de dominio publico, basta con simplemente alzar la vista en cualquier sector de Capital Federal o del conurbano bonaerense, para notar el incremento exponencial de torres.
Las empresas corren una carrera vertiginosa y contra reloj. Resulta fácil vender 60 millones de celulares en la República Argentina, pero a mayor demanda de comunicación, mayor demanda de ampliación del espectro radioeléctrico que es el que permite que la demanda se satisfaga.
En este punto, las infraestructuras que las empresas deben levantar rápidamente casi en cada esquina de las zonas más densamente pobladas (por ende en las que proliferan mayor cantidad de celulares) colisionan con la lentitud de los trámites legales para obtener habilitación, permiso de uso y sobre todo estudio de impacto ambiental previo.
El estudio de impacto ambiental es el trámite más engorroso de todos los que deberían sortearse para que el emplazamiento de una antena sea “legal”. El mismo, conlleva la necesidad de hacer un prolijo análisis de mediciones de onda, a los fines de determinar que sus niveles de radiación sean los adecuados a las normas específicas que reglamentan la explotación. Por cierto que aunque el nivel de ondas sea manipulable una vez que la antena está instalada, la burocratización que conlleva el tramite legal de estudio y luego la aprobación de los estamentos estatales competentes, se halla reñida con la velocidad de vértigo que condiciona el mercado.


Una de las nuevas modalidades que utilizan las empresas para evitar estos condicionantes que las dejan expuestas a juicios de amparo donde una breve y rápida información sumaria previa deja al descubierto la ilicitud del emplazamiento que se cuestiona, es la de levantar una torre en un enclave formado por copropietarios, (country o barrio privado) en su gran mayoría cercanos o inmersos en zonas de relativamente alta densidad demográfica , bajo términos y condiciones por los que solo la empresa proveerá el servicio de telefonía local y de larga distancia a las distintas unidades habitacionales con el beneficio de “Llamadas dentro del Barrio sin cargo”, “virtual PABX” y “con provisión del servicio de acceso a Internet de banda ancha a las unidades habitacionales”.
Siendo tan módico el servicio que figura en el contrato (casi exclusivo) el portante en cuestión sería un emisor de radiación por debajo de la que obligaría a evaluar radiaciones no ionizantes sobre estaciones. La estación base en cuestión por el uso al que se encuentra destinada según contrato, es una Estación Base de 3.5GHz y por resultar todos los valores de los cálculos de emisión menores a 1 en este tipo de torres, la empresa cumpliría con la eximente del punto 9.1 del Anexo II de la Resolución CNC 3690-04 quedando eximida de evaluar radiaciones no ionizantes en las estaciones base.
En este marco la empresa logra instalar su antena (es prioritario para ella hacerlo por las razones mercantiles antedichas) y de paso revoca la grieta del tramite burocrático, y el eventual oficio judicial solicitando informe sobre el estado del tramite legal, mediante una maniobra numérica y un par de ecuaciones, cuyo cumplimiento estricto a lo largo de años de uso y habituación de la población aledaña a convivir con el aparejo, es impredecible.
Si uno es un poco observador y tiene un buen grado de maduración de la conciencia del grave riesgo sanitario que implica la radiación que emanan estos agentes contaminantes, puede observar como una simple torre de cuatro o cinco paneles en su inicio, se transforma en algunos años en un ramillete de acero de 25 o 30 placas y tambores en muchos casos. Más aún, los paneles de la nueva tecnología GPS son de tan cómoda instalación y ahorran tanto espacio, que las empresas se dan el lujo de camuflarlos o directamente ocultarlos a la vista del público, que en este caso ya ni siquiera tendrá la posibilidad de contar con la vista su incremento.
Por Gustavo Daniel Arias - garias111@hotmail.com

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