El Caso Santa Bárbara, trata sobre la literal sustracción al patrimonio del Estado Nacional, de 241 hectáreas ubicadas en un área especialmente valiosa de General Pacheco, debido a los cuantiosos barrios privados que lo circundan, y que en su conjunto constituyen el centro de un fabuloso negocio inmobiliario.
Santa Bárbara, no es otra cosa que un barrio privado, ubicado en la ruta 197 y vías del Ferrocarril Mitre, en la ciudad de General Pacheco, distrito de Tigre, provincia de Buenos Aires. Ocupa 230 hectáreas, de las cuales 60 hectáreas son de lagunas. Tiene cuatro islas con puentes para autos y peatones y esta dividida en 1245 lotes.
A principios de 2007, trascendió que dicho emprendimiento inmobiliario, estaba en infracción, dado que los residuos cloacales, estarían siendo volcados sin el correspondiente tratamiento.
El desarrollo y urbanización de este barrio cerrado, supuso la usurpación de parte de un predio que era propiedad de la ex Empresa Nacional de Teléfonos (ENTEL), del cual facilitaba una franja de terreno a Radio Nacional, para el emplazamiento de su planta transmisora. Una tasación efectuada en el año 1990 por la Procuración General del Tesoro, estimó el valor total del predio, en una suma superior a los 108 millones de pesos/dólares.
La literal sustracción al patrimonio del Estado Nacional, que constituye este hecho, se inicia con la instrumentación del proceso de privatización de la empresa ENTEL, la cual fue regulada por el Decreto 731/89. Vale señalar que dicho Decreto, dispuso la división de la red telefónica de todo el país en dos áreas y determinó el otorgamiento de licencias para la prestación del servicio telefónico básico a dos sociedades anónimas, a las cuales se transferirían los activos necesarios para tales tareas, antes de la adjudicación del paquete accionario.
El Decreto 60/90 creó las Sociedades Licenciatarias (Norte y Sur) a las que se otorgaba licencia para explotar el servicio básico telefónico, y que estarían a cargo de un Directorio. La norma, también preveía la composición del capital social de cada licenciataria y facultaba al Ministerio de Obras y Servicios Públicos y a la interventora de ENTEL, para transferir a las sociedades licenciatarias, los activos y pasivos especificados en el Pliego de Bases y Condiciones para el concurso respectivo.
El Decreto 62/90 convocó el concurso internacional, mediante el cual se adjudicaría el 60% del paquete accionario de las Sociedades Licenciatarias, al tiempo que sancionó el Pliego de Bases y Condiciones correspondiente al mismo. Dicho Pliego preveía que ENTEL realizaría un inventario, que tenía que estar disponible en el período de acceso a la información, identificando los bienes afectados a los servicios de telecomunicaciones que se asignarían a cada una de las Sociedades, para asegurar la continuidad en la prestación del servicio. Esto tenía por objetivo, que las empresas que hubieran precalificado, preparasen sus ofertas de acuerdo con los valores de los bienes que les serían transferidos.
Habiendo terminado el concurso internacional, el 8 de noviembre de 1990 se procedió a la firma de sendos contratos de transferencias de acciones a cada licenciataria. Los anexos VII.1 a VII.19 del contrato de transferencia, presentaban los inventarios de activos con que contaba ENTEL, algunos de los cuales no se encontraban afectados al servicio y consecuentemente no serían transferidos.
Un día antes de la suscripción del contrato de transferencia con las licenciatarias Norte y Sur, se suscribió un “acta modificatoria” de los inventarios que había realizado ENTEL, conteniendo los bienes a transferir, en la que se acordó incorporar una serie de inmuebles, entre los que se encontraba el terreno ubicado en Gral. Pacheco (241 hectáreas). Efectivamente, la inclusión de estos bienes traspasados a la firma Telecom, que originalmente estaban incluidos en el listado de bienes inmuebles no transferibles, se efectuaron después de que la venta ya había sido firmada, y apenas un día antes de que se firmara el acuerdo definitivo de traspaso de los bienes, en noviembre de 1990.
La transferencia del terreno, fue concretada por el agente contratado por ENTEL Guillermo Fox, el 7 de noviembre de 1990, en exclusivo beneficio de los adjudicatarios. Por su parte, como representante de la licenciataria Norte no intervino el Directorio, como hubiera correspondido, sino quien posteriormente se desempeñaría como Vicepresidente de la licenciataria.
Está probado, que el consorcio comprador, sabía que estaba llevándose más de lo que había adquirido legalmente, ya que ello surge patente de los actos integrantes del proceso licitatorio. Efectivamente, el inmueble no estaba entre los pliegos de la licitación, ni en la base de condiciones, ni siquiera tampoco de la oferta.
Dicha irregularidad, no fue advertida ni subsanada en el contrato de transferencia ni en el decreto presidencial que aprobaba dichos contratos.
Estos actos, más el Acta de Transferencia de noviembre de 1990, suscripta por la interventora de ENTEL, ingeniera María Julia Alzogaray, y el entonces ministro de Obras y Servicios Públicos, Roberto Dromi, así como la escritura de los terrenos que se hizo cuatro años después, están evidentemente viciados de nulidad.
Posteriormente, los nuevos propietarios, vendieron una buena parte del terreno por ser “activos inmobiliarios superfluos”. Estaría probado que el supuesto precio que pagó “Startel” por los terrenos, 5.742.260,15 pesos, resulta fingido, toda vez que surge de la licuación del precio global ofertado, generando así un perjuicio fiscal.
La planta transmisora de la radio nacional, no fue desalojada de su lugar de asentamiento, pero “Startel” le ofreció a funcionarios de la misma, firmar un comodato por cinco años, esto es un acuerdo para seguir ocupando la planta, a cuyo vencimiento seguiría la recompra por parte del Gobierno o bien el abandono definitivo de las instalaciones.
Parte de ese predio es hoy un cotizado barrio privado llamado Santa Bárbara.
El 11/02/00 La Oficina Anticorrupción, hizo una denuncia en relación con la enajenación irregular de los terrenos de General Pacheco. La causa penal tramita en el Juzgado Federal N° 7, Secretaría N° 14 y lleva el número 10.167/00. En ella se encuentran actualmente procesados, la Ing. María Julia Alzogaray y el Sr. Guillermo Fox. Los encuadres legales que el Gobierno analizó, antes de elevar el tema a la Justicia, fueron venta de propiedad ajena, maniobra fraudulenta, al modificar la lista de activos e incumplimiento de los deberes de funcionario público.
Por su parte, el fiscal Gerardo Pollicita solicitó se indague al ex presidente Carlos Menem, al entonces ministro de Obras y Servicios Públicos José Roberto Dromi, al ejecutivo de France Telecom, Jacques Damlanian, al apoderado de la compañía Néstor Frascino y a la escribana Lilia René de Benedetti, quien firmó la escritura por medio de la cual se terminó de consumar el delito.
El gobierno nacional procedió a anular la privatización del terreno en cuestión, mediante un decreto que fue firmado por el presidente de la nación en fecha 31/07/01. En el mismo, se instruye al Ministerio de Economía, para que promueva las acciones judiciales que considere adecuadas, para preservar el interés patrimonial del Estado Nacional.
Las negociaciones, representación de los clientes, organización, contratación, dirección y control de la ejecución de la obra Santa Bárbara, estuvieron a cargo de la empresa EIDICO (Emprendimientos Inmobiliarios de Interés Común). Desde 1995, esta empresa a diseñado y comercializado ocho emprendimientos, que ocupan una superficie de 1.300 hectáreas, de los cuales siete, se encuentran ubicados en el distrito de Tigre (Santa María del Tigre; Altamira; Santa Bárbara; Santa Catalina; San Isidro Labrador; Santa Clara y Santa Lucía).
En total, en Tigre se han suscripto por medio del sistema Eidico, 7.357 unidades. La inversión al costo suscripta mediante este sistema, totaliza unos 300 millones de dólares. Luego el valor de mercado lo eleva a no menos del doble. Posteriormente, las viviendas que se construyen sobre cada lote, significan unos dos tercios del valor del lote, por lo que al final del ciclo, estamos hablando de valores que superan los 1.500 millones de dólares.
Convengamos que el fin último de toda esta estratagema, no fue otro que el apoderamiento ilegal de las tierras fiscales que ocupaba la planta transmisora de la radio nacional, que funciona en ese lugar desde 1955. El predio, por esas cosas del destino quedó inserto dentro de un área especialmente valiosa, debido a los cuantiosos barrios privados que lo circundan, y que en su conjunto constituyen el centro de un fabuloso negocio inmobiliario.
El truco del “hecho consumado”, es tan sencillo como contundente. Se trata de montar un gran negocio inmobiliario, consistente en la urbanización de predios destinados a barrios cerrados, sin otro control, límite o regulación que el que señalan sus propios objetivos económicos.
La magnitud de las inversiones, la velocidad de ejecución de las obras y la transformación radical de los terrenos, es de tal envergadura, que el proceso se torna irreversible.
Ante el hecho consumado, queda sistemáticamente anulada, cualquier pretensión de aplicar a estos emprendimientos, los criterios normativos que surgen de los códigos de urbanización y del marco normativo ambiental que regulan estos proyectos.
En estos casos, generalmente se termina adaptando los códigos de desarrollo urbano al proceso, con lo cual quedan blanqueados las múltiples, variadas y graves violaciones cometidas. Las normas ambientales, ni siguiera se toman en cuenta, ni antes, ni durante ni después de concluidos estos procesos. A este respecto, corresponde señalar la falta de pericia, aptitud e idoneidad para intervenir en este tipo de asuntos, por parte de la Secretaría de Política Ambiental de la Provincia de Buenos Aires.
Se considera muy difícil que se puedan recuperar los terrenos fiscales que fueron urbanizados, atento que quienes compraron y hasta construyeron en los lotes del barrio Santa Bárbara, son adquirientes de buena fe. Es decir, hicieron la operación con un vendedor cuya escritura estaba en regla, y no tenían obligación de conocer toda la historia. Al parecer, hoy solo se aspira a que el Estado sea indemnizado y que con ese dinero la emisora nacional pueda instalar su planta en otro lado, donde no haya barrios privados que le impidan expandirse.Es decir que en última instancia, los beneficiarios de esta estratagema, por derecha o por izquierda, en definitiva lograran sus objetivos, que no son otros que los de posesionarse de terrenos fiscales de un alto valor inmobiliario, violentando y forzando todo el marco regulatorio y por ende el estado de derecho.
Santa Bárbara, no es otra cosa que un barrio privado, ubicado en la ruta 197 y vías del Ferrocarril Mitre, en la ciudad de General Pacheco, distrito de Tigre, provincia de Buenos Aires. Ocupa 230 hectáreas, de las cuales 60 hectáreas son de lagunas. Tiene cuatro islas con puentes para autos y peatones y esta dividida en 1245 lotes.
A principios de 2007, trascendió que dicho emprendimiento inmobiliario, estaba en infracción, dado que los residuos cloacales, estarían siendo volcados sin el correspondiente tratamiento.
El desarrollo y urbanización de este barrio cerrado, supuso la usurpación de parte de un predio que era propiedad de la ex Empresa Nacional de Teléfonos (ENTEL), del cual facilitaba una franja de terreno a Radio Nacional, para el emplazamiento de su planta transmisora. Una tasación efectuada en el año 1990 por la Procuración General del Tesoro, estimó el valor total del predio, en una suma superior a los 108 millones de pesos/dólares.
La literal sustracción al patrimonio del Estado Nacional, que constituye este hecho, se inicia con la instrumentación del proceso de privatización de la empresa ENTEL, la cual fue regulada por el Decreto 731/89. Vale señalar que dicho Decreto, dispuso la división de la red telefónica de todo el país en dos áreas y determinó el otorgamiento de licencias para la prestación del servicio telefónico básico a dos sociedades anónimas, a las cuales se transferirían los activos necesarios para tales tareas, antes de la adjudicación del paquete accionario.
El Decreto 60/90 creó las Sociedades Licenciatarias (Norte y Sur) a las que se otorgaba licencia para explotar el servicio básico telefónico, y que estarían a cargo de un Directorio. La norma, también preveía la composición del capital social de cada licenciataria y facultaba al Ministerio de Obras y Servicios Públicos y a la interventora de ENTEL, para transferir a las sociedades licenciatarias, los activos y pasivos especificados en el Pliego de Bases y Condiciones para el concurso respectivo.
El Decreto 62/90 convocó el concurso internacional, mediante el cual se adjudicaría el 60% del paquete accionario de las Sociedades Licenciatarias, al tiempo que sancionó el Pliego de Bases y Condiciones correspondiente al mismo. Dicho Pliego preveía que ENTEL realizaría un inventario, que tenía que estar disponible en el período de acceso a la información, identificando los bienes afectados a los servicios de telecomunicaciones que se asignarían a cada una de las Sociedades, para asegurar la continuidad en la prestación del servicio. Esto tenía por objetivo, que las empresas que hubieran precalificado, preparasen sus ofertas de acuerdo con los valores de los bienes que les serían transferidos.
Habiendo terminado el concurso internacional, el 8 de noviembre de 1990 se procedió a la firma de sendos contratos de transferencias de acciones a cada licenciataria. Los anexos VII.1 a VII.19 del contrato de transferencia, presentaban los inventarios de activos con que contaba ENTEL, algunos de los cuales no se encontraban afectados al servicio y consecuentemente no serían transferidos.
Un día antes de la suscripción del contrato de transferencia con las licenciatarias Norte y Sur, se suscribió un “acta modificatoria” de los inventarios que había realizado ENTEL, conteniendo los bienes a transferir, en la que se acordó incorporar una serie de inmuebles, entre los que se encontraba el terreno ubicado en Gral. Pacheco (241 hectáreas). Efectivamente, la inclusión de estos bienes traspasados a la firma Telecom, que originalmente estaban incluidos en el listado de bienes inmuebles no transferibles, se efectuaron después de que la venta ya había sido firmada, y apenas un día antes de que se firmara el acuerdo definitivo de traspaso de los bienes, en noviembre de 1990.
La transferencia del terreno, fue concretada por el agente contratado por ENTEL Guillermo Fox, el 7 de noviembre de 1990, en exclusivo beneficio de los adjudicatarios. Por su parte, como representante de la licenciataria Norte no intervino el Directorio, como hubiera correspondido, sino quien posteriormente se desempeñaría como Vicepresidente de la licenciataria.
Está probado, que el consorcio comprador, sabía que estaba llevándose más de lo que había adquirido legalmente, ya que ello surge patente de los actos integrantes del proceso licitatorio. Efectivamente, el inmueble no estaba entre los pliegos de la licitación, ni en la base de condiciones, ni siquiera tampoco de la oferta.
Dicha irregularidad, no fue advertida ni subsanada en el contrato de transferencia ni en el decreto presidencial que aprobaba dichos contratos.
Estos actos, más el Acta de Transferencia de noviembre de 1990, suscripta por la interventora de ENTEL, ingeniera María Julia Alzogaray, y el entonces ministro de Obras y Servicios Públicos, Roberto Dromi, así como la escritura de los terrenos que se hizo cuatro años después, están evidentemente viciados de nulidad.
Posteriormente, los nuevos propietarios, vendieron una buena parte del terreno por ser “activos inmobiliarios superfluos”. Estaría probado que el supuesto precio que pagó “Startel” por los terrenos, 5.742.260,15 pesos, resulta fingido, toda vez que surge de la licuación del precio global ofertado, generando así un perjuicio fiscal.
La planta transmisora de la radio nacional, no fue desalojada de su lugar de asentamiento, pero “Startel” le ofreció a funcionarios de la misma, firmar un comodato por cinco años, esto es un acuerdo para seguir ocupando la planta, a cuyo vencimiento seguiría la recompra por parte del Gobierno o bien el abandono definitivo de las instalaciones.
Parte de ese predio es hoy un cotizado barrio privado llamado Santa Bárbara.
El 11/02/00 La Oficina Anticorrupción, hizo una denuncia en relación con la enajenación irregular de los terrenos de General Pacheco. La causa penal tramita en el Juzgado Federal N° 7, Secretaría N° 14 y lleva el número 10.167/00. En ella se encuentran actualmente procesados, la Ing. María Julia Alzogaray y el Sr. Guillermo Fox. Los encuadres legales que el Gobierno analizó, antes de elevar el tema a la Justicia, fueron venta de propiedad ajena, maniobra fraudulenta, al modificar la lista de activos e incumplimiento de los deberes de funcionario público.
Por su parte, el fiscal Gerardo Pollicita solicitó se indague al ex presidente Carlos Menem, al entonces ministro de Obras y Servicios Públicos José Roberto Dromi, al ejecutivo de France Telecom, Jacques Damlanian, al apoderado de la compañía Néstor Frascino y a la escribana Lilia René de Benedetti, quien firmó la escritura por medio de la cual se terminó de consumar el delito.
El gobierno nacional procedió a anular la privatización del terreno en cuestión, mediante un decreto que fue firmado por el presidente de la nación en fecha 31/07/01. En el mismo, se instruye al Ministerio de Economía, para que promueva las acciones judiciales que considere adecuadas, para preservar el interés patrimonial del Estado Nacional.
Las negociaciones, representación de los clientes, organización, contratación, dirección y control de la ejecución de la obra Santa Bárbara, estuvieron a cargo de la empresa EIDICO (Emprendimientos Inmobiliarios de Interés Común). Desde 1995, esta empresa a diseñado y comercializado ocho emprendimientos, que ocupan una superficie de 1.300 hectáreas, de los cuales siete, se encuentran ubicados en el distrito de Tigre (Santa María del Tigre; Altamira; Santa Bárbara; Santa Catalina; San Isidro Labrador; Santa Clara y Santa Lucía).
En total, en Tigre se han suscripto por medio del sistema Eidico, 7.357 unidades. La inversión al costo suscripta mediante este sistema, totaliza unos 300 millones de dólares. Luego el valor de mercado lo eleva a no menos del doble. Posteriormente, las viviendas que se construyen sobre cada lote, significan unos dos tercios del valor del lote, por lo que al final del ciclo, estamos hablando de valores que superan los 1.500 millones de dólares.
Convengamos que el fin último de toda esta estratagema, no fue otro que el apoderamiento ilegal de las tierras fiscales que ocupaba la planta transmisora de la radio nacional, que funciona en ese lugar desde 1955. El predio, por esas cosas del destino quedó inserto dentro de un área especialmente valiosa, debido a los cuantiosos barrios privados que lo circundan, y que en su conjunto constituyen el centro de un fabuloso negocio inmobiliario.
El truco del “hecho consumado”, es tan sencillo como contundente. Se trata de montar un gran negocio inmobiliario, consistente en la urbanización de predios destinados a barrios cerrados, sin otro control, límite o regulación que el que señalan sus propios objetivos económicos.
La magnitud de las inversiones, la velocidad de ejecución de las obras y la transformación radical de los terrenos, es de tal envergadura, que el proceso se torna irreversible.
Ante el hecho consumado, queda sistemáticamente anulada, cualquier pretensión de aplicar a estos emprendimientos, los criterios normativos que surgen de los códigos de urbanización y del marco normativo ambiental que regulan estos proyectos.
En estos casos, generalmente se termina adaptando los códigos de desarrollo urbano al proceso, con lo cual quedan blanqueados las múltiples, variadas y graves violaciones cometidas. Las normas ambientales, ni siguiera se toman en cuenta, ni antes, ni durante ni después de concluidos estos procesos. A este respecto, corresponde señalar la falta de pericia, aptitud e idoneidad para intervenir en este tipo de asuntos, por parte de la Secretaría de Política Ambiental de la Provincia de Buenos Aires.
Se considera muy difícil que se puedan recuperar los terrenos fiscales que fueron urbanizados, atento que quienes compraron y hasta construyeron en los lotes del barrio Santa Bárbara, son adquirientes de buena fe. Es decir, hicieron la operación con un vendedor cuya escritura estaba en regla, y no tenían obligación de conocer toda la historia. Al parecer, hoy solo se aspira a que el Estado sea indemnizado y que con ese dinero la emisora nacional pueda instalar su planta en otro lado, donde no haya barrios privados que le impidan expandirse.Es decir que en última instancia, los beneficiarios de esta estratagema, por derecha o por izquierda, en definitiva lograran sus objetivos, que no son otros que los de posesionarse de terrenos fiscales de un alto valor inmobiliario, violentando y forzando todo el marco regulatorio y por ende el estado de derecho.
4 comentarios:
querido ricardo: excelente tu blog. espero trabajar con vos en todo lo posible para solucionar en los problemas ambientales de Tigre. te mandoun fuerte abrazo
SANTA BARBARA SE VA A AMPLIAR 7,5 metros hacia el lado de Radio Nacional y 7,5 metros hacia el lado de Nordelta, que en realidad es una franja de terreno que legalmente debería ceder para un camino y lo estaría usurpando. Todo esto con la veña de la Muni, y del consejo del barrio que fue tomado por vecinos del barrio Santa Bárbara con lotes lindantes a esos lados que a cambio de esa franja de terreno que cede la Muni que valorizará sus lotes, harán poner dinero a todos los vecinos del barrio para construir el llamado PUENTE BARBARITA que cruzará por encima del canal de remo. Con este puente además se arruinará el único canal de remo del país.UNA MANO LAVA LA OTRA Y LAS DOS JUNTAS LAVAN LA CARA.
Leí lo EIDICO y sobre Hueyo de Anchorena en el Barrio Cerrado Santa Bárbara. Si les interesa les voy pasando mas información por la cual ahora quieren construir 10 edificios para casi 2000 habitantes para viviendas de media densidad en 2 terrenos que estarían a nombre de los Born que quedan en el barrio Santa Bárbara. Pese a que por Reglamento de Copropiedad no pueden hacerlo el administrador del Barrio ya habría aprobado de palabra la construcción de los msimos y serían aprobados en cuanto presenten planos. Desde la Municipalidad no se sabe nada pese al pedido de información, ante la solicitud de las planchetas de la zona por una vecina lindante, se habrían negado a entregar tal como se venía haciendo hasta ahora. Tengo información que ya estaría vendido el terreno para cuando se acepten los planos, sería a una empresa Q-BAY GOLF NORDELTA que ya construyó torres en Nordelta pegadas a los cables de alta tensión pese al riesgo del cancer por magnetismo, de esta manera aplicaría nuevamente el criterio aplicado en Santa Bárbara con los terrenos del Barrio vendidos de buena fe haciendo una transmición de la propiedad inmediatamente luego de violar las normas del barrio, a un comprador supuestamente de buena fe. Si quieren mas información o gravar y filmar si es legal, de los dichos del administrador del barrio al respecto y de miembros del consejo que amenazan a los vecinos del barrio, podemos hacerlo.
Hola Ricardo, nuevas noticias sobre santa bárbara, la que recibió las tierras de manos de Maria Julia hoy tiene 2 terrenos, uno a su nombre y otro a nombre de su hijo dentro del barrio. Quieren hacer 20 edificios en esos lotes frente al parque industrial, no han comenzado porqu les frenamos el tema advirtiendo al administrador que estaba prohibido por reglamento. Por eso ahora hicieron una asamblea para aprobar lo hecho en cuanto a este tema por la administración y consejo para salvar su responsabilidad, pero sin informar que es lo que han hecho (ellos cuentan con todos los medios de comunicación del barrio, asesoramiento y tienen siempre 220 poderes mientras el resto es confundido, separado y engañado, por ejemplo desaparecen en a asamblea los micrófonos y lo que no se habla por él no exise para la escribana y uno de ellos cierra el punto diciendo lo que quiere. Este Miércoles 20-4-2015 cierra la asamblea, se puede votar hasta esa fecha y no sabemos que hacer, somos familias de clase media y contratar un abogado que asesore es realmente costoso. Ellos manejan todos los lados, el abogado de la señora se llama Lanusse y representa tanto al constructor del barrio como a la dueña de los lotes y además manejan a nuestro asesor y representantes. Si podés ayudarnos a frenar esto sería buenísimo para todos creo, ya que hoy día rebalsan las cloacas, no alcanza el agua potable, etc y con esos edificios será realmente peor. Para contactarnos voy a leer los mensajes en esta página buscando un email tuyo. Borrá esta última parte para que no se hagan pasar por mi. Hagamos algo antes y no solo comentar después lo que hicieron y no pudimos frenar.
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