Con fecha 17/03/10, el Concejal de la Coalición Cívica ARI Tigre, Luis Cancelo, presentó un proyecto de Ordenanza, por el cual se crea el Régimen de Protección Socio-ambiental para el Delta de Tigre, el cual está basado en las propuestas, en ese sentido, de la Asamblea Delta y Río de la Plata.
Entre las larga lista de consideraciones técnicas que avalan la parte resolutiva del proyecto, resulta importante mencionar las referencias a que el Delta, es un humedal que por su importancia hay que conservar, ya que los procesos hidrológicos y ecológicos que ocurren en él, la diversidad biológica que sustenta, y los recursos naturales que provee, determinan que este ambiente sea esencial para el desarrollo y bienestar de la humanidad.
Se menciona también, que las plantas y los suelos de los humedales poseen la particularidad de eliminar las altas concentraciones de nutrientes tales como el nitrógeno y el fósforo, jugando un papel fundamental en los ciclos de la materia y el mantenimiento de la calidad de las aguas a través de la retención, transformación y transporte de sedimentos, nutrientes y contaminantes.
No obstante lo comentado, a pesar de todos los beneficios que aportan a la humanidad, durante siglos los humedales fueron considerados tierras marginales que debían ser drenadas o recuperadas, para mejorar las condiciones sanitarias, afectarlos a la producción o a la especulación inmobiliaria
Entre los puntos mas importantes que fija el proyecto para el futuro manejo socio-ambiental de la primera sección de islas, resulta importante mencionar los siguientes:
Crea el Régimen de Protección Socio-ambiental para la localidad Delta de Tigre, Primera Sección de Islas del Delta.
Conserva la condición de insularidad de la Primera Sección de Islas del Delta, entendiéndose por tal, que las vías normales de comunicación entre el continente y las islas y de éstas entre sí, son los cursos de agua navegables. Por lo tanto prohíbe la vinculación por medio de puentes vehiculares, túneles, transbordadores y sus similares.
Prohíbe la construcción de redes viales y la circulación de vehículos automotores en las islas.
Prohíbe el movimiento de suelos, la construcción de terraplenes, endicamientos, rellenos, pólderes, etc. a fin de conservar la cota natural de las tierras y mantener la transparencia hidráulica de las islas, entendiéndose por tal, el libre flujo de las aguas por tratarse de un área inundable naturalmente, bajo efecto de mareas, sudestadas, etc.
Se preservan los centros de islas, respetando las planicies de inundación. En ningún caso se obstaculizarán las vías normales de drenaje o escurrimiento superficial.
Se prohíbe la realización de lagos o lagunas artificiales y/o alumbrar aguas salobres o saladas (que se produce al alcanzar la napa).
En el proyecto se determina que los ríos, arroyos y canales son de carácter público y de libre circulación, y no podrán ser privatizados bajo ningún concepto y obliga al respeto de la libre circulación por el camino público en las costas.
Las construcciones familiares o comerciales serán exclusivamente de tipo palafíticas y de un máximo de dos pisos.
Los refulados por dragado de ríos y arroyos se realizarán sólo en ocasión de un plan general de profundización de vías navegables y con Estudio de Impacto Ambiental (EIA) y su correspondiente Declaración de Impacto Ambiental (DIA), otorgada por la autoridad de aplicación. Los particulares no podrán hacer movimiento de suelos, barros o refulado por su cuenta.
En el proyecto, se prohíbe la construcción de todo tipo de urbanizaciones cerradas (barrios privados, countries, clubes de campo, barrios náuticos, etc.) ya que excluyen y desplazan a los pobladores preexistentes, rompiendo las redes sociales, alterando los usos y costumbres isleñas.
Los ríos y arroyos no podrán ser iluminados como las calles de la ciudad, ya que daña la diversidad biológica vegetal y animal, sólo es necesaria y entendible que se deje una luz en los muelles. La iluminación pública estará restringida a caminos vecinales cuyos vecinos acuerden como necesario.
Los proyectos productivos a realizarse en el Delta de Tigre deberán tener como premisa central la sustentabilidad ambiental y social del ecosistema y el racional uso de los bienes naturales regionales.
Los anteriores son algunos de los puntos salientes de este proyecto de ordenanza, caro a las expectativas del movimiento ambientalista Tigrense.