lunes, 23 de diciembre de 2013

Para todos...

A todos los amigos, les envío un gran abrazo y mis deseos de que tengan un feliz fin de año.

Ricardo Barbieri. 

Foto: Ricardo Barbieri 

viernes, 20 de diciembre de 2013

La Cámara Federal de La Plata confirmó la suspensión del proyecto inmobiliario "Nueva Costa del Plata".

Haciendo lugar a una medida cautelar pedida por una asociación ambiental y un grupo de vecinos, integrantes de la Asamblea No a la Entrega de la Costa Avellaneda-Quilmes, la Cámara Federal confirmó la suspensión de las obras de desmonte en el Bosque Ribereño Avellaneda-Quilmes.
La Cámara Federal de la Plata, integrada por los Dres. Antonio Pacilio y Carlos Nogueira, confirmó recientemente la sentencia del Juez Federal de La Plata, Dr. Alberto Recondo, suspendiendo cautelarmente el mega-emprendimiento inmobiliario “Nueva Costa del Plata”, proyectado en el bosque ribereño Quilmes-Avellaneda, por una empresa del Grupo Techint.
Luego de dicha primera suspensión, el Juez de Primera Instancia, Alberto Recondo decidió prorrogar dicha suspensión hasta que termine el juicio, medida que fue apelada por los demandados y, ahora, confirmada por la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata, mediante resolución del 17 de diciembre de este año.
Como consecuencia de dicha importante decisión, la empresa demandada no podrá seguir adelante con las obras correspondientes al emprendimiento “Nueva Costa del Plata” hasta que finalice el pleito.
De este modo, la Cámara Federal ratifica la medida de no innovar que a inicios de año había dictado por un plazo de 30 días, ampliando sus efectos hasta que culmine el juicio iniciado por un grupo de vecinos integrantes de la “Asamblea No a la Entrega de la costa Avellaneda- Quilmes” y la “Asociación Para la protección Ambiental 18 de Octubre”.
El proyecto de urbanización “Nueva Costa del Plata”, equiparado por muchos a un nuevo “Puerto Madero” de la zona sur del Gran Buenos Aires, fue denunciado por los actores como un emprendimiento que afecta gravemente al medio ambiente, al destruir uno de los últimos vestigios del bosque nativo costero en la región.
Importancia del Bosque Ribereño y de los humedales.
El bosque ribereño Quilmes-Avellaneda tiene un gran valor para la conservación de los recursos naturales, ya que –entre otros efectos- constituye el límite austral de dispersión de varias especies y es hábitat de animales y plantas poco frecuentes en la región. Por otra parte, ha sido reconocido por múltiples especialistas como un bosque nativo de importancia fundamental y el último espacio verde significativo de una región que tiene sólo el 2% de los espacios verdes que debería tener según las pautas aprobadas por la Organización Mundial de la Salud.


Según los informes científicos aportados en el juicio, la Organización Mundial para la Salud fija como óptimo 15 m2 de espacios verdes por habitante y como mínimo 10 m2 y en la actualidad en la localidad de Avellaneda estos espacios verdes se reducen a 0,40 m2 por habitante y en la localidad de Quilmes a 0,50 m2, un 97,4% y 96% menos de los espacios verdes necesarios para una adecuada calidad de vida. 
Apoyados en tales fuentes, en enero de este año, un grupo de vecinos Integrantes de la “Asamblea No a la Entrega de la Costa Avellaneda- Quilmes” y la “Asociación para la Protección del Medio Ambiente y Educación Ecológica 18 de Octubre”, patrocinados por el Dr. Leandro Giannini, presentaron una acción judicial ante la Justicia federal de La Plata, contra la empresa “Inversiones Urbanas Nuevo Milenio S.A.” (Una firma del Grupo Techint), la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de Avellaneda, solicitando el cese y recomposición del daño ambiental ocasionado por el proyecto urbanístico referido. Se afirmó en la presentación que el proyecto “Nueva Costa del Plata” provocará daños irreparables al medio ambiente, como la destrucción del bosque ribereño en los Municipios de Avellaneda y Quilmes; la eliminación de los humedales que allí se encuentran; la pérdida de la flora autóctona y única que se encuentra en el lugar; la desaparición de una zona de conectividad biótica; severas consecuencias sobre el régimen costero (erosión, inundaciones), entre otros.

lunes, 16 de diciembre de 2013

Japón: Aumenta radiactividad en bosques japoneses cercanos a Fukushima.

Los niveles de cesio radiactivo aumentaron en las áreas boscosas del noreste de Japón tras el accidente nuclear que asoló la central de Fukushima.
De acuerdo con la nota, la prefectura de Miyagi mostró los resultados de una pesquisa que demostró cómo el isótopo radiactivo permanece acumulado en la tierra y crece por la descomposición sobre el terreno de las hojas caídas desde árboles contaminados.

Situación en la que se encuentran actualmente los reactores 1, 2, 3 y 4 de la planta nuclear Fukushima en Japón.
Los bosques son las zonas más afectadas por las emisiones radiactivas de Fukushima, ya que la densa vegetación y su gran extensión dificultan las labores de descontaminación, especificó el texto.
Según las mediciones realizadas en porciones boscosas a 60 y 120 kilómetros de la central, respectivamente, el nivel medio de las hojas estudiadas era de 26 mil becquereles por kilo en junio de 2012 y subió a 42 mil becquereles un año después.


El informe subrayó que el cesio en las muestras de tierra de hasta 10 centímetros de profundidad pasó de 721 a tres mil becquereles. 
El azote del sismo y tsunami del 11 de marzo de 2011 a Japón causó la muerte a 15 mil 854 personas, la desaparición de tres mil 276, el desplazamiento de 50 mil, y graves afectaciones a los sectores agrícola, ganadero y pesquero del país.

jueves, 12 de diciembre de 2013

La AFIP intima a administradores de countries para que brinden información de los residentes.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) advirtió que los administradores de countries que no remitan información sobre los propietarios o residentes de los complejos, serán pasibles de multas de hasta 45.000 pesos y además se les suspenderá la CUIT para operar en casos en que se reitere esa conducta.
 
“La AFIP intimará a 200 administradores de countries, clubes de chacra, barrios cerrados y privados del país a que brinden información sobre los propietarios o residentes de los complejos”, informó el organismo recaudador a través de un comunicado.
En tal sentido, añadió que “quienes no remitan los datos requeridos serán pasibles de multas de hasta $ 45.000, sumarios y la suspensión de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) para operar en casos en que se reitere esa conducta”.
La medida abarca a quienes posean un terreno mayor o igual a 400 metros cuadrados, y cuyas expensas sean superiores a los 2.000 pesos mensuales.


"Los datos que deben suministrar son mensuales como lo deben hacer todos los administradores de los más de 300 countries del país” La AFIP decidió avanzar con las intimaciones tras detectar que el tipo de inmueble y las expensas abonadas no tienen un correlato con la situación tributaria declarada ante el organismo por los propietarios o residentes inquilinos.
“La intimación se llevará a cabo por medio de una carta a los administradores de los countries. Los datos que deben suministrar son mensuales como lo deben hacer todos los administradores de los más de 300 countries del país”.
Entre los cinco complejos más importantes informaron que en el último mes totalizaron 26 millones de pesos sólo del cobro de expensas, y las intimaciones alcanzan a los principales complejos de los corredores de los ramales Tigre, San Fernando y Pacheco; como también al corredor Campana, Escobar, Los Cardales y Zárate.
Las misivas se enviarán también a los corredores de Pilar, Villa Rosa, Derqui, Del Viso, Ezeiza, Canning y San Vicente; corredor zona oeste, General Rodríguez, Moreno, Luján; el corredor sudeste Berazategui, La Plata, Brandsen, y los principales countries del interior del país.

sábado, 7 de diciembre de 2013

Ya son 442 las empresas reconvertidas de la Cuenca Matanza Riachuelo.

Según datos de ACUMAR, ya hay 442 empresas reconvertidas tras haber terminado el Plan de Reconversión Industrial. Las empresas reconvertidas son las que modificaron sus modos de producción para dejar de contaminar, luego de haber sido declaradas agentes contaminantes por ACUMAR.
En la Cuenca Matanza Riachuelo ya hay 442 empresas que finalizaron el Plan de Reconversión Industrial (PRI) y dejaron de contaminar. Cabe recordar que la Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo (ACUMAR) es la encargada de fiscalizar e inspeccionar cada industria y procura que se cumpla la normativa ambiental. Para lograr este objetivo, cuenta con herramientas administrativas y el poder de policía que le permite declarar como Agente Contaminante a las empresas que superan los límites de vuelcos y descargas permitidas. También, tiene la capacidad de brindar asistencia técnica y financiera para que las empresas adecuen sus procesos productivos.


El proceso de fiscalización de las industrias consiste en inspeccionar las empresas evaluando los niveles de vuelcos industriales y permisos correspondientes. En dicho caso, de existir alguna irregularidad ACUMAR declara al establecimiento Agente Contaminante y lo intima a reconvertir sus procesos industriales, lo que implica en algunos casos contar con plantas de tratamiento de los efluentes industriales, y en otros, modificar el esquema de producción o los materiales que se utilizan para tal fin, para que el proceso deje de contaminar.
Una vez intimada, la industria indica al organismo cómo llevará a cabo la reconversión hacia una producción limpia a través de una propuesta técnica denominada Programa de Reconversión Industrial (PRI).  Cuando la empresa finaliza el PRI, se realiza una nueva inspección en la que se controla que efectivamente haya dejado de contaminar y se la declara “reconvertida”.
La inversión privada para implementar estos cambios ya acumula más de 20 millones de pesos. La ACUMAR, por su parte, tiene un programa de financiamiento a través de aportes no reembolsables para que las empresas que no tengan posibilidades monetarias puedan reconvertirse. Además, este mismo plan contempla la asistencia técnica, a través de un convenio con el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI) para desarrollar a nivel técnico los programas de reconversión, sin costo para las empresas.
ACUMAR lleva declaradas a 1.197 empresas como Agente Contaminantes, de ellas se encuentran clausuradas 282 establecimientos que deben presentar un plan para dejar de contaminar. 
Además, 822 empresas cuentan con un PRI aprobado y 442 ya reconvirtieron sus procesos productivos y se ajustan a las normas ambientales impuestas por ACUMAR.

viernes, 6 de diciembre de 2013

Francisco Javier de AMORRORTU, impugna fundamentos a una ley de emergencias ambientales en la cuenca del río Luján.

Avance de impugnación a una ley de emergencias ambientales en la cuenca del Luján que no reconoce soportes de ecología de ecosistema alguno, violando así los arts. 2º, inc e) y 6º de la ley 25675 que indican el orden de los factores a considerar. Primero el equilibrio y dinámicas del ecosistema y luego los temas generales del ambiente y su sustentabilidad.
Anteponer urgencias a este orden, amén de ilegal, no sirve de nada.
Si miramos en profundidad la palabra "ecosistema" tal cual la define el glosario de la ley 11723 tendríamos que despertar en segundos al eje ecosistémico que está centrado en materia y energía relacionadas en términos termodinámicos olárquicos naturales y abiertos.
ECOSISTEMA: Sistema relativamente estable en el tiempo y termodinámicamente abierto en cuanto a la entrada y salida de sustancias y energía. Este sistema tiene una entrada (energía solar, elementos minerales de las rocas, atmósfera y aguas subterráneas) y una salida de energía y sustancias biogénicas hacia la atmósfera (calor, oxígeno, ácido carbónico y otros gases), la litósfera (compuesta por humos, minerales, rocas sedimentarias) y la hidrósfera (sustancias disueltas en las aguas superficiales, ríos y otros cuerpos de aguas).
Invito a mirar video http://www.muertesdelaliviador.com.ar/bid7.html
Y para los más impacientes este otro de tan sólo 100 segundos con escribana pública a bordo del helicóptero, para dar testimonio de las prestaciones para ocultar por más de una década documentos públicos ultracalificados.
Aquí verán la escala de los problemas que mostrará en el limbo la escala de esta ley y el conocimiento aplicado.


La canalización del río rectificando meandros, las previas limpiezas de lecho dejando sus remociones en los bordes inmediatos que así favorecieron el crecimiento generalizado de todo tipo de exóticas que aprovecharon esos suelos sueltos para multiplicarse con facilidad incontrolable, amén de generar obstáculos a las grandes escorrentías.
Todas y cada una de estas intervenciones determinaron que en los últimos 100 años todo concurriera a la destrucción de los recursos naturales que alimentaban de energía convectiva al curso de agua, para así dejar sus dinámicas libradas sólo a energías gravitacionales que reconocen servicios hasta  los inicios del brazo intermareal o interdeltario en cercanías al arroyo Carabassa.
Todo lo que han hecho es destruir con respaldo de la ciencia hidráulica el ecosistema de apoyo en esteros y bañados aledaños por dónde venían transferidas esas energías convectivas a las sangrías mayores.
Violaron los respetos debidos a las restricciones mínimas de 100 m a cada lado del curso (ley 6253 y art 5º del Decreto reglamentario 11368/61); y luego a partir de 1979 violaron los respetos a las cesiones obligadas al Fisco de todas aquellas tierras cuyos propietarios proponían crear o ampliar núcleo urbano dejando atrás su condición rural para pasar a urbana. Estas cesiones cabían a partir de los 50 m más allá de la línea de ribera de creciente máxima.
En adición, faltaron los debidos respetos al art 101 de los Decretos 1359/80 y 1549/83, reglamentarios de la ley 8912, prohibiendo “saneamientos” en suelos anegables.


Todas estas faltas son debidas a la prepotencia e ignorancia tres veces centenaria de la ciencia hidráulica, de su hijita la DIPSyOH y su madrina la AdA para complacer a los mercaderes de suelos que se ocupan del resto.
Por ello, el destino de esta ley es recibir las correspondientes impugnaciones de inconstitucionalidad en SCJPBA, para que estos catecismos mecánicos dejen de operar violaciones a las leyes más elementales, destruyendo los equilibrios y dinámicas de los ecosistemas.
Es imposible en este marco de torpezas cognitivas pretender buscar soluciones a los eventos máximos, sin arruinar los recursos naturales que asisten los flujos ordinarios mínimos, de los cuales dependen todos los servicios ambientales que prestan nuestros cursos de agua con compromisos urbanos.
En adición, en este plan de emergencia nadie señala el tapón de salida que cargan todos los tributarios urbanos del Oeste al intentar salir al estuario por intermedio del cauce del Luján; cuyas aguas tampoco son las del Luján sino de los desprendimientos que bajan del Paraná de las Palmas: Canal Arias, Caraguatá, Carapachay, Abra Vieja, Sarmiento, Vinculación.
No queda más remedio que apuntar a la inconstitucionalidad de estas leyes que siguen poniendo la carreta delante de los bueyes, violando preceptos de presupuestos mínimos y fabulando energías gravitacionales donde no las hay.
Por otra parte ya fue hace dos años elevada a la SCJPBA la demanda 71743 de inconstitucionalidad de la Res 495/11 del MINFRA por ignorar la existencia del estudio de hidrología del Luján realizado por el INA merced a un soporte  del Estado Italiano que costeó su desarrollo y pretender hacer uno nuevo.


Este soporte de criterio del INA reconoce validez hasta las cercanías del puente del FFCC Belgrano. Luego, ya en planicie de tan sólo 7,5 mm x Km el mismo comienza a naufragar. El estudio del INA finaliza en ruta 9 reconociendo que más allá son sólo fantasías lo que se alcanzan a modelar.
No es de sorprender que los legisladores a cargo de estas buenas intenciones repitan los mismos errores que los ejecutivos de la DIPSyOH. He repetido docenas de veces que estos nuevos estudios son sólo parte de la estrategia de Scioli para ganar tiempo y así permitir que sus amigos mercaderes sigan cometiendo crímenes hidrogeológicos y aberraciones hidrológicas en planicie intermareal y brazos interdeltarios.
En áreas insulares hemos logrado frenar estas aberraciones. 35 demandas de hidrogeología e hidrología urbana en SCJPBA en los últimos 8 años son sobrado testimonio de los empeños volcados a estas comunicaciones.
Las causas D-412/2013 en CSJN e I 72832 en SCJPBA apuntan a enfocar los problemas de salida al estuario que carga el río Luján en los últimos 20 Kms, compartiendo MUERTE con todos los tributarios urbanos del Oeste.
Ver esas causas por:
 http://www.hidroensc.com.ar/cortemr7.html  e  http://www.hidroensc.com.ar/incorte122.html 
Las denuncias al BID por faltas en la tramitación del crédito al COMIREC se muestran en el vídeo en http://www.muertesdelaliviador.com.ar/bid7.html y anteriores

Francisco Javier de Amorrortu, 30 de Noviembre del 2013

miércoles, 4 de diciembre de 2013

TIGRE – EIDICO – Nuevo intento de la empresa de apropiarse de Punta Querandí.

El lunes 2 de diciembre de 2013, la empresa EIDICO cercó el acceso a Punta Querandí e instaló una casa-rodante a modo de casilla con el fin de poner un cuidador para apropiarse del sitio público y sagrado de los pueblos originarios. El resultado: indignación y bronca de medio centenar de personas. Un par de horas más tarde, empleados municipales cortaron el alambrado y retiraron la casa-rodante del terreno.



Punta Querandí, es un pequeño predio con restos arqueológicos, ubicado en una zona de enterratorios ancestrales que vienen siendo destruidos por los barrios privados, y es reivindicado por los pueblos indígenas y por muchos sectores sociales.
Felix Dufourq, que en 1996 se preocupaba por evitar que se emitiera la película "La última tentación de Cristo", porque implicaría "una profanación de la fe católica", desde hace algunos años está comprometido junto a su amigo Jorge O'Reilly en intentar apropiarse del sitio público y sagrado Punta Querandí.



El lunes 2 de diciembre de 2013, por enésima vez intentaron avanzar sobre Punta Querandí: lo cercaron y pusieron una casa-rodante para que un cuidador se instalara allí. A las pocas horas, empleados del Municipio de Tigre llegaron con una grúa, sacaron el alambrado y la casa-rodante. Medio centenar de personas, vecinos, pescadores, militantes indígenas, festejaron con aplausos y a viva voz. 

lunes, 2 de diciembre de 2013

Aprobaron Ley de Emergencia Hídrica en la Cuenca del Río Luján.

La Legislatura bonaerense declaró la emergencia hídrica del río Luján. La iniciativa, que había sido presentada por el diputado Juan Carlos Juárez, fue aprobada por el Senado, luego de la media sanción de la cámara baja en junio pasado. Allí, se pide al Ejecutivo que determine “el área que estará a cargo de ejecutar las obras y contratar la prestación de servicios y suministros con destino a prevenir y/o solucionar las situaciones provocadas por los desbordes”.
La iniciativa, presentada por el diputado lujanense Juan Carlos Juárez (FAP), pide que se incluya dentro de las obras a realizar, un examen exhaustivo del estado del río y del valle de inundación, de las zonas de humedales y de toda perturbación de origen antrópico y/o natural que fuere causa directa o indirecta de comportamientos anormales del río, en circunstancias de incremento de su pico de caudal.
Asimismo, el Poder Ejecutivo determinará el área que estará a cargo de ejecutar las obras y contratar la prestación de servicios y suministros con destino a prevenir y/o solucionar las situaciones provocadas por los desbordes.


Cabe recordar que a fines de octubre de 2012, se produjo el desborde del río y la anegación de la ciudad de Luján, con implicancias gravosas tanto para su población, como para su patrimonio urbano. Además, debieron ser evacuados gran cantidad de vecinos.
En este contexto, el diputado del FAP recordó que "las últimas obras realizadas datan de hace casi treinta años, cuando se produjo la limpieza del puente sobre la ruta 7, la canalización del río, la rectificación de meandros, y la voladura de un talud que obstruía el normal escurrimiento de las aguas".
"Los daños y la magnitud de la inundación de octubre pasado, donde el agua alcanzó los 5.10 metros sobre su nivel normal, muestra a las claras la falta de un accionar diligente de parte de las últimas administraciones", advirtió Juárez, y agregó "hechos como este ponen de manifiesto la falta de inversión y la carencia de políticas públicas sostenibles en el tiempo en la cuenca del río tendientes a disminuir los impactos de las inundaciones".
En los fundamentos del proyecto se recuerda que la Municipalidad de Luján ya declaró el estado de emergencia, ad referéndum de la pertinente convalidación por parte del Concejo Deliberante local.