lunes, 30 de julio de 2012

TIGRE – Río Reconquista - Autoridad del COMIREC, solicita al Intendente de Tigre, conformar Consejo Municipal Consultivo “Ad Honoren”.


El Presidente del COMIREC, Alejandro G. Arlia, invitó al Intendente de Tigre, a encuadrarse en el marco del artículo 6 de la ley 12.653 y el artículo 3 del Decreto 3002/06. Las normas en cuestión, exigen que los 18 municipios que conforman la Cuenca del Río Reconquista, creen un Consejo Municipal Consultivo “Ad Honoren”.

sábado, 28 de julio de 2012

Tigre – Concejo Deliberante - Se conformó la Comisión Especial del Plan de Manejo Ambiental del Delta


La Comisión Especial Redactora de la Normativa del Plan de Manejo Ambiental para la Primera Sección de Islas del Delta, se reunió en el Palacio Legislativo de Tigre con miembros de la Fundación Metropolitana, para detallar los lineamientos que se deberían seguir respecto de la Segunda Etapa del Plan de Manejo del Delta.
De esta forma se concretó la primera reunión de la Comisión Especial Redactora de la Normativa del Plan de Manejo Ambiental para la Primera Sección de Islas del Delta, que definirá las posibles metodologías de trabajo y la búsqueda de generar un Delta sustentable. Se busca un consenso entre todos los bloques políticos para unir fuerzas y desarrollar una normativa que respete el cuidado del ambiente y la realidad de los vecinos que viven, producen y trabajan en la isla.


La Comisión Especial Redactora de la Normativa del Plan de Manejo Ambiental, encabezada por Zamora, se encuentra conformada por los Concejales Alejandra Nardi, Rodrigo Molinos, Horacio Fabeiro, Daniel Macri, Guillermo García de la Vega, Hugo Leber y Luis Cancelo. La misma fue creada para la ejecución y el seguimiento de las acciones pertinentes relacionadas a la confección del Plan de Manejo para las Islas del Delta.
Por su parte, el presidente de la Fundación Metropolitana, Pedro Del Piero, sostuvo: “Hoy informamos sobre un plan tentativo de las ordenanzas que podrían integrar el Plan de Manejo del Delta y los tiempos en los cuales deberían sancionarse. Con la Comisión Especial revisamos el diagnóstico de las conclusiones del trabajo preliminar aprobado por el Concejo Deliberante como ordenanza cautelar. Las cuestiones fundamentales son: cuidar la insularidad, la transparencia hidráulica, la preservación y la no destrucción del humedal”.
Durante la reunión se proyectó un documento donde se detallan las conclusiones del trabajo de investigación, avances alcanzados, sus objetivos y los resultados de generar la normativa para un Plan definitivo del manejo integral del Delta.
Participaron de la reunión los concejales Horacio Fabeiro, Daniel Macri, Guillermo de la Vega, Ariel Arnedo, Luis Cancelo, Hugo Leber; el secretario del HCD, Raúl Botelli e integrantes de la Fundación Metropolitana, Alejandro Rossi, Laila Robledo y Norberto Iglesias.

TIGRE Plan de Manejo del Delta. Dieron por iniciada la segunda etapa.

El viernes 6 de julio tuvo lugar una jornada que marcó el inicio de la segunda etapa del Plan de Manejo del Delta, que busca fijar normas para preservar el delta.
Corresponde recordar en este punto, que en abril de 2011, el intendente Massa entregó al Presidente del Concejo Deliberante y presidentes de los bloques políticos de Tigre, los estudios realizados para su posterior discusión y sanción.
Durante el encuentro –que contó con la participación de secretarios, directores y funcionarios municipales – se expusieron los progresos alcanzados durante la primera etapa del plan y los lineamientos a seguir en esta segunda etapa. La jornada fue coordinada por la Fundación Metropolitana, quien asiste al Honorable Concejo Deliberante de Tigre en el desarrollo del Plan de Manejo.
Pedro Del Piero, presidente de la Fundación Metropolitana, detalló “esta es una etapa más del trabajo iniciado hace dos años junto al municipio de Tigre, que el año pasado dio como fruto la sanción de una ordenanza cautelar sobre la Primera Sección de Islas, y que ahora está desarrollando las normativas definitivas. Se dirige a lograr un equilibrio entre la preservación ambiental y el desarrollo, que es posible aunque a veces parezca imposible.

Delta del Paraná - Barrio privado Santa Mónica

Deltal del Paraná - Barrio privado Colony Park

Delta del Paraná - Complejo Delta Spa

Delta del Paraná - Barrio privado Isla del Este.
El Plan de Manejo del Delta comenzó a desarrollarse en 2010. Según las autoridades del Municipio de Tigre, el plan promueve el desarrollo sustentable de todas las actividades humanas en las islas y plantea como ejes estratégicos preservar el humedal y el recurso agua; se adecua a las condiciones ambientales del lugar; regulariza la situación dominial; favorece el arraigo y la inclusión de la población actual, como su integración; estudia la tipología de ocupación más adecuada al territorio; mejora las condiciones de circulación y accesibilidad; mejora las condiciones de habitabilidad y salubridad; propicia la protección del patrimonio natural y cultural de las islas; establece pautas de localización y modalidades constructivas; tiende a la sustentabilidad económica del área; mejora las actividades culturales y el esparcimiento para la población de las islas; coordina las acciones entre jurisdicciones; promociona de mecanismos de participación.
En relación a los resultados de esta segunda etapa, el presidente del Concejo Deliberante de Tigre, Julio Zamora, expresó que “esta segunda etapa culminará con un Código de Zonificación y de uso de suelo.

N de la R: Creo que corresponde aclarar en este punto, que los estudios realizados hasta el momento en el seno del Plan de Manejo del Delta, constituyen solo un pre-diagnóstico de la situación analizada. Por otra parte la posibilidad de instaurar un Código de Zonificación y de uso de suelo para la primera sección del Delta del Paraná, involucra necesariamente que en su etapa de proyecto, se realice un estudio de impacto ambiental acumulativo y una evaluación ambiental estratégica, tal cual se lo solicita la Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo con asiento en San Martín, en la sentencia dictada en la Causa Nº 2560/11, caratulada “Fundación Protigre y Cuenca del Plata s/Amparo”. También corresponde llamar una audiencia pública a fin de garantizar la participación comunitaria y que todos los que puedan verse afectados, o posean un interés particular, expresen su opinión respecto del tema en consideración.
De Ricardo Barbieri para el Tigre Verde.

Respaldo de la Municipios del Área Metropolitana para que la ciudad de Buenos Aires, cumpla con la ley de “basura cero”.

Con la presencia del Jefe de Gabinete de Ministros de la Provincia de Buenos Aires, Alberto Pérez, la Ministra de Gobierno Cristina Álvarez Rodríguez, el Titular del Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible, José Molina, el Secretario de Espacio Público Eduardo Aparicio y más de una veintena de municipios se llevó adelante la Jornada de trabajo para el tratamiento de los residuos Sólidos Urbanos (RSU) en el territorio provincial.

Durante el encuentro el Director Ejecutivo del OPDS José Molina,  explicó las dos resoluciones que fueron puestas en marcha el último fin de semana para que la ciudad de Buenos Aires, cumpla con la “Ley de Basura Cero” y destacó que “ tenemos que trabajar en forma conjunta con los municipios, para bajar las toneladas de residuos que ingresan diariamente al CEAMSE y en forma conjunta para  llegar a las mejores soluciones en un tema tan importante y vital: nuestro trabajo en la temática de los residuos, es constante y esto forma parte de un paquete de medidas que se están implementando”.
El encuentro, se llevó a cabo en el Salón de Usos Múltiples de la Gobernación de la Provincia de Buenos Aires, en donde las autoridades y equipos técnicos del OPDS, explicaron los alcances de la Ley de Residuos Provincial, la aplicación de los programas ambientales que se están llevando adelante en la Provincia  y además el  CEAMSE, mostró en qué forma opera sus rellenos sanitarios y planteó la necesidad de reducir y minimizar la cantidad de basura que llega a los mismos.


Los municipios que participaron agradecieron el encuentro y expusieron sus problemáticas como así también sus experiencias en la reducción y valorización de los Residuos sólidos Urbanos.
También  brindaron un gran apoyo a la iniciativa de intimar a la Ciudad de Buenos Aires, para  que  cumpla con la de “ley Basura Cero”, con las dos resoluciones firmadas por el Titular del OPDS, la ciudad de Buenos Aires podrá disponer en el CEAMSE solo  la cantidad de  residuos que establece su propia Ley de Basura Cero (N° 1854), no pudiendo disponerse el excedente en dicho relleno sanitario, es decir que solo podrá disponer el 50% de basura que viene disponiendo actualmente.
También se establece el no ingreso de los residuos especiales sin tratamiento al CEAMSE, como así también los provenientes de construcciones y/o demoliciones.

Estuvieron presentes los municipios de Almirante Brown,  Avellaneda; Berisso, Brandsen, Ensenada, Escobar, San Martín, Ituzaingó, José C. Paz, La Matanza, La Plata, Lanús, Lomas de Zamora, Malvinas Argentinas, Merlo, Moreno, Morón, Pilar, Presidente Perón, Quilmes, San Fernando, San Miguel, Tigre, y Vicente López.

miércoles, 25 de julio de 2012

Tigre. Impulsan creación del Consejo Consultivo Honorario Local del COMIREC.

El Concejal Luis Cancelo, integrante del Bloque Nuevo Tigre, presentó un proyecto de ordenanza para la creación del Consejo Consultivo Honorario Local del COMIREC, el cual tiene como objeto materializar la participación de las organizaciones de la sociedad civil en la gestión del Comité de Manejo Integral de la Cuenca del Río Reconquista (COMIREC), en cumplimiento de lo establecido por la Ley Provincial 12.653.
Corresponde en este punto, recordar que el Comité de Cuenca del Río Reconquista (COMIREC), es un ente autárquico, con plena capacidad jurídica para actuar en la esfera del derecho público y privado y  tiene por objeto prestar servicios y realizar acciones conducentes a la gestión integral y preservación del recurso hídrico de la Cuenca del Río Reconquista. 
El Consejo Consultivo Honorario Local, impulsado con el concejal Luis Cancelo, tiene como objetivo generar un espacio de carácter consultivo y participativo. Tiene como premisa el pluralismo, la horizontalidad y la participación democrática; con el objeto de materializar, en el Partido de Tigre, la participación de las organizaciones de la sociedad civil, en la gestión del Comité de Manejo Integral de la Cuenca del Río Reconquista (COMIREC), en cumplimiento de lo establecido por el Artículo 6 de la Ley Provincial 12.653.




El Consejo Consultivo Honorario Local, cuya creación se impulsa,  tiene como ocupación principal ser el ámbito de consulta del Directorio del Comité de Cuenca del Reconquista y del Departamento Ejecutivo en pos del saneamiento y recuperación integral de la cuenca. A tal efecto elaborará un programa que, desde el distrito y vinculado a las tareas que se desarrollen en él, sea un aporte al saneamiento integral de la cuenca y sus tributarios. El Consejo considerará los problemas, propuestas e iniciativas que le transmita el Directorio, formulará recomendaciones y toda sugerencia que estime conveniente para el cumplimiento de los fines que se le asignan por la Ley 12653. Asimismo tendrá funciones de fiscalización, contralor social, seguimiento y monitoreo de las acciones del COMIREC, para lo cual deberá contar con acceso a la información oportuna y adecuada.
El Consejo en cuestión, estará integrado por: un representante del Departamento Ejecutivo, un concejal de cada bloque del Concejo Deliberante, organizaciones no gubernamentales que desarrollen acciones de carácter ambiental en la zona de influencia de la cuenca del Río Reconquista, Universidades, Centros de Enseñanza e Investigación, Profesionales y personas idóneas, representantes de espacios de participación en la órbita local, que acrediten interés en la temática y pertinencia territorial y las áreas del Departamento Ejecutivo que trabajen con la temática.



El proyecto estipula que este Consejo Local, a su vez deberá reunirse y unificar criterios en la regional administrativa en la que se dividió la cuenca, en este caso la llamada Subcuenca Baja del COMIREC.
La regional en cuestión, comenzó a funcionar en agosto de 2008. El Consejo en cuestión, estuvo integrado por el director representante de las comunas de Tigre, San Fernando, San Isidro y Vicente López ante el COMIREC, quien tenía a su cargo la coordinación del Consejo, y un representante designado por cada una de las organizaciones de la sociedad civil participantes. Atento la falta de gestión real del COMIREC, que generó el abandono del Consejo de múltiples organizaciones, en noviembre de 2010 se produjo la disolución del mismo, hasta tanto el Directorio del COMIREC, produjera una nueva convocatoria, lo cual hasta la fecha no ha ocurrido.
De Ricardo Barbieri para el Tigre Verde.

lunes, 23 de julio de 2012

La Provincia intimó a la Ciudad a reducir el envío de basura y escombros.

El gobierno bonaerense hizo oficiales dos resoluciones que limitan el ingreso de residuos provenientes del área metropolitana. Además solicitó al CEAMSE que en un plazo de 30 días haga cumplir la "Ley de Basura Cero".

El Gobierno bonaerense intimó hoy a la Ciudad de Buenos Aires a cumplir en un plazo de 30 días lo establecido en la "Ley de Basura Cero", debido a la "situación crítica" que atraviesa uno de los rellenos sanitarios y a que la administración porteña incrementó los envíos en lugar de reducirlos como fija esa normativa.
Se trata de una resolución del Organismo Provincial para el Desarrollo Sustentable (OPDS), que establece que el CEAMSE "en un plazo de treinta días corridos, arbitre las medidas necesarias" para recibir los residuos sólidos de la Ciudad, "únicamente en el porcentaje establecido en la Ley 1854 para el año en curso".
La resolución se refiere a la "Ley de Basura Cero" de la Ciudad, que dispone que se lleve adelante una "reducción progresiva de la disposición final" de residuos, en el orden de un 30 por ciento para 2010, 50 por ciento para 2012 y 75 por ciento para 2017.
De esta manera, la resolución emitida por el organismo provincial obliga al CEAMSE, a recibir un 50 por ciento menos de residuos sólidos porteños destinados al Centro de Disposición Final Norte III y advierte que, de lo contrario, se "iniciarán las acciones legales que por derecho correspondan".

El OPDS explicó que la medida se debe, entre otras cosas, a que "de acuerdo a lo informado por el CEAMSE el relleno sanitario denominado Norte III, atraviesa una situación crítica en cuanto a su capacidad remanente para recibir residuos".
Además, afirmó que "de acuerdo a dichos informes, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha incrementado la cantidad de residuos sólidos urbanos que dispone en el relleno sanitario de CEAMSE" en lugar de reducirlos, como impone la ley.
"La gestión integral de los residuos sólidos urbanos es una problemática transversal con repercusiones en todas las actividades humanas, en los recursos naturales y ecosistemas, siendo uno de los principales problemas ambientales de este siglo", señala la resolución del organismo.
En este sentido, "la Provincia de Buenos Aires a través de esta Autoridad Ambiental se encuentra abocada a resolver dicho problema, estableciendo las acciones necesarias para afrontar los desafíos del desarrollo sostenible, preservando el ambiente y mejorando la calidad de vida de sus habitantes".
Por otra parte, el OPDS resolvió que los residuos industriales y radioactivos "no podrán ser enviados al CEAMSE sin tratamiento previo", que deber ser aplicado por "operadores debidamente habilitados" por este organismo, según la resolución.
Asimismo, se dispuso que los residuos provenientes de construcciones y demoliciones tampoco podrán ser enviados al CEAMSE a partir de esta resolución.
Referencia: http://www.infobae.com

viernes, 20 de julio de 2012

Tigre. Arba detectó en Nordelta casas que figuraban como baldío.

Las irregularidades se encontraron en el country Los Alisos, donde la evasión por las propiedades asciende a 1.3 millones de pesos.

La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) detectó que todas las casas de un country ubicado en el complejo Nordelta, partido de Tigre, no estaban declaradas ante el Fisco y figuraban como baldío, informó hoy el organismo.
Se trata del country Los Alisos, que cuenta con 234 casas y 75 piletas de natación, que junto a otras propiedades de lujo fiscalizadas en el predio totaliza 114.721 metros cuadrados sin incorporar al Fisco y una evasión de más de 1,3 millón de Impuesto Inmobiliario.
Ese country cuenta con un lago interno de 7,3 hectáreas, un Club House con quincho, parrilla, 4 canchas de tenis y una cancha de fútbol 5, destacó el ente recaudador. Y añadió que, con la evasión en el Impuesto Inmobiliario, los contribuyentes habían dejado de pagar 674.944 pesos, por lo que la Agencia los intimó a regularizar su situación.

En estos controles, los fiscalizadores también hallaron sin declarar un complejo de departamentos, "Quartier Nordelta", de unos 30 mil metros cuadrados que tendría que pagar en Impuesto Inmobiliario 171.790 pesos y que estaba declarado como baldío, según la información oficial.
También se detectó al edificio "Loft de Bahía Grande" declarado ante el Fisco como baldío: son 10.300 metros cuadrados que tendría que pagar de impuestos 96.456 pesos al año.
Tampoco estaban declaradas las mejoras en el Hotel Intercontinental de Nordelta, un emprendimiento 5 estrellas que no incorporó 900 metros cuadrados, lo que representa una evasión a la Provincia de 155.983 pesos, detalló el organismo.
En un comunicado, el director de ARBA, Martín Di Bella, calificó como "inadmisible" la actitud de los dueños de estas propiedades, y subrayó que "desde el Gobierno trabajamos con fuerza para terminar con la evasión, sobre todo en aquellos sectores que, a pesar de ostentar una evidente capacidad económica, se niegan a cumplir con sus obligaciones tributarias".
Además, recordó que las nuevas construcciones y las ampliaciones "pueden declararse a través de un simple trámite que se realiza por internet, desde la web de ARBA. No hay excusas para incumplir".
Referencia: http://www.a24.com

jueves, 19 de julio de 2012

Un fallo suspendió la minería en el cordón del Famatina.


“El Famatina no se toca”. La consigna, emblema de la comunidad riojana que lleva el nombre del cerro al que varios proyectos mineros intentan ingresar desde hace 5 años, dejó de ser una bandera de lucha y se transformó en una orden explícita. Un juez de feria de Chilecito, dispuso ayer suspender la vigencia del convenio firmado el año pasado por el gobierno provincial y la minera canadiense Osisko, hasta que se cumpla con el inventario que exige la ley nacional de Glaciares.

La medida fue celebrada por las comunidades de la zona, que se mantienen movilizadas desde comienzos de año. En 2007, con un menor nivel de organización, habían frenado la radicación de la canadiense Barrick Gold y el año pasado, la china Shandong Gold, también por presión de la gente, ni siquiera alcanzó a pisar la provincia.
El juez Daniel Flores aceptó una medida cautelar impulsada por el intendente de Famatina, Ismael Bordagaray, enfrentado con el gobernador Luis Beder Herrera por la radicación de la minería a cielo abierto. El jefe comunal dijo que se trata “del primer golpe que la justicia le da al gobierno provincial”.
El convenio había sido firmado en agosto pasado por Energía y Minerales Sociedad del Estado y la empresa Osisko Mining Corporation. Las tareas de exploración en busca de oro y otros minerales en el cordón montañoso debían iniciarse en enero, pero las asambleas ciudadanas que montaron un corte en Alto Carrizal, en el único paso que comunica con el cerro, lo impidieron. 


Después de varios días de tensión, la empresa anunció que no realizaría ningún trabajo en la zona “sin licencia social”. Ahora, con la medida cautelar, las obras no podrán iniciarse “hasta que se realicen los estudios que determinen si efectivamente los glaciares están dentro de la zona exclusiva y si pueden ser dañados, lo cual está prohibido por ley”.
Hasta ayer el gobierno de Beder Herrera no se había pronunciado, pero se descarta que el fallo sea apelado para que el expediente llegue rápidamente al Tribunal Superior de Justicia, donde el oficialismo cuenta con amplia mayoría.
Sobre la presencia de glaciares en el Famatina, la postura oficial ha sido disímil. Mientras el secretario de Minería Oscar Lehz sostuvo que no los hay, sino que se trata de “nieves eternas”, el secretario de Ambiente, Nito Brizuela, primero dijo que había un solo glaciar y luego que había que precisarlo. Esta a la firma en Mendoza un convenio con el Instituto Argentino de Nivología para que realice un inventario que exige la ley. El anuncio despertó dudas entre la comunidad.
Referencia: http://www.clarin.com

miércoles, 18 de julio de 2012

RÍO RECONQUISTA Buscan alternativas para “la puesta en valor” de la represa Roggero.

Desde el Comité de Cuenca del Río Reconquista (COMIREC) y con la participación de representantes de los municipios involucrados, se analizan alternativas de prevención, señalización y sistemas de información para aplicar en la zona de la represa Roggero.

El vicepresidente del Comité de Cuenca del Río Rconquista, Eduardo Maurizzio, visitó la represa Roggero, en los partidos de Moreno y Merlo, a fin de evaluar alternativas de prevención, señalización y sistemas de información para aplicar en la zona.
Junto a representantes de las Cuencas Media, Alta y Baja, especialistas en hidráulica y otras autoridades, Maurizzio llevó a cabo una recorrida por el dique que contiene las aguas del embalse del lago San Francisco, con una extensión de 250 hectáreas de las cuales 100 pertenecen al partido de Merlo, 120 al de Moreno y las restantes a la ciudad de Marcos Paz.
“Estamos trabajando muy fuertemente en el saneamiento en forma total de la Cuenca del Reconquista, a pedido del gobernador Daniel Scioli”, explicó y detalló que se gestiona puntualmente con el fallo Gramajo que “compromete a realizar acciones que eviten que la gente pueda tener accidentes, sin quitarle responsabilidad y buscando la forma de que tome conciencia a través de distintos emprendimientos”.

Siguiendo esta línea explicó: “Junto al ministro Alejandro Arlía, creemos que la misión principal es la prevención, que también se hace educando a aquel turista que llega a pasar el día en un espejo de agua tan espectacular como este” y señaló que el objetivo es generar un balizamiento en toda la zona costera y aguas adentro para que la cartelería sea vista permanentemente.
La jornada también incluyó una mesa de trabajo con todos los integrantes del Comité, de la que surgió una nueva reunión, a realizarse dentro de los próximos 15 días y darle, así, continuidad a los trabajos e intercambio de ideas.
Además, la Provincia se comprometió a diseñar cartelería y sistemas de información adecuados para evitar el acceso de la gente al espejo de agua.
De la jornada participaron los representantes de la Cuenca Alta, Aníbal Pazos; Media, Humberto Olmedo; Baja, Antonio Grandoni; el secretario de Obras Públicas de Moreno, Daniel Navarro; la directora General Ejecutiva, Mara Anselmi; la responsable jurídica Marisa González; y representantes de distintos municipios implicados.
Fuente: InfoBAN

jueves, 12 de julio de 2012

Acampe Nacional contra la Megaminería en Cerro Negro, Catamarca.

Desde 9 de julio del corriente, se inició un acampe contra la megaminería contaminante en Argentina, con vista a la realización de una asamblea que se realizará el 16 de julio en Cerro Negro, en la intersección de las rutas nacionales 40 y 60, en la provincia de Catamarca. Tiene como objetivo visibilizar las luchas por la vida y contra el modelo extractivista de saqueo y contaminación impuesto en Argentina y en Latinoamérica, violando la soberanía de nuestros pueblos, sin importar la voz de los mismos.
También se está produciendo un bloqueo selectivo e informativo en la localidad de Susques, en Jujuy, por reclamos de la comunidad ante el gobierno, por extracción de litio en la puna jujeña.

Estas acciones se suman a los actuales bloqueos selectivos e informativos de Tinogasta y Andalgalá en Catamarca, y de Alto Carrizal en La Rioja.
Habitantes de todo el país han comenzado a movilizarse hacia el acampe de Cerro Negro, nacionalizando la lucha por un ambiente sano y una vida digna. El 20 de julio partirá desde distintos lugares del país una caravana solidaria nacional hacia Tinogasta y Cerro Negro.
En Buenos Aires se realizará una concentración en el Obelisco el viernes 13 a las 16 hs.
Contactos de Prensa
- En Cerro Negro: (011)15-50102573 / (0223)15-5893846
- En Tinogasta (03837)15-402065 / (03837)15-478847
- En Susques: (0388)15-4977602
- En Buenos Aires: (011)15-63032205 / (011)15-66013712
Correo: apoyocerronegro@gmail.com

RÍO RECONQUISTA. Autoridades del COMIREC se reunieron con organizaciones ambientales.

El pasado 3 de julio de 2012,  el Vicepresidente del Comité de Cuenca del Río Reconquista (COMIREC) Eduardo Maurizzio y la directora General Ejecutiva, Mara Anselmi, realizaron una mesa de trabajo con diferentes organizaciones ambientales de la Cuenca. 
Durante el encuentro, llevado a cabo en el Salón de Intendentes del Ministerio de Infraestructura de la provincia de Buenos Aires, los funcionarios y las ONGs trataron temas relacionados a la institucionalidad del COMIREC, las formas de participación ciudadana y de comunicación de las acciones desarrolladas en la cuenca.
Dicha reunión había sido solicitada en carácter de urgente, por Asociación Civil COEPSA, Fundación ECOSUR, Asociación Respeto Ambiental, Asamblea Delta y Río de la Plata, Espacio Intercuencas y Fundación ProTigre, entre otras, para esclarecer aspectos de la grave situación por la que atraviesa la mencionada Cuenca.
Corresponde en este punto aclarar que el Comité de Cuenca del Río Reconquista (COMIREC), tiene como finalidad, analizar y abordar la problemática de la contaminación del rio Reconquista, producida por sectores urbanos e industriales y cuya magnitud es tal, que inhibe al rio como recurso disponible, considerado en la actualidad como un ducto para el vuelco de sustancias tóxicas que devienen de la actividad de estos sectores.
Según me informó la Arq. Mara Anselmi, actual Directora General Ejecutiva del COMIREC, la audiencia fue solicitada oportunamente por una serie de organizaciones intermedias al Presidente de la Institución, a fin de pedir explicaciones sobre varios temas, sobre los cuales habían solicitado un pedido de informe. La audiencia fue atendida por el actual Vicepresidente del COMIREC, ya que su Presidente, actual Min. De Infraestructura no podía hacerlo con celeridad.


Según la Directora Ejecutiva del COMIREC, durante la reunión se trató el tema de la actual gestión del Comité y sus funcionarios brindaron información sobre lo solicitado. Por otra parte, las autoridades se comprometieron a darle a la participación ciudadana la institucionalidad que la ley establece.
Por su parte las organizaciones participantes, emitieron una gacetilla de prensa, en la cual como hecho relevante, mencionan el compromiso de las autoridades del COMIREC a:
  • Instar a la conformación todos los Consejos Consultivos mediante invitaciones formales ya iniciadas a los 18 Municipios.
  • La renovación los Directores responsables de Cuencas Alta, Media y Baja por elección de los Intendentes de cada una.
  • El compromiso de dar respuesta por escrito a todos los reclamos y formar un expediente administrativo con el debido seguimiento.
  • Asegurar la participación ciudadana en el Consejo Consultivo Honorario del Directorio, como marca la ley.
  • Completar la reformulación del sitio web del Organismo.
Para septiembre de 2012, se espera la conclusión de los términos de referencia del Plan con que se gestiona un préstamo del BID (Programa de Manejo Ambiental Sostenible de la Cuenca del Río Reconquista), ante el cual las organizaciones habrán de hacer conocer sus observaciones sobre el funcionamiento del Organismo de Ejecución, por lo tanto el COMIREC tiene, en ejercicio de la ley que lo convoca, que  funcionar y publicar información, y los vecinos, integrar los Consultivos y aportar nuestra visión y demandas, en forma consensuada, como lo vienen haciendo hace cinco años entre los grupos de las cuencas de la región, afirmaron los miembros de las organizaciones presentes en la reunión.

martes, 10 de julio de 2012

Tigre. Colony Park. Novedades judiciales 2012.

Colony Park no es más que un proyecto inmobiliario que implica la construcción de una urbanización cerrada de 300 has. que estará ubicado en el bajo delta del Paraná, frente al continente, sobre los ríos Luján, Canal Vinculación y el Arroyo Pacú, en la zona que fuera declarada Reserva Natural Integral “Parque Ecológico de la Primera Sección de Islas del Delta del Paraná, por la Ordenanza N° 758-88 y refrendada por el Decreto Municipal N° 1879/88.
La primera etapa de la obra, fue iniciada en el año 2007 en función de una certificación de prefatibilidad de un proyecto de construcción de suelo, para desarrollar 1155 unidades de vivienda unifamiliar otorgada por la Dirección Ejecutiva de Obras particulares de la Comuna, durante la gestión del intendente Hiram Gualdoni.
El proyecto preveía la construcción de un gran canal artificial de 30 metros de ancho para separar la urbanización de las otras islas, que contará con vigilancia permanente. Tendría 60 has de lagunas interiores para deportes de vela y remo. Dispondría de red vial propia y se podrá acceder con auto hasta cada lote a través de 3 transbordadores privados (cruzando el Río Luján). Habría (para los residentes) red subterránea de agua, cloacas, red de gas, dos escuelas, un supermercado, shopping, sala de primeros auxilios, helipuerto, canchas de golf, 3 marinas para más de 700 embarcaciones, canchas de básquet, tenis, vóley, Club House, vestuarios, salón de usos múltiples con restaurante y un spa de última generación. Todo ello se construirá sobre uno de los humedales más importantes del mundo. El proyecto está a cargo del estudio Robirosa-Beccar Varela-Pasinato.


El Jueves 26 de junio de 2008, el Dr. Enrique Ferreccio Altube, interpuso denuncia penal por este caso, ante el Juzgado Penal en lo Federal N°1, Secretaría N° 7, Causa N° 2843/08, en la cual solicita se investigue la presunta comisión del delito de usurpación de tierras fiscales, de usurpación de aguas entendida como cosa inmueble y daños por estrago, como así también, se investigue la presunta comisión del delito tipificado el art. 172, art. 173 inc. 9 e inc. 11 y el art. 174 inc. 4 del Código Penal, por parte de los responsables del Emprendimiento Inmobiliario Colony Park SA.
En diciembre de 2010, la Juez Federal Sandra Arroyo Salgado, resolvió disponer preventivamente la clausura de las instalaciones correspondientes a los emprendimientos “Isla Colony Park” y “Parque de la Isla”, con el fin de garantizar la paralización de las obras, que respecto a estos emprendimientos, allí se llevan a cabo.

Hoy publico una secuencia completa, de todas las acciones acaecidas en la causa durante lo que va del año 2012.

El 23 de marzo de 2012, la Querella del Caso Colony Park, presentó un escrito en el cual solicita ampliar la convocatoria a prestar declaración indagatoria y ampliación de indagatoria a los que se negaron a declarar en la causa.
También se solicita se convoque a prestar declaración indagatoria a funcionarios de la Prefectura de San Isidro; a funcionarios de la Municipalidad de Tigre; a directivos de Colony Park; a funcionarios de la Dirección de Estudio y Programación de la Dirección Nacional de Vías Navegables; a funcionarios del Instituto Nacional del agua, etc.
En el escrito en cuestión, se solicita también se investigue e indague a los autores identificados, inculpándolos también en base al delito de abandono de persona y lesa humanidad, por la agresión contra la población civil isleña ancestral del Delta del Paraná y se investigue el modus operandi lesivo, ello porque el emprendimiento “Isla del Este” de los Schwartz, ocupa 30 hectáreas y 200 lotes, en los que ya se han construido, al menos, 25 propiedades, con una laguna central de agua salada. Los promotores y vendedores de todos estos proyectos son las mismas inmobiliarias que impulsan Colony Park SA.
Por último, se solicita se investigue el fraude procesal, atento que los autores identificados y a identificar, habrían trasgredido, alterado y restringido el marco jurídico referente a los bienes del dominio y uso público y ello, porque no han sido desafectados para uso particular por ley del Congreso, al tratarse de bienes del dominio público natural, sobre ríos internacionales, regulados a nivel provincial por la Ley 6353 de Desagües Naturales.

El día 30 de marzo la querella solicito audiencia pública con la Dra. MOLINA, para ampliar denuncia, pero la Fiscal "no hizo lugar" a la medida solicitada.


El 28 de mayo la querella presentó una nueva ampliación de la denuncia efectuada en la Causa Nº 9066/12. En ella se solicita se ordene realizar las investigaciones para esclarecer la forma en que los terrenos de las islas afectadas fueron cedidos a particulares, atento ser bienes del dominio público natural.
También se pide que se produzcan las medidas de prueba, allanamiento e inspección ocular y recibir la oportuna declaración indagatoria de los querellados en los términos del artículo 294 del C.P.P.N.
Piden los querellantes se ordene a la co-imputada Municipalidad de Tigre, que suspenda de inmediato el trámite de las autorizaciones en curso a los fines de la construcción, ampliación y modificación de barrios privados y/o clubes náuticos en la Primera Sección de islas del delta de Tigre y evite la continuación de todas las obras de construcción, ampliación y modificación de barrios privados y/o clubes náuticos en la 1ra. Sección de islas del delta de Tigre y sobre la planicie intermareal o interestuarial del valle de inundación del Rio Lujan, ordenando sus clausuras.
Piden también que se ordene instrumentar a la brevedad un informe, para acreditar si los barrios privados y/o clubes náuticos existentes en la Primer Sección del Delta de Tigre y las ubicadas sobre la planicie intermareal del valle de inundación del Rio Lujan poseen el seguro ambiental previsto por el art. 22 de la Ley 25.675.
También solicitan los Querellantes se pida a la Dirección de Catastro Territorial de ARBA, que informe a la brevedad, con adjunción de planos catastrales, sobre el parcelamiento efectuado en la Primera, segunda y tercera Sección de Islas del Delta del Paraná; en el dicho informe se deberá consignar la fecha, parcela por parcela, de incorporación al catastro, como asimismo consignar las parcelas que aún no están catastradas.

El 9 de abril de 2012, la Querella solicitó se desarchive la causa Nº 8958/11 caratulada “Monina Rita Ester y Otros s/incumplimiento a los deberes, abuso y encubrimiento” a fin de que se investiguen todos los hechos y situaciones allí presentadas.
Efectivamente, en el escrito en cuestión se solicita se ordene investigar la responsabilidad de los funcionarios del Ministerio Público Fiscal Federal Nº 1 y2 de San Isidro, conforme las pruebas obrantes en la causa caratulada “Enrique Carlos Ferreccio Altube s/ Su Denuncia” y en los “Incidentes” que corren por esa cuerda. Y se investigue el posible incumplimiento de los deberes de funcionario público por parte de los nombrados (arts. 248/249 del Código Penal), abuso de autoridad y encubrimiento.
Por último los querellantes piden que se acepten todos los elementos de prueba y los fundamentos presentados por la querella, todos los cuales obran en la causa; y oportunamente se aparte de la investigación a los Agentes Fiscales Federales actuantes.

El 10 de Abril de 2012, la Fiscal Rita Ester Molina, en su carácter de Fiscal Federal de la Fiscalía Federal en lo Criminal y Correccional Nº1 de la ciudad de San Isidro, tomó vista y se expidió respecto a los fundamentos de la presentación efectuada por la querella, que comentáramos en el párrafo anterior, a la cual en principio endilgó “falta de logicidad y desorden que penosamente se vislumbra en la redacción de la misma”.
Según la Fiscal en la mayoría de los pasajes de la presentación realizada por la querella, se solicita declaraciones indagatorias haciendo alusión solo a calificaciones jurídicas, sin determinar precisamente el hecho y menos aún las circunstancias de tiempo modo y lugar en que tuvo lugar cada uno de ellos, y hasta intenta calificar hechos con denominaciones (léase crimen majestatis) que ni siquiera se encuentran prescriptas en nuestro código de fondo y leyes complementarias.
También afirma la Fiscal General, que “la Prefectura Naval Argentina, recién comenzó a custodiar el predio luego de que la Sra. Juez así lo ordenara a través de la resolución por la cual a su vez decretó la clausura de las obras y más aún, debido al accionar de la Prefectura Naval Argentina, fue que el emprendimiento permaneció paralizado hasta la fecha. En función de estas razones, dice la Fiscal no poder endilgarle conducta ilícita alguna al respecto, por lo que solicitó su desestimación en los términos de los arts. 180 y 195 del C.P.P.N.
No obstante lo anterior, la Fiscal consideró que “prima facie” el Prefecto Principal Norberto Nelio Nini, habría insertado en un instrumento público declaraciones falsas, concernientes a un hecho que el documento debe probar, de modo que pueda resultar perjuicio, por lo que deberá prestar declaración en los términos del art. 294 del C.P.P.N.
También afirma la Fiscal Federal, que el predio al cual la querella pretende asignarle carácter de bien público, pertenecía en un primer momento la firma Better S.A, motivo por el cual no puede asignársele el carácter de bien público, sino que por el contrario resulta ser propiedad privada. Por todo ello la Fiscal, estima que no existen elementos que permitan requerir la instrucción ante la posible falsedad ideológica, de la escritura Nº 300 que propicia la querella, por lo cual solicita la desestimación del planteo.


El 11 de abril la Juez Sandra Arroyo Salgado resolvió formar causa por separado en relación a los demás barrios privados construidos ilegalmente en Tigre, fundándose en la ampliación de denuncia de la querella y el dictamen de la fiscal denunciada. De esta forma abrió una nueva causa, la N° 9066 caratulada “Antonio Ledesma y otros s/usurpación de bienes inmuebles del dominio público, crimen de lesa humanidad c/Estado Nacional, Provincial y Municipal.

19 de abril del 2012 la Querella solicito el desarchivo de la Causa Nº 8958/11, caratulada “Molina Rita Ester y Otros s/Incumplimiento a los deberes, abuso y encubrimiento”.
También se solicita en el escrito, que se ordene investigar la responsabilidad de los funcionarios del Ministerio Público Fiscal Federal Nº 1 y 2 de San Isidro integrado por la Dra. Rita Ester Molina, el Dr. Pablo Noceti, el Dr. Diego Garzo, el Dr. Federico López Spada, el Dr. Alberto Adrian María Gentili, el Dr. Lorenzo Sebastián Basso, el Dr. Jorge Claudio Sica y el Dar. Ramiro Gonzales de la UFIMA y se investigue el posible incumplimiento de los deberes de funcionario público por parte de los nombrado, abuso de autoridad y encubrimiento.
También se solicita se acepten todos los elementos de prueba y los fundamentos presentados por la querella y oportunamente se aparte a los Agentes Fiscales Federales identificados anteriormente, de la investigación en la causa.

La Querella oportunamente, solicitó en base a estos motivos, ser recibidos en audiencia oral y pública a la brevedad, por considerar que la Sra. Fiscal Federal Dra. Rita Ester Molina está induciendo al error a la administración de justicia en causa penal.
El pedido de Audiencia tuvo por objeto la Ampliación de Denuncia presentada en la causa Nº 9066; aportar pruebas para que la instrucción verifique la presunta comisión de los ilícitos que se están denunciando: como el crimen de lesa humanidad, por la agresión de destruir bienes comunes pertenecientes al pueblo; la usurpación de esos bienes inmuebles del dominio público natural; usurpación de aguas como bien inmueble perjuicios en la libre navegación y su seguridad.


El día viernes 15 de junio, tuvo lugar la Audiencia Oral y Pública por la causa contra el Emprendimiento Urbanístico, Colony Park, que destruyera una isla de la primera sección de Islas del Delta del Paraná. La misma se realizó en el Juzgado Federal Nº 1 de San Isidro, y estuvo a cargo de la Juez Sandra Arroyo Salgado.
Todavía la Sra. Juez no se ha expedido en relación a todas las solicitudes efectuadas en la audiencia y por escrito.

Para cerrar, comento que según fuentes serias, aunque la empresa Colony Park no ha presentado hasta el momento, ningún plan para recomponer el daño ocasionado, tal como se lo exigen dos resoluciones del OPDS, estaría por presentar un nuevo proyecto de construcción de suelo, que se aplicaría sobre los despojo del desastre que hizo en el bajo delta del río Paraná
De Ricardo Barbieri para el Tigre Verde.

Notas relacionadas:
Tigre – Colony Park – Querella amplió denuncia por uso de agrotóxicos y destrucción de refugios, galpones y carteles identificatorios.
Tigre – Colony Park – Juez ordenó llamar a indagatoria, a Directivos y funcionarios públicos implicados en el caso.
Tigre – Colony Park – En audiencia pública se tratará recusación de la Fiscal actuante.
Colony Park – Audiencia pública – El OPDS saltó al vacío.
Colony Park – Audiencia Pública - Francisco Javier de Amorrortu, carta documento al Intendente de Tigre, Sergio Massa.
Colony Park – Audiencia Pública – Agrupación Unión Isleña, solicitó al Gobernador Daniel Scioli, anule la convocatoria.
Colony Park – Prefactibilidad y Factibilidad ¿Qué es eso?
Tigre – Colony Park – El OPDS convoca a audiencia pública.
Colony Park – Reunión en el Concejo Deliberante. Ambientalistas estuvieron con Massa y Zamora.
Colony Park - Barrios cerrados y Audiencias Públicas.
Tigre – Colony Park – A Sergio Massa ¿Se le escapó la tortuga?
Tigre – Colony Park – Nuevo incidente de recusación contra Fiscal actuante.
Colony Park – Según Massa, a las obras las clausuraron 7 veces.
Tigre – Colony Park – Denuncia por estafa procesal.
Colony Park - La agonía del Anguilas
Tigre - Colony Park – Rechazaron recurso. Medida de suspensión de obras quedó firme.
Tigre – La Justicia clausuró Colony Park.
Colony Park – Se amplió denuncia penal.
Colony Park- Denuncia penal y clausura de las obras.
Colony Park – Parque de la Isla - Recurso de amparo por daño ambiental colectivo.
Colony Park – Nueva ampliación de la denuncia penal.
Tigre – Colony Park - Delta bonaerense, en peligro.
Colony Park - El Delta Amenazado.

domingo, 8 de julio de 2012

9 de julio de 2012 - Declaración de independencia de la Argentina

La declaración de independencia de la Argentina, fue una decisión tomada por el Congreso de Tucumán que sesionó en la ciudad de San Miguel de Tucumán, de las entonces Provincias Unidas en Sudamérica. Fue proclamada el martes 9 de julio de 1816 en la casa propiedad de Francisca Bazán de Laguna, casa declarada Monumento Histórico Nacional en 1941. Con dicha declaración, se rompían los vínculos de dependencia política, que los gobiernos locales tenían con la monarquía española.

jueves, 5 de julio de 2012

Incineración de residuos, una mala idea.

La Coalición Ciudadana Anti-Incineración es una red de organizaciones y ciudadanos que, preocupados por los impactos sobre la salud y el ambiente de la incineración de residuos, busca promover soluciones sustentables. Formada en 1995, la Coalición ha logrado el cierre de numerosos hornos de incineración en funcionamiento, ha frenado proyectos de nuevos incineradores y ha promovido alternativas para la correcta gestión de residuos.
Numerosas ciudades y algunas provincias del país cuentan con normativas que prohíben la incineración. Existe un amplio abanico de argumentos que fundamentan este rechazo. En primer lugar, los incineradores no hacen desaparecer la basura, sino que la transforman en distintos tipos de salidas: emisiones al aire, cenizas y en algunos casos efluentes líquidos.
Se ha identificado una enorme lista de sustancias que liberan los incineradores, que se suelen agrupar en categorías como dioxinas, furanos, metales pesados, compuestos orgánicos volátiles, hidrocarburos aromáticos policíclicos, partículas finas y ultrafinas, etcétera. Además se han constatado los impactos de los incineradores en la salud de las poblaciones cercanas y de sus trabajadores.
La industria está vendiendo incineradores como forma de "valorización energética". Sin embargo, mucha más energía puede ahorrarse reduciendo o reciclando los residuos. Incluso hay casos de plantas que requieren más energía para funcionar que la que pueden recuperar. La energía de un incinerador no puede considerarse renovable.


Los incineradores emiten enormes cantidades de gases de efecto invernadero. Las estrategias de reducción, reciclaje y compostaje ofrecen un gran potencial para la mitigación del cambio climático. La incineración destruye recursos que deberían ser recuperados y retornados a ciclos naturales o al sistema productivo. Quemar basura no es una alternativa a los rellenos sanitarios. La incineración produce un volumen importante de cenizas, que son mucho más peligrosas que la basura en sí y que deben ser dispuestas en forma segura.
Aunque muchas veces se cita como ejemplo a Europa, la realidad es que, si bien Europa tiene bastantes incineradores, la tendencia es restringirlos cada vez más: se está discutiendo llegar al 2020 sin incineradores que quemen materiales reciclables o compostables, los que conforman alrededor de un 80 por ciento de los residuos. Argentina es parte del Convenio de Estocolmo, que busca restringir la liberación de sustancias tóxicas, como dioxinas, furanos, PCB, HCB, todas ellas producidas por los incineradores. El Plan Nacional de Aplicación presentado en 2007 recomendó prohibir la incineración de residuos sólidos urbanos, con o sin recuperación de energía. La crisis ambiental requiere verdaderas soluciones. La incineración es definitivamente una mala idea.
Por Mirko Moskat (Miembro del Taller Ecologista, Secretaría Pro Témpore de la Coalición Ciudadana Anti-Incineración de Argentina.)

Referencia: http://www.pagina12.com.ar

miércoles, 4 de julio de 2012

Riachuelo. Justicia multó a funcionario por no realizar controles a industrias.

Lo dispuso el juez federal de Quilmes. Se trata del director de Calidad Ambiental de la Municipalidad de Lanús. Es por no fiscalizar establecimientos radicados en su jurisdicción. La sanción es por 3000 pesos y deberá ser pagado con su propio patrimonio.

El juez Luis Armella, titular del Juzgado Federal de Quilmes, impuso una multa de $3.000 al director de Calidad Ambiental de la Municipalidad de Lanús, sanción que deberá soportar con su propio patrimonio, por no llevar adelante los controles sobre las industrias radicadas en su jurisdicción.
Fue en el marco de la causa “Mendoza”, en la cual la Corte Suprema de Justicia de la Nación ordenó la puesta en marcha de un plan de saneamiento integral de esa cuenca hídrica.
Según la resolución, se han constatado tres violaciones de clausuras en establecimientos ubicados en el partido de Lanús, con posterioridad a una serie de intimaciones cursadas. Asimismo, indica que en ninguno de esos procedimientos hubo intervención por parte de la Municipalidad de Lanús, siendo que dichas infracciones fueron advertidas y denunciadas por la Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo (ACUMAR) y por la Policía de la Provincia de Buenos Aires.

“Sumado a ello, dicho municipio no ha puesto en conocimiento de esta judicatura el listado de establecimientos identificados como potencialmente contaminantes, solicitado mediante resolución de fecha 27 de octubre de 2011 y 14 de febrero del corriente año, lo cual evidencia una falta total de compromiso por parte del Municipio, y por lo tanto un incumplimiento de sus mandatos específicos”, indica.
Por otro lado señala que, según un informe del intendente de Lanús, se han delegado las tareas específicas de fiscalización en una Dirección de Calidad Ambiental, por lo cual es el funcionario público titular de esa dependencia el responsable de las circunstancias advertidas.

En ese marco, advierte, la falta de colaboración “debe ser tomada como una actitud desaprensiva y carente de compromiso por parte de dicha autoridad municipal, porque importa un menoscabo injusto en los derechos de los particulares, constituyéndose en un ejercicio irregular de las funciones que le son propias y que por tanto, generan en cabeza del mismo una responsabilidad no sólo objetiva por la propia desobediencia en sus funciones como representante del poder público, sino además, una clara responsabilidad subjetiva que se constituye -como se viene sosteniendo- en el obrar desaprensivo y carente de compromiso, hartamente demostrado por el indicado gobernante”.

“No caben dudas que la falta de colaboración y el entorpecimiento por omisión de los objetivos fijados en la presente ejecución de sentencia se enmarcan en la actitud precedentemente referida, puesto que se traducen en un incumplimiento a una orden judicial fallada por nuestro Tribunal cimero, que tiene por finalidad un objetivo pro ambiental que impacta directamente en la salud y en la calidad de vida de los pobladores de la Cuenca hídrica”, agrega.
En caso de no efectivizarse el depósito de la multa, menciona la resolución, se formarán actuaciones por la posible comisión de un delito de acción pública y se procederán a realizar medidas a efectos de realizar los embargos que pudieren corresponder.
Y añade que “en caso de verificarse nuevos incumplimientos, dicha medida será además aplicada de manera concurrente sobre la persona del Intendente Municipal”.

martes, 3 de julio de 2012

La Corte Suprema de Justicia revocó las cautelares que frenaban la aplicación de la Ley de Glaciares.


El Máximo Tribunal dejó sin efecto las medidas dictadas por la Justicia federal de San Juan que habían sido solicitadas por empresas mineras, entre ellas Barrick. De esa manera, la ley queda vigente, por lo que deberá hacerse un inventario de glaciares
La Corte Suprema de Justicia de la Nación revocó este martes las medidas cautelares que frenaban la aplicación de la llamada “Ley de Glaciares” en la provincia de San Juan y, en consecuencia, dicha norma queda vigente, por lo que deberá realizarse un inventario de glaciares en todo el país, entre otras cuestiones.
Se trata de medidas cautelares dictadas por la Justicia federal de San Juan que habían sido requeridas por las empresas Barrick Exploraciones Argentina SA y Exploraciones Mineras Argentinas SA, a fin de que se suspenda la aplicación de seis artículos de la ley 26.639 para el emprendimiento minero Pascua Lama.


En concreto, las cautelares se referían a la definición de glaciar (art. 2), a la creación del Inventario Nacional de Glaciares (art. 3), a la realización de un inventario (art. 5), a la prohibición de actividades que impliquen la destrucción de glaciares (art. 6), a la obligación de realizar estudios de impacto ambiental (art. 7), y a la disposición transitoria que establece la obligación de presentar un cronograma para la ejecución del inventario y la obligación de someter a las actividades en ejecución al momento de la sanción de la ley a una auditoría ambiental (art. 15).
Según el fallo de la Corte –firmado por los ministros Ricardo Lorenzetti,  Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt, Santiago Petracchi y Juan Carlos Maqueda-, “la decisión en recurso suspende la aplicación de la ley con un fundamento contradictorio”.
“Ello es así porque para la adopción de esta medida el a quo sostiene que la ley contiene una definición amplia, imprecisa y, por lo tanto, ‘crea un estado de intranquilidad e incertidumbre para los representantes de las empresas actoras’.  Sin embargo, la medida cautelar, al suspender algunos de los artículos señalados, neutraliza los procedimientos establecidos por la propia ley para generar la precisión que requiere el peticionante”, agrega.


En efecto, indica la Corte, “el artículo 2º de la ley define el concepto de glaciar y ambiente periglaciar, estableciendo luego la forma de individualizarlos a través de la realización de un inventario. Una vez que se haya llevado a cabo el inventario de glaciares, se conocerán con exactitud las áreas que se encuentran protegidas por la ley”.
Por otro lado, el tribunal dijo que no se advierte cuáles son los “efectos irreparables” en los intereses de las empresas que advirtió el juez para suspender la aplicación de un régimen jurídico que busca preservar a los glaciares y al ambiente periglacial, como reserva estratégica de recursos hídricos para el consumo humano, para la agricultura y como proveedores de agua para la recarga de cuencas hidrográficas.


En ese marco, la Corte advirtió que “los jueces deben valorar de forma equilibrada los hechos del caso, así como las normas y principios jurídicos en juego, y resolver las tensiones entre ellos mediante una ponderación adecuada, que logre obtener una realización lo más completa posible de las reglas y principios fundamentales del derecho, en el grado y jerarquía en que éstos son valorados por el ordenamiento jurídico”.
“A la luz de los principios señalados, la medida precautoria dispuesta por el a quo no aparece como un remedio proporcionado a la naturaleza y relevancia de la hipotética ilegitimidad que se denuncia. Ello es así, no sólo por la falta de adecuación entre la violación constitucional alegada y las consecuencias de la medida dispuesta, sino también porque, en la tarea de ponderación, el juez debió haber tenido en cuenta que una cautelar que suspende la vigencia de la parte esencial de la ley 26.639 tiene una significativa incidencia sobre el principio constitucional de división de poderes, por lo que su procedencia, debió ser evaluada con criterios especialmente estrictos que no parecen haber sido considerados en el sub lite”.
Referencia: www.cij.gov.ar

lunes, 2 de julio de 2012

Informe de la Comisión Asesora sobre la situación del río Luján

La Comisión Asesora del Comité de Cuenca del Río Luján elaboró un informe donde se detallan los distintos impactos negativos que recibe ese recurso natural desde su nacimiento en el partido de Suipacha. El trabajo reseña los inconvenientes registrados en cada uno de los distritos que atraviesa el río y, ante ese panorama, propone una serie de recomendaciones.
La mencionada comisión funciona desde fines del año pasado y está conformado por organizaciones e instituciones de Luján, Suipacha, Mercedes, Exaltación de la Cruz, Campana, Pilar y Escobar. El espacio se propone avanzar en “usos sustentables de la Cuenca del Río Luján”.
Como introducción al informe, se expone que además de dar a conocer los múltiples impactos de carácter negativo que se están produciendo sobre el río y sus humedales, se busca “poner de manifiesto la especial vulnerabilidad de este ecosistema frente a alguno de estos impactos”.
Como descripción general, se menciona que se trata de un río de llanura con escasa pendiente, cuyas aguas discurren lentamente con pocas posibilidades de oxigenarse. Esa característica, sumada al bajo caudal, hace que se reduzcan las posibilidades de degradar y diluir los contaminantes en forma aeróbica y rápida. Por eso “resulta usual que se produzcan lentos procesos de degradación anaeróbicos, con desarrollo de olores nauseabundos, donde la capacidad de auto depuración del río se ve fácilmente superada”.

Por otra parte, “el relleno de sus humedales para la construcción de complejos urbanísticos atenta contra la esencia misma de este ecosistema, que basa su funcionamiento en la presencia temporaria o constante de agua”. En ese sentido, la construcción de diques y otros desvíos produce “profundas alteraciones pues modifica el movimiento de nutrientes y energía o el desplazamiento de fauna, al tiempo que aumenta el riesgo de inundación de las áreas circundantes”. A su vez, “la extracción de tierra para esos rellenos elimina el manto protector de los acuíferos, con el consiguiente riesgo de contaminación”.
Los responsables del informe mencionan la existencia de especies exóticas que amenazan la biodiversidad de la zona, tal el caso de la acacia negra o la ardilla de vientre rojo.
En cuanto al impacto social que provoca el estado del río se recuerda que “mientras los beneficios económicos (de los emprendimientos urbanos, del ahorre de costes derivados de emitir efluentes sin tratar, etc.) se concentran en pocas manos, las externalidades ambientales las paga el grueso de la población, en especial las de bajos recursos que suelen ser las más vulnerables”.

Ante ese combo, el trabajo expresa que la actual situación refleja una evidente laxitud, cuando no connivencia, en el accionar del Estado “que ha permitido la caótica situación actual de la cuenca”.
En el caso puntual de Luján, el trabajo fija tres situaciones. En primer lugar se marca el impacto producido por los residuos industriales que se arrojan al río, en especial la siempre presente cuestión de la curtiembre Curtarsa. A esos líquidos se suman los residuos cloacales que terminan en el curso de agua, a la altura del barrio La Loma, sin recibir tratamiento previo desde fines de 2007.
En segundo lugar se pone la atención en las compuertas que interrumpen y alteran el caudal tanto en Jáuregui, a la altura del Club El Timón, como en la ciudad de Luján en cercanías del puente Brown. En ese caso, el informe marca la necesidad de evaluar el impacto que provocan esas construcciones en toda la cuenca del río.
En cuanto al vecino partido de Mercedes, el relevamiento enumera el impacto negativo provocado por distintas empresas que arrojan sus desechos líquidos al Canal 16. Así se menciona al frigorífico El Mercedino, la curtiembre Magromer y la textil Karavel. Sobre ese efluente que termina en el río se constató la existencia de “altísimas concentraciones de metales pesados, en particular cromo”. Por fuera de las actividades industriales aparece la mención de la existencia de sembrados hasta el borde del curso de agua, con la consiguiente utilización de agroquímicos que suman contaminación.
Por otra parte, se menciona al emprendimiento inmobiliario Altos de Mercedes, “asentado sobre planicie de inundación del río y arroyo Frías”. En tal sentido, se habla de “afectación de desagües naturales, yacimientos arqueológicos y paleontológicos”.

RECOMENDACIONES

En la última parte del informe, la Comisión Asesora del Comité de Cuenca del Río Luján propone “implementar medidas que garanticen la protección de los humedales ya sea por aplicación de normativas internacionales, nacionales, provinciales y municipales existentes y/o creando las que sean necesarias”. Al respecto, el espacio inter organizaciones destaca la necesidad de lograr “a lo largo de la cuenca la unificación de ordenanzas que promuevan la protección de los humedales como prioridad”.
Por otra parte se habla de “proceder al efectivo control y fiscalización de los efluentes vertidos por industrias y plantas cloacales. Puntualmente se expresa la necesidad de incrementar las intimaciones por parte de organismos estatales como la Autoridad del Agua (ADA) y el Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible (OPDS).
A su vez, los autores del informe destacan la necesidad de “promover acciones que favorezcan y premien la optimización del uso industrial del agua a través del reciclado, la reutilización, la reconversión tecnológica, el uso de diferentes calidades de agua según el proceso de destino, etc.”.
El cuarto y último punto recomendado se refiere a la realización de programas de educación ambiental (orientados a docentes) y también de divulgación masiva con el propósito de que se conozcan los valores ecológicos, económicos y sociales de los humedales, se identifiquen los impactos reales y potenciales que reciben y se promueva una cultura de cuidado de los mismos.

Nota relacionadas:
El OPDS, clausuró dos granjas avícolas en Pilar.
Limpieza del río Luján: el OPDS apunta contra la acacia negra
Iniciarían el saneamiento del río Luján.
Protestan para que el Río Luján no se transforme en "el nuevo Riachuelo"
Río Luján – Anegación, contaminación y desmanejo - Pilar corre peligro de inundarse como San Antonio de Areco
Hallan transformadores de PCB, en el río Luján.
Río Luján – Mercedes – Procesan a directivos de la curtiembre Magromer, por contaminación.
Río Lujan - Vuelven a encontrar cromo, en los efluentes de la curtiembre Curtarsa.
Mercedes – Río Lujan - La contaminación ya es parte del paisaje.
Controles en el río Luján.
Audiencia Pública por obras en el Río Luján
El OPDS clausuró dos fábricas del Parque Industrial de Pilar por presunta contaminación en el Río Luján.
Luján – Curtiembre CURTARSA: crónica de una contaminación anunciada
Campana – Vecinos, denuncian nuevo proyecto de construcción de barrio privado de 1000 ha.
Pilar – Autoridades del Parque Industrial, admiten que empresas podrían volcar efluentes contaminantes.
Ponen en marcha el Plan Maestro Integral para el saneamiento de la cuenca del Río Luján
Instituciones Ambientalistas denuncian que emprendimientos urbanísticos, industriales y obras viales, están provocando un impacto ecológico y social irreversible.
Pilar – Volvió a aparecer pasta de celulosa en el río Lujan.
Piden multar al intendente de Mercedes, por la contaminación del río Luján.
Canal San Fernando – Un verdadero desastre ambiental.
Pilar – El río Lujan totalmente obturado por basura domiciliaria.